Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2001 (03/07/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 3 de MORDAZA de 2001

Publico para la contratacion de servicios especializados correspondientes, la misma que debera ser realizada mediante el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27452, se creo la Comision Especial encargada de revisar los procedimientos de cese colectivo de trabajadores llevados a cabo entre los anos 1991 y 2000, en las empresas del Estado que fueron sometidas a un MORDAZA de promocion de la inversion privada, y cuya funcion principal es determinar la constitucionalidad y legalidad de tales procedimientos de cese colectivo; Que, el Articulo 7º de la Ley Nº 27452 dispuso que la Comision Especial contara con una Secretaria Tecnica que sera asumida por el Ministerio de Economia y Finanzas, para lo cual podra contratar a profesionales especializados en la materia a fin de cumplir con sus funciones; Que, asimismo, el Articulo 7º del Reglamento de la Ley Nº 27452, aprobado por Decreto Supremo Nº 0142001-TR, establece que para el cumplimiento de las funciones de Secretaria Tecnica de la Comision Especial, del Ministerio de Economia y Finanzas podra contratar personas naturales o juridicas; Que, teniendo en cuenta que la Comision Especial tiene un plazo de 45 (cuarenta y cinco) dias calendario, contados a partir de su instalacion, para emitir el Informe Final a que se refiere el Articulo 8º de la Ley Nº 27452, la contratacion de profesionales especializados resulta esencial para que pueda cumplir sus funciones; Que, segun el Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, se configura una situacion de urgencia cuando la ausencia de un servicio compromete en forma directa e inminente las operaciones que la Entidad tiene a su cargo; Que, de acuerdo con el inciso c) del Articulo 19º y el inciso a) del Articulo 20º del dispositivo legal que se menciona en el considerando precedente, se encuentran exonerados de Licitacion Publica y Concurso Publico las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia declarada de conformidad con dicha Ley, debiendo aprobarse tales exoneraciones mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; Que, asimismo, el Articulo 20º del citado dispositivo legal establece que tales adquisiciones o contrataciones deben realizarse mediante el procedimiento de adjudicacion directa de menor cuantia; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27452 y el Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en situacion de urgencia, las contrataciones de los servicios profesionales de personas naturales y juridicas que se requieran para el cumplimiento de las funciones de la Comision Especial creada por Ley Nº 27451, por el periodo comprendido entre la instalacion de dicha Comision y la MORDAZA del Informe Final a que se refiere el Articulo 8º de la Ley Nº 27452. Articulo 2º.- Exonerar al Ministerio de Economia y Finanzas del requisito de Concurso Publico para las contrataciones de los servicios profesionales, disponiendo que las mismas se efectuen mediante el MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia y por un plazo que no excedera de la fecha de MORDAZA del Informe Final a que se refiere el Articulo 8º de la Ley Nº 27452. Articulo 3º.- Las contrataciones a las que se refieren los articulos precedentes se realizaran con cargo al presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas correspondiente al ejercicio 2001. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial sera puesta en conocimiento de la Contraloria General

de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su publicacion. Articulo 5º.- Encargase a la Secretaria Tecnica de la Comision Especial el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 26342

EDUCACION
Aprueban actualizacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del INABEC
DECRETO SUPREMO Nº 049-2001-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Articulos 20º, 21º y 22º de la Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada, aprobada por Decreto Legislativo Nº 757, las entidades de la Administracion Publica estan obligadas a aprobar normas legales destinadas a unificar, reducir y simplificar los procedimientos y tramites administrativos que se siguen ante la respectiva entidad, los que deberan constar en un Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, el Articulo 34º del Reglamento de las Disposiciones sobre Seguridad Juridica en Materia Administrativa contenidas en la Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada, aprobado por Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, establece las reglas para la creacion, modificacion o eliminacion de procedimientos administrativos incluidos en el TUPA; Que, el Articulo 36º del citado Reglamento senala que los MORDAZA estan sujetos a actualizacion anual obligatoria y en caso MORDAZA sufrido modificaciones durante su vigencia anual debera publicarse en el Diario Oficial el MORDAZA MORDAZA en el que consten todas las modificaciones realizadas al mismo; Que, el Decreto Supremo Nº 051-2001-PCM, establece que las entidades del Sector Publico cuya administracion y pago de pensiones no ha sido transferida por MORDAZA expresa a la ONP, deberan incorporar en su Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), el procedimiento que determine la documentacion que deben contener los expedientes administrativos de los solicitantes de prestaciones del Decreto Ley Nº 20530 y que deberan ser remitidos por las entidades a la ONP para su respectiva calificacion; Que, es necesario actualizar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Instituto Nacional de Becas y Credito Educativo - INABEC; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 757 - Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada, Decreto Ley Nº 25762 - Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510 y Decreto Supremo Nº 094-92-PCM; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar la actualizacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Instituto Nacional de Becas y Credito Educativo - INABEC, segun anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de junio del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministro de Educacion

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