Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2001 (23/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, viernes 23 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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b), d), e) y m) del Articulo 24º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control; En uso de las atribuciones establecidas por el Articulo 24º de la Ley del Sistema Nacional de Control, aprobada por Decreto Ley Nº 26162 de 29.DIC.92, y la Resolucion de Contraloria Nº 022-2001-CG de 22.ENE.2001; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Los Organos de Auditoria Interna de los Sectores y Entidades que a continuacion se detallan deben incluir en los Planes Anuales de Control para el ano 2001, dentro del 20% de capacidad operativa reservada para la atencion de encargos de la Contraloria General de la Republica, un examen especial que comprenda el periodo enero de 1998 a diciembre del 2000 cuyos objetivos MORDAZA los siguientes: · Determinar si las Resoluciones de aceptacion o aprobacion de donaciones fueron emitidas por los Sectores y Entidades de acuerdo con la normativa aplicable; asimismo, si las obligaciones establecidas en dichas disposiciones fueron cumplidas por las entidades publicas y privadas beneficiarias. · Establecer si las Oficinas de Cooperacion Tecnica Internacional o Presupuesto o las que MORDAZA sus veces en los sectores y entidades publicas que aceptaron o aprobaron donaciones, cumplieron con efectuar el seguimiento y evaluacion del uso y destino de las mismas. Los Organos de Auditoria Interna de los Sectores y Entidades a que se refiere el presente Articulo, son los siguientes: 1. Ministerio de Defensa. 2. Ministerio Publico. 3. Ministerio de la Presidencia. 4. Presidencia del Consejo de Ministros. 5. Ministerio de Justicia. 6. Ministerio de Salud. 7. Ministerio de Agricultura. 8. Ministerio de Educacion. 9. Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. 10. Poder Judicial. 11. Instituto Peruano de Energia Nuclear. 12. Consejo Transitorio de Administracion Regional de Loreto. 13. Instituto Geofisico del Peru. 14. Universidad Nacional Mayor de San Marcos. 15. Instituto Nacional de Salud. 16. Instituto Nacional de Desarrollo. 17. Instituto Nacional de Defensa Civil. 18. Programa Nacional de Apoyo Alimentario PRONAA. Articulo Segundo.- El Organo de Auditoria Interna de la Superintendencia Nacional de Aduanas incluira en su Plan Anual de Control para el ano 2001, dentro del 20% de la capacidad operativa reservada para la atencion de encargos de la Contraloria General de la Republica, un examen especial que comprenda el periodo enero de 1998 a diciembre del 2000 cuyo objetivo permita establecer si las unidades organicas competentes de ADUANAS cautelaron que el despacho de las mercancias donadas bajo el regimen de excepcion correspondiente al Decreto Ley Nº 21942, se MORDAZA efectuado de acuerdo con la normativa aplicable. Articulo Tercero.- Los Titulares de los Organos de Auditoria Interna mencionados precedentemente, deben reportar los informes a la Contraloria General de la Republica a mas tardar el 30 de junio del 2001. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subcontralor General de la Republica 18713

JNE
Inscriben a la Asociacion de Comunicadores Sociales - CALANDRIA y a Corporacion de Comunicaciones Multimedia MORCOM S.R.L. en el Registro Electoral de Encuestadoras
RESOLUCION Nº 183-2001-JNE MORDAZA, 22 de febrero de 2001 VISTA: La solicitud de inscripcion de la Asociacion de Comunicadores Sociales - CALANDRIA en el Registro Electoral de Encuestadoras del MORDAZA Nacional de Elecciones, presentada por la senora MORDAZA Castanada Menacho el 21 de febrero del ano 2001, en representacion de la asociacion senalada; CONSIDERANDO: Que solo podra publicarse o difundirse en los medios de comunicacion el resultado de las encuestas electorales elaboradas por las personas o instituciones que esten debidamente inscritas ante el MORDAZA Nacional de Elecciones, de conformidad con lo establecido en el Articulo 18º de la Ley Nº 27369; Que mediante Resolucion Nº 142-2001-JNE de fecha 8 de febrero del ano 2001, se ha creado el Registro Electoral de Encuestadoras para la inscripcion de todas aquellas personas o instituciones que realicen o deseen realizar encuestas, sondeos de opinion o proyecciones de cualquier naturaleza relacionadas con la intencion del MORDAZA de los ciudadanos en los procesos electorales; Que la asociacion solicitante ha cumplido con los requisitos que se exige para la inscripcion en el Registro Electoral de Encuestadoras, como son: a) solicitud dirigida al MORDAZA Nacional de Elecciones, b) nombre de la encuestadora, c) testimonio de la escritura publica de constitucion, d) domicilio, y e) pago de la tasa correspondiente; de conformidad con lo establecido en el Articulo 4º del Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras aprobado por Resolucion Nº 142-2001-JNE; Que cumplidos los requisitos senalados en el considerando anterior, se debe inscribir a la asociacion encuestadora, asignandole un numero de registro y abriendose la partida correspondiente donde se anotara los actos posteriores, de conformidad con lo senalado en el Articulo 5º del Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras; Que la publicacion o difusion de encuestas electorales y de proyecciones de cualquier naturaleza sobre el resultado de las elecciones generales del ano 2001, solo podra realizarse en los medios de comunicacion hasta el MORDAZA primero de MORDAZA del presente ano, incluyendose el uso de las paginas Web que mantengan en Internet las encuestadoras, las empresas de radio, de television y de prensa escrita, de conformidad con lo establecido en el Articulo 191º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Inscribir en el Registro Electoral de Encuestadoras a la Asociacion de Comunicadores Sociales - CALANDRIA, debiendo sujetarse su actividad a las atribuciones y prohibiciones establecidas en las normas electorales pertinentes. Articulo Segundo.- Abrir la partida correspondiente para la encuestadora denominada Asociacion de Comunicadores Sociales - CALANDRIA, en el Registro Electoral de Encuestadoras, asignandole el Registro Nº 0019REE/JNE como codigo de identificacion.

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