Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 2001 (31/07/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 31 de MORDAZA de 2001

correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, por Resolucion Viceministerial Nº 050-2001-MTC/ 15.03 del 23 de enero del 2001, se aprobo la transferencia de las autorizaciones, permisos y licencias del servicio de radiodifusion, asi como la titularidad de los procedimientos iniciados para obtener tales derechos que pertenecieron a la empresa EMISORAS POPULARES PERUANAS S.A. a favor de CORPORACION GESTION S.A., reconociendola como titular de dichos derechos, en virtud a la fusion de la primera de las nombradas; Que, mediante Informes Nºs. 445-2001-MTC/ 15.19.03.2 y 486-2001-MTC/15.19.01, la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, respectivamente, senalan que la solicitud formulada por la empresa CORPORACION GESTION S.A. cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 01393-TCC; 06-94-TCC y sus modificatorias y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa CORPORACION GESTION S.A., autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Paita, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de la Planta Retransmisora : : : : : : BC-FM 105.3 MHz OBT-1D 500 w. 256F8E. H24

Aprueban la "Guia del Usuario para Certificacion de Explotadores Aereos"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 105-2001-MTC/15.16 MORDAZA, 16 de MORDAZA del 2001 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 9º, inciso f) de la Ley de Aeronautica Civil del Peru, Ley Nº 27261 establece que la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Certificados de Explotador, las Conformidades de Operacion, asi como aceptar las Especificaciones Tecnicas de Operacion correspondientes; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 90º de la referida Ley, la Direccion General de Aeronautica Civil certifica la capacidad legal, tecnica y economico financiera del solicitante y acepta las Especificaciones Tecnicas de Operacion; Que, conforme a las disposiciones citadas, corresponde a la Direccion General de Aeronautica Civil, establecer las fases, etapas y procedimientos tecnicos que los solicitantes deben realizar para acreditar sus capacidades, a fin de acceder al Certificado de Explotador Aereo; Que, resulta necesario facilitar e informar debidamente a los usuarios sobre los alcances, etapas, requisitos, procedimientos y documentacion necesaria exigida para la obtencion del Certificado de Explotador Aereo; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 024-2000MTC/15.16 se aprobo la Guia del Usuario referida entre otros, al Certificado de Explotador de Servicios Aereos; Que, en el MORDAZA del MORDAZA permanente de revision y evaluacion de todos los aspectos tecnicos y operativos, se ha revisado la parte correspondiente a la certificacion de explotadores aereos; por lo que es necesario aprobar la Guia correspondiente a fin de que su cumplimiento sea obligatorio a nivel nacional; De conformidad con la Ley de Aeronautica Civil del Peru, Ley Nº 27261, el Reglamento, Decreto Supremo Nº 054-88/TC, modificado por el Decreto Supremo Nº 01990-TC y Decreto Supremo Nº 009-96-MTC, vigente segun lo establecido en la Tercera Disposicion Transitoria y Final de la Ley Nº 27261 y estando a lo opinado por la Direccion de Seguridad Aerea y la Oficina de Asesoria Legal; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Guia del Usuario para Certificacion de Explotadores Aereos, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion, la cual establece las fases, etapas, requerimientos tecnicos, documentacion y procedimientos que cada operador debe cumplir a efecto de obtener el Certificado de Explotador Aereo. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la Parte III y el Anexo 2 de la "Guia de Usuario" aprobada por Resolucion Directoral Nº 024-2000-MTC/15.16, asi como las demas disposiciones de la citada MORDAZA que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Los operadores nacionales que se encuentren en MORDAZA de certificacion deberan adecuarse a lo establecido en el presente dispositivo. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KUAN-VENG Director General de Aeronautica Civil

: Av. MORDAZA MORDAZA, cuadra 9, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura. Coordenadas: L.O. 81° 06' 58.8" L.S. 05° 05' 06.7"

El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta MORDAZA de sesenta (60) dias previos a la terminacion de dicho periodo, el titular de la autorizacion debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sancion de dejar sin efecto la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa CORPORACION GESTION S.A., esta obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusion concedido acorde con la presente resolucion, estando impedida de modificar las caracteristicas a que se contrae el Articulo 1º de la presente resolucion sin autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 4º.- La autorizacion a que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MENACHO MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 28291

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