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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2001 (22/02/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 199097 NORMAS LEGALES Lima, jueves 22 de febrero de 2001 MITINCI Autorizan viaje de funcionario de CONA- FRAN a Ecuador, para participar en even- tos que permitan promover el sistema de los CETICOS y Centros de Comercio y Navegación RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 061-2001/ITINCI Lima, 21 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 086-2001/SG-CONAFRAN, la Comisión Nacional de Zonas Francas, Zonas de Tratamiento Especial Comercial y Zonas Especiales de Desarrollo, solicita se autorice el viaje del Lic. José Antonio Luna Bazo, Presiden- te del Directorio, atendiendo la invitación cursada al Despa- cho del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, para que dicho funcionario pueda constituirse en la ciudad de Quito, del 21 al 23 del presente mes, a fin de realizar diversas exposiciones y participar en reuniones convocadas por la Embajada de Perú en dicha ciudad, que permitan promover y difundir las ventajas del Sistema de los CETICOS en nuestro país y de los Centros de Comercio y Navegación; Que, el Directorio de la Comisión Nacional de Zonas Francas, de Tratamiento Especial Comercial y Zonas Espe- ciales de Desarrollo - CONAFRAN, en su Sesión Ordinaria Nº 006-2001, de fecha 14 de febrero de 2001 ha visto por conveniente la participación del Lic. José Antonio Luna Bazo, Presidente del Directorio de la Institución, en las actividades programadas por la Embajada de Perú en Quito, Ecuador; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del mencionado funcionario, cuyos gastos serán cubiertos con recursos del Presupuesto de CONAFRAN, de conformidad con lo dispuesto en la Directiva Nº 003-2001-EF/76.01 que norma el Proceso Presupuestario de los Organismos Regu- ladores, Supervisores, Administradores de Recursos, Fon- dos y otras Entidades de Servicios para el Año Fiscal 2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Lic. José Antonio Luna Bazo, Presidente del Directorio de CONAFRAN a la ciudad de Quito, Ecuador, durante el período comprendido del 21 al 23 de febrero de 2001; para los fines expresados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo al Presu- puesto de CONAFRAN, de acuerdo al siguiente detalle: Sr. José Antonio Luna Bazo Pasaje Aéreo Lima Quito Lima US$ 390.58 Viáticos US$ 600.00 Tasa de embarque US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema, no libera o exonera del pago de impuestos o derechos aduane- ros cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JUAN INCHAUSTEGUI VARGAS Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 18679 JUSTICIA Aprueban texto de contrato de financia- miento y ejecución de proyecto sobre reforma penitenciaria, a suscribirse entre el Ministerio y el Fondo General Contra- valor Perú - Japón RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 072-2001-JUS Lima, 17 de febrero de 2001CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 012-93-PCM, se crea el Fondo General de Contravalor Perú - Japón (FGCPJ), en base a los depósitos en moneda que efectúen los organis- mos beneficiados con los productos adquiridos con las donaciones del Gobierno de Japón, con el objetivo de financiar la ejecución de proyectos de desarrollo social y económico del Perú; Que, por Resolución Suprema Nº 162-93-PCM, se aprueba el Reglamento del Fondo General de Contravalor Perú - Japón,. en el cual se establece que el Fondo estará conformado por el Comité Directivo y la Secretaría Ejecutiva; Que, mediante Acuerdo Nº 08-98-FGCPJ/CD, el Comi- té Directivo del Fondo General de Contravalor Perú - Japón aprobó la participación del Fondo en el apoyo al Programa de Reforma Penitenciaria, que ejecuta el Go- bierno del Perú, para lo cual se otorgará la suma de hasta CINCO MILLONES CON 00/100 DOLARES AMERICA- NOS (US$ 5 000 000,00), que serán desembolsados en un período de tres años para la creación de talleres de capacitación laboral, cocinas, comedores, implementa- ción de servicios de salud, mejoras de la infraestructura penitenciaria, así como cualquier otro proyecto relaciona- do con la forma penitenciaria, siempre que sean aproba- dos por el Comité Directivo de dicho Fondo General; Que, mediante Informe Nº 024-2001-EF/76.10 de la Direc- ción Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, se indica que los desembolsos de la mencionada cooperación financiera o reembolsable no deben ser incorporados en el Presupuesto del Sector Público, de- biendo establecerse mediante Contrato los fines y objetivos de la Cooperación, el mismo deberá ser administrado por una Unidad Independiente del Ministerio de Justicia creada especialmente para la ejecución del programa; Que, en este contexto, se ha elaborado un Contrato de Financiamiento y Ejecución del Proyecto a suscribirse entre el Ministerio de Justicia y el Fondo General Contra- valor Perú - Japón, orientado a regular lo establecido en el tercer considerando; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el texto del referido Contrato, así como autorizar al funcionario que en representación del Ministerio de Justicia debe encargarse de la suscripción del mismo; así como designar a los responsables de la conducción, administración y ejecución del referido proyecto; De conformidad, con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Legis- lativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, Decreto Legislativo Nº 909 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2001, Decreto Legislativo Nº 719 - Ley de Cooperación Técnica Internacional y su Reglamento aprobado por Decre- to Supremo Nº 015-92-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el texto del Contrato de Finan- ciamiento y Ejecución del Proyecto a suscribirse entre el Ministerio de Justicia y el Fondo General Contravalor Perú - Japón, orientado al desarrollo del proyecto "Reforma Peniten- ciaria" para la creación de talleres de capacitación laboral, cocinas, comedores, implementación de servicios de salud, mejoras de la infraestructura penitenciaria, así como cualquier otro proyecto relacionado con la reforma penitenciaria. Artículo 2º.- Autorizar al doctor JUAN FEDERICO JIMENEZ MAYOR, Viceministro de Justicia, para que en representación del Ministerio de Justicia, proceda a suscri- bir el Contrato a que se refiere el artículo precedente. Artículo 3º.- Designar como responsable titular al arquitecto GUILLERMO OCHOA CORTEZ y como respon- sable alterno al ingeniero DACIO DURAN CARDENAS en la conducción, administración y ejecución del proyecto "Reforma Penitenciaria", el mismo que cuenta con un financiamiento no reembolsable de hasta US$ 5 000 000 (cinco millones de dólares americanos) concedido por el Fondo General de Contravalor Perú - Japón. Artículo 4º.- A fin que las personas señaladas en el artículo precedente puedan cumplir con el encargo a que hace alusión la presente resolución, éstas quedarán auto- rizadas para realizar las siguientes funciones: a) Ejercer la representación oficial del proyecto ante toda clase de autoridades e instituciones públicas o priva- das, nacionales o extranjeras; b) Ejecutar en forma conjunta, las operaciones finan- cieras que fueran necesarias para el normal desenvolvi- miento del proyecto. En tal sentido, quedan facultadas para abrir y cerrar cuentas bancarias y mercantiles; girar, aceptar y endosar letras de cambio; girar y endosar che- ques; retirar depósitos; contratar sobregiros y avances en cuentas corrientes;