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Pág. 199207 NORMAS LEGALES Lima, sábado 24 de febrero de 2001 hecho de que las acotadas Declaraciones Unicas de Aduanas fueron seleccionadas a canal rojo y consiguientemente esta- ban afectas a reconocimiento físico, diligencia esta que una vez realizada determinó que los valores declarados por el importador eran inferiores a los que le correspondía a la precitada mercancía, razón por la cual se procedió a realizar el Ajuste de Valor correspondiente y la imposición de multa al importador por incorrecta clasificación arancelaria, de tal forma que para que la mercancía en mención pudiera ser retirada del Terminal de Almacenamiento Maersk Perú S.A., previamente debía contarse con la autorización de levante de la Autoridad Aduanera así como con la cancela- ción de los ajustes realizados y el pago de la multa en referencia; sin embargo, la mercancía fue retirada sin auto- rización alguna y sin haber pagado los adeudos indicados, lo que se ha confirmado cuando se solicitó información sobre los bienes amparados en las referidas Declaraciones Unicas de Aduanas al Terminal de Almacenamiento Maersk Perú S.A. y al Agente de Aduana Internacional S.A., quienes en ningún momento han emitido descargo alguno, siendo por el contrario que con el Informe Nº 113-2001-ADUANAS/MAR- 01211 de fecha 19.ENE.01, emitido por el Departamento de Despachos de la Intendencia de la Aduana Marítima del Callao, se ha acreditado el retiro de la mercancía antes mencionada. Con tal comportamiento ilícito se ha causado al Estado Peruano un agravio económico del orden de los CINCUENTA MIL SEISCIENTOS CINCO Y 00/100 DOLA- RES AMERICANOS (US$ 50,605.00); Que, los hechos antes descritos, por la forma en que se produjeron, configuran delito aduanero previsto y penado en la Ley Nº 26461 - de Delitos Aduaneros; lo cual sustenta la necesidad de autorizar al Procurador Público de esta Superintendencia Nacional para que ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar; De conformidad con la Primera Disposición Comple- mentaria del Decreto Legislativo Nº 809, Ley General de Aduanas; SE RESUELVE: Artículo Unico.- AUTORIZAR al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de esta Superinten- dencia Nacional, para que en defensa y representación de los derechos e intereses del Estado, ejerza las acciones judicia- les a que hubiere lugar en contra de HENRY MARIANO ORTIZ AGUIRRE, MANUEL AÑAZGO MOREANO, LOLA MARIA CONTRERAS GONZALES, FRANCISCO ALAYZA MUJICA, ABEL ALBERTO SANCHEZ VEGAS, MATILDE ISABEL MOLINA HUAMAN, MARKO ANTONIO URCIA CHAVEZ, VICTOR JUAN DE GUEZALA ORTIZ, BELISA- RIO GUSTAVO OSAMBELA HURWITZ, VICTOR ALEJAN- DRO ORTIZ AGUIRRE, EDUARDO CALLE MACIAS, SAN- DRO MARTINEZ PEINADO, HUMBERTO LEON DANIE- LLI y la conocida como DIANA AYALA por la comisión del ilícito penal descrito en la parte considerativa de la presente Resolución; debiendo para tal efecto remitírsele la documen- tación correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARTURO RAMIREZ SALOMON Superintendente Nacional de Aduanas 18808 ESSALUD Aprueban viaje de profesionales del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins a Brasil y los EE.UU. para par- ticipar en eventos de endoscopía y oncología ginecológica y mamaria CONSEJO DIRECTIVO SEXTA SESION ORDINARIA ACUERDO Nº 40-6-ESSALUD-2001 Lima, 22 de febrero del 2001 CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Sao Paulo, Brasil, se llevará a cabo el CURSO ESPECIALIZADO DE ENDOSCOPIA, organiza-do por la Sociedade Beneficente de Senhoras- Hospital Sirio Libanés, del 1 de marzo de 2001 al 31 de enero de 2002; Que, el señor MAX ARTURO YOZA YOSHIDAIRA, Médico Asistente del Servicio de Gastroenterología del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins del Seguro Social de Salud - ESSALUD, ha sido propuesto para parti- cipar en el mencionado evento, contando para tal efecto con la opinión favorable de su jefe inmediato y del Gerente General del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Mar- tins, a través de la Carta Nº1033-GG-HNERM-ESSALUD- 2001 de fecha 20 de febrero del 2001; Que, la Gerencia de Capacitación y Desarrollo de la Gerencia Central de Recursos Humanos ha evaluado el expediente presentado, el mismo que cumple con los requi- sitos previstos en el Reglamento de Capacitación y Desa- rrollo aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 271 del año 1998 y su modificatoria Resolución de Presi- dencia Ejecutiva Nº 018 del año 1999; Que el señor MAX ARTURO YOZA YOSHIDAIRA, ha suscrito el Compromiso de Becario en el cual se comprome- te a no interrumpir ni hacer abandono de la actividad de capacitación autorizada por EsSalud y a continuar pres- tando servicios a la institución por un período equivalente como mínimo al doble de la duración de la actividad de capacitación; Que, los gastos que irrogue la precitada capacitación serán asumidos por el interesado; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 1.5.2 de la Directiva Nº 001 - 2001/FONAFE, aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 147-2000/017 del Fondo Nacio- nal de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, por el que se establecen las normas que orienten la gestión y el proceso presupuestario de las empresas y entidades bajo el ámbito del FONAFE, corres- pondiente al ejercicio 2001; y, En mérito a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas, el Consejo Directivo por unanimidad; ACORDÓ: 1. Aprobar el viaje del señor MAX ARTURO YOZA YOSHIDAIRA, Médico Asistente del Servicio de Gastroen- terología del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Mar- tins del Seguro Social de Salud - ESSALUD a la ciudad de Sao Paulo, Brasil del 1 de marzo del 2001 al 31 de enero del 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo. 2. Conceder licencia con goce de haber al señor MAX ARTURO YOZA YOSHIDAIRA del 1 de marzo del 2001 al 31 de enero del 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo. 3. El presente Acuerdo deberá ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, antes del inicio del viaje correspondiente. 4. Exonerar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta, para que entre en su inmediata ejecución. Dicha sesión se llevó a cabo bajo la presidencia del Sr. Ignacio Basombrío Zender, Presidente Ejecutivo de EsSa- lud, con la asistencia de los señores Consejeros: Arturo Vasi Páez, Javier Montero Checa, Elsa Baca Córdova, Julio Paz Gaviño, Miguel Reyes Gómez, Antonio Meier Cresci, Gabriel Seminario de la Fuente y Rafael Villegas Cerro. ENRIQUE CABALLERO ELCORROBARRUTIA Secretario General 18802 CONSEJO DIRECTIVO SEXTA SESION ORDINARIA ACUERDO Nº 41-6-ESSALUD-2001 Lima, 22 de febrero del 2001 Que, en la ciudad de New York , EE.UU., se llevará a cabo la PASANTIA EN ACTUALIZACION EN ONCOLO- GIA GINECOLOGICA Y MAMARIA, organizado por el Memorial Sloan- Kettering Cancer Center, del 5 de marzo al 27 de abril del 2001; Que, la señora SILAY MARLENI BECERRA VALEN- ZUELA , Médico Asistente del Servicio de Oncología Gine- cológica del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins del Seguro Social de Salud - ESSALUD, ha sido propuesta para participar en el mencionado evento, contando para tal efecto con la opinión favorable de su jefe inmediato y del