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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2001 (20/02/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 198999 NORMAS LEGALES Lima, martes 20 de febrero de 2001 DECRETA: Artículo 1º.- Autorízase una Transferencia de Parti- das en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2001, hasta por la suma de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SEIS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 306 000,00) de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCION PRIMERA :Gobierno Central PLIEGO 009 :Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 :Administración General FUNCION 03:Administración y Planeamiento PROGRAMA 006 :Planeamiento Gubernamental SUBPROGRAMA 0019 :Planeamiento Presupuestario Financiero y Contable ACTIVIDAD 00010 :Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00:Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO 5.GASTOS CORRIENTES 0 Reserva de Contingencia 4 306 000,00 ----------------- TOTAL 4 306 000,00 ---------------- A LA: SECCION SEGUNDA :Instancias Descentralizadas PLIEGO 004 :Servicios de Inteligencia Nacional UNIDAD EJECUTORA 001 :Servicios de Inteligencia Nacional FUNCION 07:Defensa y Seguridad Nacional PROGRAMA 003 :Administración SUBPROGRAMA 0005 :Supervisión y Coordinación Superior ACTIVIDAD 00110 :Conducción y Orientación Superior FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00:Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO 5.GASTOS CORRIENTES 1 Personal y Obligaciones Sociales 27 398,00 3 Bienes y Servicios 181 100,00 --------------- SUBTOTAL 208 498,00 --------------- SUBPROGRAMA 0006 :Administración General ACTIVIDAD 00267 :Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00:Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) 5.GASTOS CORRIENTES 1 Personal y Obligaciones Sociales 163 352,00 3 Bienes y Servicios 361 900,00 --------------- SUBTOTAL 525 252,00 --------------- PROGRAMA 021 :Servicios de Inteligencia SUBPROGRAMA 0061 :Servicios de Inteligencia y Contrainteligencia ACTIVIDAD 00299 :Inteligencia y Contrainteligencia FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00:Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO 5.GASTOS CORRIENTES 1 Personal y Obligaciones Sociales 234 250,00 3 Bienes y Servicios 307 000,00 4 Otros Gastos Corrientes 3 031 000,00 ------------------ SUBTOTAL 3 572 250,00 ------------------ TOTAL 4 306 000,00 =========== Artículo 2º.- La Oficina de Presupuesto del Pliego comprendido en la presente Transferencia de Partidas,solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Pú- blico las codificaciones que se requieran como conse- cuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos así como Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 3º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, instruyen a las Unidades Ejecutoras bajo su ámbito para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requie- ran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de febrero del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 18537 Aceptan cooperación técnica no reembolsable destinada a financiar el diseño de políticas de inversión del Fondo Consolidado de Reservas Previsionales en el mercado interna- cional y asesoría RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 137-2001-EF Lima, 19 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 220-99-EF se aceptó la Cooperación Técnica No Reembolsable otorgada por la Corporación Andina de Fomento -CAF a la Oficina de Normalización Previsional - ONP, en su calidad de Secre- taría Técnica del Fondo Consolidado de Reservas Previsio- nales - FCR, destinada a financiar la elaboración de la política de inversiones, los modelos de activos y pasivos del Fondo, los términos de referencia para la contratación de empresas especializadas en administración de cartera de inversión, así como efectuar la selección y seguimiento de éstas; Que, debido a razones propias del proceso de contra- tación internacional, ajenas a la Corporación Andina de Fomento - CAF, la Oficina de Normalización Previsio- nal - ONP debió desistir de la Cooperación Técnica No Reembolsable a que se refiere el considerando prece- dente; Que, la Corporación Andina de Fomento - CAF ha otorgado una nueva Cooperación Técnica No Reem- bolsable a la Oficina de Normalización Previsional - ONP, hasta por la suma de US$ 113 200,00 (CIENTO TRECE MIL DOSCIENTOS Y 00/100 DOLARES AME- RICANOS), que contribuirá a financiar el diseño de las Políticas de Inversión del Fondo Consolidado de Reser- vas Previsionales (FCR) en el Mercado Internacional y Asesoría en los Procesos de Selección, Contratación y Supervisión de Administradores de Cartera de Inversión señalada en la Carta Convenio Nº PE-059-2000 suscrita el 16 de marzo del año 2000; Que, resulta necesario formalizar la aceptación de la referida Cooperación Técnica No Reembolsable, por cuanto constituye una valiosa contribución, conforme a la Carta Convenio respectiva; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 909, el Decreto Legislativo Nº 719 y el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, en vía de regularización, la Cooperación Técnica No Reembolsable otorgada por la Corporación Andina de Fomento - CAF a la Oficina de Normalización Previsional - ONP, en su calidad de Secre- taría Técnica del Fondo Consolidado de Reservas Previsio-