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Pág. 205966 NORMAS LEGALES Lima, martes 3 de julio de 2001 Prorrogan plazo de vigencia de tarje- tas de circulación de vehículos perte- necientes a empresas de transporte comprendidas en el D.A. Nº 01 RESOLUCIÓN DIRECTORAL MUNICIPAL Nº 130-01-MML-DMTU Lima, 2 de julio de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Artículo Tercero del Decreto de Alcaldía Nº 01 del 2 de enero del 2001 facultó a la Dirección Municipal de Transporte Urbano a otorgar autorización excepcio- nal y ampliar las concesiones del servicio sobre rutas existentes entre Lima y el Callao, dentro de los alcances de los acuerdos que adopte a través de la Comisión de Emergencia de Carácter Técnico Legal de Lima y el Callao; Que, por Resolución Directoral Municipal Nº 015- 01-MML-DMTU del 6 de febrero del 2001, se dispuso el procedimiento por el cual se otorgaría Autorización Excepcional a las personas jurídicas que prestan servi- cio en las rutas señaladas en el considerando preceden- te, los cuales debían cumplir con los requisitos señala- dos en la Resolución Directoral Municipal Nº 008-01- MML-DMTU, con excepción del porcentaje mínimo a presentar como flota, que quedó fijado en el 50% de la flota requerida para la ruta, dicha Resolución fue pos- teriormente modificada por Resolución Directoral Mu- nicipal Nº 0126-01-MML-DMTU del 26 de junio del 2001; Que, estando al Informe Nº 029-MML/DMTU-DGTE- DEAR-RE, de fecha 30.06.01, y que siendo de necesidad pública el servicio de transporte, se requiere dictar normas tendientes a que el servicio se preste con flotas debidamente autorizadas; De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Nº 104, la Ordenanza Nº 131, el Decreto de Alcaldía Nº 01, la Resolución Directoral Municipal Nº 008-01-MML, modificada por Resolución Directoral Municipal Nº 126-MML/DMTU, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dispóngase que el Proceso de Calificación dispuesto por la Resolución Directoral Mu- nicipal Nº 015-01-MML-DMTU, culmine el 14 de julio del 2001. Artículo Segundo.- Dispóngase que las Tarjetas de Circulación de los vehículos que pertenecen a la flota de las empresas comprendidas en los alcances del Artículo Tercero del Decreto de Alcaldía Nº 01, que se encuentren vencidas al 30 de junio del 2001, mantendrán su vigencia hasta el 14 de julio del 2001. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección General de Transporte, el cumplimiento de la presente Resolu- ción. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELVIRA MOSCOSO CABRERA Directora Municipal Dirección Municipal de Transporte Urbano 26343 RESOLUCIÓN DIRECTORAL MUNICIPAL Nº 131-01-MML-DMTU Lima, 2 de julio de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Artículo Segundo del Decreto de Alcaldía Nº 01, de fecha 02.01.01 facultó a la Dirección Municipalde Transporte Urbano a llevar a cabo un proceso de calificación entre las personas jurídicas que prestan servicio en rutas de libre acceso y rutas restringidas que no comprenden en su recorrido el Carril Segregado de la Vía Expresa y el Sector Territorial I, con el fin de otorgar autorización excepcional para seguir prestando servicio hasta el 31 de diciembre del 2002; Que, por Resolución Directoral Municipal Nº 008-01- MML/DMTU, de fecha 22.01.01, se inició el Proceso de Calificación señalado en el considerando precedente, siendo dicha Resolución posteriormente modificada por Resolución Directoral Municipal Nº 0126-01-MML- DMTU del 26 de junio del 2001; Que, en el Artículo Primero de la referida Resolución se estableció que las Tarjetas de Circulación de las flotas comprendidas en el Artículo Segundo del Decreto de Alcaldía Nº 01, mantendrían su vigencia hasta el 30 de junio del 2001; Que, estando al INFORME Nº 029-01-MML/DMTU- DGTE-DEAR-RE, de fecha 30.06.01, que siendo de nece- sidad pública el servicio de transporte, se requiere dictar normas tendientes a que el servicio se preste con flotas debidamente autorizadas; De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº 104, la Ordenanza Municipal Nº 131, en el Decreto de Alcaldía Nº 01, la Resolución Directoral Municipal Nº 008-01-MML, modificada por la Resolución Directoral Municipal Nº 126-01-MML/DMTU, Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dispóngase que el Proceso de Calificación dispuesto por la Resolución Directoral Mu- nicipal Nº 008-2001-MML/DMTU, culmine el 14 de julio de 2001. Artículo Segundo.- Dispóngase que las Tarjetas de Circulación de los vehículos que pertenecen a la flota de las empresas comprendidas en los alcances del Artículo Segundo del Decreto de Alcaldía Nº 01, que se encuen- tren vencidas al 30 de junio del 2001, mantendrán su vigencia hasta el 14 de julio del 2001. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Gene- ral de Transporte, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELVIRA MOSCOSO CABRERA Directora Municipal Dirección Municipal de Transporte Urbano 26344 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del Acuerdo sobre supresión de requisitos de visas para portadores de pasaportes diplomáti- cos, especiales y de servicio, suscrito con la República Eslovaca De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores me- diante Oficio RE.(GAB) Nº 0-3-A/122 comunica que el referido Acuerdo, suscrito en Lima el 20 de abril del año 2001, ratificado por Decreto Supremo Nº 048-2001-RE del 15 de junio del año 2001 y publicado en el Diario Oficial El Peruano, al igual que el texto, el 17 de junio del año 2001, entrará en vigencia el día 18 de julio del año 2001. 26330