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Pág. 199191 NORMAS LEGALES Lima, sábado 24 de febrero de 2001 Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el pedido de extradición, al Go- bierno de la República Federativa del Brasil, de los procesa- dos ANTONIO CUETO GASTELU y ROGER ICHMAN CUE- TO CANCHARI, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refren- dada por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores, y por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores MARCIAL RUBIO CORREA Ministro de Educación Encargado de la Cartera de Justicia 18874 P R E S Aceptan donación efectuada por el Go- bierno de Japón para la adquisición de equipos destinados a los CTAR Piura y Tumbes RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 056-2001-PRES Lima, 20 de febrero del 2001 CONSIDERANDO: Que, con fecha 13 de abril del 2000 los Gobiernos de Japón y Perú suscribieron el Canje de Notas, mediante el cual el Gobierno Japonés, a través de la Agencia de Coope- ración Internacional del Japón concedió al Gobierno Pe- ruano una Cooperación Financiera No Reembolsable hasta por la suma de Un Mil Veinte Millones de Yenes Japoneses, destinados a contribuir con la ejecución del Proyecto de Abastecimiento de Agua Potable en las Zonas de la Fron- tera Norte, mediante la adquisición de los vehículos, equi- pos, materiales y/o servicios japoneses o peruanos; Que, en el marco de la Cooperación Financiera No Reembolsable, señalada en el considerando precedente, el 11 de julio del 2000, el Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado - PRONAP, suscribió en representación del Ministerio de la Presidencia, el Contrato de Suministro con la firma Mitsubishi Corporation con la finalidad de que ésta adquiera una máquina perforadora, los accesorios para perforación, equipos y materiales para prueba de bombeo, camiones de apoyo para la obra de perforación, equipos de prospección geofísica, equipos para análisis de calidad de agua, materiales para construcción de pozos, equipos y materiales para pozos nuevos y rehabilitación, camiones cisterna, logotipos y manuales; Que, asimismo mediante Certificado de Donación Nº JP-D- 00005, la Agencia de Cooperación Internacional del Japón - JICA, señala que los equipos, accesorios herramientas y demás mer- cancías que son importadas por la firma Mitsubishi Corporation , han sido financiadas con recursos del Fondo de Donación dentro del marco de Cooperación Financiera No Reembolsable y que dichas mercancías están amparadas en las Facturas Nº 0APE02001MYD-1 y Nº 0APE02001MYD-2 y en los Conoci- mientos de Embarque Nº T-755 y Nº 7-756; Que, las mercancías materia de las facturas han sido embarcadas con fecha 13 de enero del 2001, desde el puerto de Yokohama - Japón, con destino al puerto de Paita - Perú, como consta del Conocimiento de Embarque Nº T-755, conte- niendo un total de veintiún bultos, con un peso de 85 500,00 kilogramos y el Conocimiento de Embarque Nº T-756, conteniendo un total de noventa y ocho bultos, con un peso aproximado de 426 985,00 kilogramos; Que, la presente importación tiene como origen, la firma de un Convenio de Cooperación Técnica entre los Gobiernos de Japón y de Perú, cumpliendo así con losrequisitos señalados en el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 099-96-EF; Que, de conformidad con lo prescrito por el numeral 3 del literal e) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selec- tivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055- 99-EF la importación de bienes adquiridos con recursos provenientes de un Convenio de Cooperación Técnica no se encuentra gravada con el Impuesto General a las Ventas ni con el Impuesto Selectivo al Consumo; Que, asimismo, por tratarse de la importación de bienes adquiridos con recursos donados que cumplen los supues- tos señalados en los considerandos precedentes, dicha operación no se encuentra afecta al pago de derechos arancelarios, de conformidad con lo señalado por el Artícu- lo 3º del Decreto Supremo Nº 099-96-EF; Que, estando a lo establecido por el Artículo 1º del Decreto Ley Nº 21942 y teniendo en cuenta las caracte- rísticas y los fines de la presente importación, ésta gozará de tratamiento preferencial en el despacho realizado por ADUANAS; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, el Decreto Ley Nº 21942, el Decreto Supremo Nº 055-99- EF y el Decreto Supremo Nº 099-96-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y agradecer en nombre del Go- bierno Peruano, la donación efectuada por el Gobierno de Japón, a través de la Agencia de Cooperación Internacional de Japón - JICA, a favor del Ministerio de la Presidencia, consistente en la suma de ¥ 819 773 000,00 para la adqui- sición de una máquina perforadora, los accesorios para perforación, equipos y materiales para prueba de bombeo, camiones de apoyo para la obra de perforación, equipos de prospección geofísica, equipos para análisis de calidad de agua, materiales para construcción de pozos, equipos y materiales para pozos nuevos y rehabilitación, camiones cisterna, logotipos y manuales, suministrados por la firma Mitsubishi Corporation , según el detalle consignado en el Anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Comprender a los bienes descritos en el citado Anexo, dentro de los alcances del numeral 3, inciso e) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Autorizar al Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado - PRONAP, para que en represen- tación del Ministerio de la Presidencia reciba de la firma Mitsubishi Corporation , los equipos, vehículos materiales a que alude la presente Resolución, con la finalidad que posteriormente y mediante Acta, se entreguen al Consejo Transitorio de Administración Regional de Piura y al Consejo Transitorio de Administración Regional de Tum- bes, respectivamente. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Minis- terial a ADUANAS, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y a la Contraloría General de la República dentro del término de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de la Presidencia 18710 PESQUERÍA Delegan facultades para dejar sin efecto resoluciones ministeriales y pronunciar- se sobre solicitudes relacionadas con concesiones, autorizaciones, permisos y licencias de actividades pesqueras RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 071-2001-PE Lima, 23 de febrero del 2001 CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 010-97-PE se dispuso que los derechos administrativos, tales como concesiones, au-