Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2001 (24/02/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 24 de febrero de 2001

afirma que el Cementerio Mampuesto era, hasta el ano 1997, una MORDAZA abandonada que no producia rentas para la Beneficencia de Trujillo. En cuanto a la no existencia del Acta de Entrega Notarial del Terreno para el inicio de la construccion de las obras en el Proyecto Mampuesto, esta observacion fue superada, pues obra en el expediente el Acta de Entrega de Terreno de fecha 4 de MORDAZA del ano 1998; Que, en lo concerniente a la construccion de pabellones de nichos con 7 pisos, el citado ex Presidente de la Beneficencia de MORDAZA, manifiesta que los organos de direccion y ejecucion, no tienen atribuciones para observar dichos aspectos y se debe tener presente que Asesoria Juridica y Auditoria Interna del INABIF han determinado responsabilidad administrativa al ex Gerente General MORDAZA MORDAZA JONES; Que, las observaciones relacionadas a la omision en la designacion de un representante para supervisar y controlar la explotacion de los servicios del Cementerio, oportunidad de entrega y vigencia de la Carta Fianza, renovacion del convenio para la administracion del Centro Educativo de Gestion No Estatal "Hermanos Blanco" y la entrega de recibos de ingreso simple por la recepcion mensual de US$ 6,000.00, han sido absueltas en parte por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidente del Directorio de la Beneficencia de MORDAZA, quien en muchos casos deslinda responsabilidad con el ex Gerente General, ex Director de Administracion e incluso el ex Asesor Juridico; Que, respecto al Contrato de Asociacion en Participacion suscrito entre la Beneficencia de MORDAZA y la Empresa GOLDEN CORPORATION S.A. y la reduccion del monto pactado de US$ 13,000.00 a US$ 5,000.00 mediante addendas modificatorias el ex Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no explica satisfactoriamente las razones de la reduccion precitadas; Que, en cuanto a los Formatos A-10 presentados a la Contaduria Publica de la Nacion, que no concuerdan con los documentos sustentatorios, el ex Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA manifiesta que se trata de un error de tipeo y que tal responsabilidad era ajena al cargo que desempenaba. Respecto a la utilizacion del Software Informatico, sin la correspondiente licencia, manifiesta que el Gerente General es el funcionario encargado de organizar, dirigir, coordinar, ejecutar y controlar las acciones administrativas de las Beneficencias, afirmaciones que estan corroboradas con el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Sociedad de Beneficencia de Trujillo; Que, en cuanto a los pagos indebidos al personal, durante los anos 1997 a 1999, el ex Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, senala que dichos pagos fueron dispuestos por la Gerencia General a merito del Acta de Conciliacion de Trato Directo firmado el ano 1992 por el Presidente de la Beneficencia de MORDAZA de aquel entonces. Asimismo, el pago de Dietas durante los anos 1997 y 1998, sin observar las exigencias legales, el ex Presidente manifiesta que MORDAZA de tomar la decision solicito informe al Jefe de Asesoria Juridica de la Beneficencia de MORDAZA, instancia que opino favorablemente, afirmando que desconocia la exigencia legal de gestionar un Decreto Supremo para fijar el monto de las Dietas. Al respecto cabe precisar que el desconocimiento de las normas no exime de responsabilidad; Que, respecto al incremento indebido de remuneraciones asi como el otorgamiento de prestamos administrativos sin la debida sustentacion, el referido ex Presidente manifiesta que Auditoria Interna ha determinado responsabilidad administrativa al ex Gerente General MORDAZA MORDAZA JONES quien fue el que otorgo los prestamos administrativos en su condicion de Presidente del CAFAE; Que, por su parte MORDAZA MORDAZA JONES, ex Gerente General de la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA, formula precisiones respecto al incremento indebido de remuneraciones y otorgamiento de prestamos administrativos sin la debida sustentacion, adjuntando para ello MORDAZA simple de las Resoluciones Institucionales Nºs. 087-96 y 103-97-SBT, con las cuales se aprueba el Reglamento Interno del Fondo de Asistencia y Estimulo (CAFAE) y el Reglamento para el Otorgamiento de Estimulo e Incentivos Economicos Especificos por parte del CAFAE, respectivamente, documentos con los que desvirtua parte de las observaciones que recaen sobre el citado ex Gerente General; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Administrador General de la Beneficencia de MORDAZA, manifiesta que el dinero recibido del Centro Educativo Hermanos MORDAZA, se registraba constantemente como una contribucion en base a los convenios suscritos con dicha entidad, manifestando que no se produjo ningun perjuicio economico para la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA y

que tiene conocimiento que a partir del mes de noviembre del ano 1999, se viene emitiendo facturas, con las formalidades del caso; Que, el ex Asesor Juridico y ex Secretario General de la Beneficencia de MORDAZA, presenta su descargo limitandose a reproducir partes de la Resolucion Presidencia Nº 0092001, sin aportar ningun MORDAZA de pruebas, ni brinda mayor informacion que pueda atenuar su responsabilidad durante el ejercicio de las funciones asignadas; Que, las observaciones contenidas en el Informe de Auditoria Nº 004-2000/INABIF-OAI, "EXAMEN ESPECIAL A LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PUBLICA DE TRUJILLO" PERIODO ENERO A DICIEMBRE DE 1998, no han sido desvirtuadas del todo por parte de los procesados, quienes al presentar sus descargos escritos acompanaron pruebas documentales, que si bien atenuan los cargos que recae sobre ellos, no los exime de responsabilidad; Que, los hechos irregulares referidos en los parrafos precedentes constituyen faltas de caracter disciplinario, previstos en los incisos a) y d) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, sin perjuicio de la responsabilidad civil y/o penal que pudiera existir; Estando a lo informado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional de Bienestar Familiar; y, En uso de las facultades conferidas por el Inc. c) del Art. 8º del Decreto Legislativo Nº 830 y la Resolucion Suprema Nº 084-2000-PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER medida disciplinaria de CESE TEMPORAL de 60 dias a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora de la Oficina de Economia de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- IMPONER medida disciplinaria de CESE TEMPORAL a los siguientes ex funcionarios de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Presidente del Directorio, 120 dias. - MORDAZA CABREJOS MORDAZA, ex Director 60 dias. - MORDAZA SISNIEGAS MORDAZA, ex Director, 60 dias. - MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, ex Directora, 60 dias. - MORDAZA MORDAZA JONES, ex Director y ex Gerente General, 12 meses. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Asesor Juridico y ex Secretario General, 60 dias. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Administrador General, 60 dias. - WISTON MORDAZA MORDAZA, ex Administrador General, 60 dias. Articulo 3º.- NOTIFIQUESE a los organos competentes y a los procesados para los fines de ley. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA COBIAN Presidenta Instituto Nacional de Bienestar Familiar 18806

TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL
Aprueban donacion destinada a implementar programas educativos en distritos o poblados rurales a nivel nacional
RESOLUCION SUPREMA Nº 033-2001-TR MORDAZA, 23 de febrero de 2001 Vista, la comunicacion de fecha 15 de enero de 2001, remitida por la Coordinadora de Apoyo a Comunidades Campesinas de la Congregacion Misionera Dominicas Ado-

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