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Pág. 205955 NORMAS LEGALES Lima, martes 3 de julio de 2001 Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 26365 Modifican resolución mediante la cual se autorizó viaje de funcionario diplo- mático para participar en Reunión de Avanzada de la XV Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 273-2001-RE Lima, 2 de julio de 2001 Vista la Resolución Suprema Nº 271-2001-RE, de 21 de junio del año 2001, que autorizó el viaje del Embaja- dor en el Servicio Diplomático de la República, don Vicente Azula de la Guerra, Director Nacional de Pro- tocolo y Ceremonial del Estado, para que participe en la Reunión de Avanzada de la XV Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río, en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, el 28 de junio del año 2001; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1º.- Modificar el Artículo 2º de la Resolución Supre- ma Nº 271-2001-RE, de 21 de junio del año 2001, en los términos siguientes: "2º.- El viaje del Embajador Vicente Azula de la Guerra, se hará efectivo del 27 al 28 de junio del año 2001. Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución, por concepto de pasajes US$ 425,10, viáticos US$ 600,00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 25,00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje." 2º.- Dejar subsistente en todo lo demás la Resolución Suprema Nº 271-2001-RE, de 21 de junio del año 2001. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 26366 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen el funcionamiento de la Segunda Sala Especializada en lo Civil de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 191-2001-P-CSJCN/PJ Independencia, dos de julio de dos mil uno.VISTA: La Resolución Administrativa número 073-2001- CE-PJ, de fecha veintiséis de junio del año dos mil uno, publicada el día viernes veintinueve de junio del presente año en el Diario Oficial El Peruano; CONSIDERANDO: Que es política de la Presidencia de la Corte Supe- rior de Justicia de Cono Norte de Lima, lograr el mejoramiento del servicio de administración de justicia en sus distintos niveles, tanto en el área jurisdiccional como administrativa; Mediante la Resolución Administrativa de vista el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crea la Segunda Sala Especializada en lo Civil del Cono Norte de Lima, y autoriza al Presidente de esta Corte Superior a dictar las medidas necesarias para el funcionamiento y operati- vidad de dicha Sala; Que, estando al considerando precedente, es pertinente para el Despacho de esta Presidencia, dictar las disposiciones correspondientes a fin de que se haga efectivo lo dispuesto por la Resolución Administrativa Nº 073-2001-CE-PJ, en lo que respecta a la implemen- tación y puesta en funcionamiento de la Segunda Sala Especializada en lo Civil de la Corte Superior de Justi- cia del Cono Norte de Lima; Que, de lo expuesto, es necesario establecer la carga procesal con la que laborarán ambas Salas, por lo que se debe redistribuir las causas, tomando en cuenta para ello la numeración par e impar de los expedientes, que se tienen en giro; En uso de las facultades conferidas por los incisos tres, y nueve del Artículo noventa de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Primero.- Poner en funcionamiento e implementar la Segunda Sala Especializada en lo Civil de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima a partir del martes tres de julio del año dos mil uno. Segundo.- La citada Sala Especializada en lo Civil estará conformada por los siguientes Magistrados: Doc- tor Francisco Rozas Escalante, quien la presidirá, Dr. Jorge Luis Cuya Lavy (P), Dra. Carmen María López Vásquez (P), Dr. Sidney Bravo Melgar (S). Tercero.- Redistribuir la carga procesal existente en la Primera Sala Especializada en lo Civil observán- dose las siguientes disposiciones: 1.- Expedientes con número impar, serán de conoci- miento de la Primera Sala Especializada en lo Civil. 2.- Expedientes con numeración par, serán de conoci- miento de la Segunda Sala Especializada en lo Civil. 3.- Si de la redistribución de expedientes resultase no haber proporción e igualdad, el excedente pasará a conocimiento de la Sala que tenga menor carga hasta lograr el equilibrio de la carga procesal entre ambas. Cuarto.- Los nuevos ingresos de expedientes a partir del tres de julio del presente año serán distribui- dos en forma aleatoria y equitativa, entre la Primera y Segunda Salas Especializadas en lo Civil. Quinto.- Que la implementación de la infraestruc- tura y el material logístico de la Segunda Sala Especia- lizada en lo Civil, estará a cargo de la Administración de esta Corte Superior de Justicia. Sexto.- Poner la presente Resolución en conocimien- to del Consejo del Poder Judicial, Corte Suprema de Justicia de la República, Oficina de Control de la Magis- tratura, Gerencia General del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación, Fiscalía Superior Decana del Cono Norte de Lima, ODICMA, Administración, y órganos jurisdiccio- nales competentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL JESUS MIRANDA CANALES Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima 26323