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Pág. 207475 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de julio de 2001 Estación : BC-FM Frecuencia : 89.7 MHz Indicativo : OBT-3F Potencia : 250 wEmisión : 256F8E Horario : H24 Ubicación de losEstudios y Planta Transmisora : Cabo Alberto Reyes, cuadra 1, distrito y provincia de Huarmey,departamento de Ancash. Coordenadas: L.O. 78° 09' 29" L.S. 10° 04' 03" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artículo precedente, se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta antesde sesenta (60) días previos a la terminación de dicho período, el titular de la autorización debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique laspruebas de funcionamiento respectivas, bajo sanción de dejar sin efecto la autorización. Artículo 3º.- La empresa TELESISTEMA PERUA- NO C.H.M.V. S.A. está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión concedido acorde con la presente resolución, estando impedida de modificar las caracte-rísticas a que se contrae el Artículo 1º de la presente resolución sin autorización previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización que se otorga en el Artículo 1º, quedará automáticamente sin efecto, de producirse la pérdida del beneficio de fraccionamiento otorgados a favor de la empresa TELESISTEMA PE-RUANO C.H.M.V. S.A.. Artículo 5º.- La autorización a que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales yreglamentarias vigentes que regulan el servicio autoriza- do, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE MENACHO RAMOS Viceministro de Comunicaciones 27774 Otorgan a empresa permiso de opera- ción para realizar actividadesaeronáuticas mediante la utilización de globos aerostáticos RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 103-2001-MTC/15.16 Lima, 16 de julio del 2001 Vista la solicitud de GLOBOS DE LOS ANDES S.A., sobre Permiso de Operación para realizar actividades aero- náuticas mediante la utilización de globos aerostáticos; CONSIDERANDO: Que, según los términos del Informe Nº 026-2001/ 15.16.05.1.ECO, emitido por el Área de Estudios Económicos de la Dirección de Circulación Aérea; Memorándum Nº 0127- 2001-MTC/15.16.02, emitido por la Oficina de Asesoría Le-gal, Memorándum Nº 0173-2001-MTC/15.16.06, emitido por la Dirección de Seguridad Aérea; Memorándum Nº 182-2001- MTC/15.16.05.2, emitido por la Subdirección de Aeronavega-bilidad; Memorándum Nº 288-2001-MTC/15.16.05.3, emiti- do por la Subdirección de Operaciones; Constancia de Inscrip- ción, emitida por la Oficina Registral de Lima y Callao; seconsidera pertinente atender lo solicitado, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidosen el Reglamento vigente de acuerdo a lo señalado en la Tercera Disposición Transitoria y Final de la referida Ley; y las demás disposiciones legales vigentes;Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificandoposteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 25035 y el Decreto Legislativo Nº 757; Que, en aplicación de los principios de celeridad y simplificación administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los aeropuertos y/o aeródromos privados podrán ser utilizadas previa auto-rización de sus respectivos propietarios; Que, en aplicación del Artículo 9º literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil escompetente para otorgar, modificar, suspender o revo- car los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo; Que, en aplicación del Artículo 167º literal e) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica autoriza, reglamenta y supervisa las actividades aero- náuticas llevadas a cabo mediante la utilización deglobos aerostáticos y dirigibles; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente de acuerdo a loseñalado en la Tercera Disposición Transitoria y Final de la referida Ley; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a GLOBOS DE LOS ANDES S.A., Permiso de Operación para realizar actividades aeronáuticasmediante la utilización de globos aerostáticos, por el plazo de cuatro (4) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial ElPeruano, sujeto a las siguientes características: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Actividad Aeronáutica mediante la utilización de Globos Aerostáticos, de acuerdo a lo dispuesto por elArtículo 167º de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Head Balloons INC, modelo AX9-118. - Head Balloons INC, modelo AX9-118. ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS Aeródromos, aeropuertos y/o áreas de ascenso y descenso debidamente notificados a la correspondiente Oficina de Control de Tránsito Aéreo de: - Piura. - Tumbes.- Urubamba. - Cajamarca. - Chachapoyas.- Chiclayo. - Trujillo. - Chimbote.- Huascarán-Anta. - Lima. - Ayacucho.- Nasca. - Pisco. - Arequipa.- Ilo. - Juliaca. - Moquegua.- Tacna. - Cusco. - Andahuaylas.- Puerto Maldonado. - Jauja. - Moyobamba.- Tarapoto. - Iquitos. - Pucallpa Nuevo.- Sepahua. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto del Cusco. SUBBASES DE OPERACIONES: - Aeródromo de Lima. - Aeropuerto de Trujillo. - Aeropuerto de Pucallpa.