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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (08/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 204090 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de junio de 2001 Elecciones Generales para la elección del Presidente de la República y Vicepresidentes, así como de los Congre- sistas de la República, mediante un proceso electoral justo, limpio y transparente que permita la recupera- ción de la democracia en el país; Que con ese fin, mediante el Decreto Supremo Nº 031-2000-PCM, se ratificó la convocatoria a Elecciones Generales para la elección del Presidente de la Repúbli- ca y Vicepresidentes, así como de los Congresistas de la República; Que por Decreto Supremo Nº 004-2001-PCM se aprobó la Directiva sobre Transparencia y Neutralidad de los organismos, funcionarios y servidores del Poder Ejecutivo durante el proceso electoral del año 2001, con el fin de garantizar la absoluta neutralidad del Gobier- no y asegurar que no se utilicen recursos del Estado en favor o en contra de uno o varios candidatos durante dicho proceso electoral; Que los señores Ministros de Estado han colaborado decididamente en los esfuerzos para asegurar las condi- ciones necesarias para llevar a cabo las Elecciones Generales sin ningún contratiempo; Que asimismo, diversas instituciones públicas han participado, dentro de su competencia, en ese esfuerzo, facilitando la labor de los organismos electorales; Que los órganos electorales así como los diversos observadores electorales, nacionales e internacionales, han expresado su satisfacción respecto a la conducta de los funcionarios y servidores de la Administración Pú- blica durante el proceso electoral, tanto en la primera como en la segunda elección; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Felicitar a los funcionarios y servido- res de la Administración Pública así como a los miem- bros de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas, por su disposición patriótica y democrática con que han cumplido sus deberes durante las Elecciones Generales que se llevaron a cabo el presente año. Artículo 2º.- Hacer extensiva la felicitación a los señores Ministros de Estado, como responsables de cada uno de los sectores y de los organismos descen- tralizados de la Administración Pública. Artículo 3º.- Reconocer la labor de los organismos constitucionales autónomos integrantes del Sistema Electoral en los referidos procesos electorales que se han realizado en forma transparente y conforme a ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros 24985 Autorizan viaje del Ministro de Econo- mía y Finanzas a fin de suscribir Con- venios Bilaterales para evitar la Doble Imposición y prevenir la Evasión Tri- butaria entre los Gobiernos de Perú y Chile RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 297-2001-PCM Lima, 7 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, el doctor JAVIER SILVA RUETE, Ministro de Economía y Finanzas, viajará a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 8 al 10 de junio del año 2001, con la finalidad de suscribir Convenios Bilaterales para evitar la Doble Imposición y prevenir la Evasión Tribu-taria entre los Gobiernos de Perú y Chile, en tal sentido es necesario autorizar el viaje en misión oficial; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 048 y 053-2001-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del doctor JA- VIER SILVA RUETE, Ministro de Economía y Fi- nanzas, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 8 al 10 de junio del año 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 MEF - Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente deta- lle: Viáticos :US$ 600,00 Pasajes :US$ 1 375,20 Tarifa CORPAC :US$ 25,00 Artículo 3º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros 24997 AGRICULTURA Autorizan a procurador iniciar accio- nes contra presuntos responsables de delitos en la adquisición, manteni- miento y distribución de maquinarias e implementos agrícolas de proceden- cia china RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0485-2001-AG Lima, 7 de junio de 2001 VISTO: El Informe Especial Nº 001-2001-02-AG-AL-IGO- AI, Informe Especial a las maquinarias e implementos agrícolas de procedencia china en el período 1992 al 2000 - presuntas irregularidades en su adquisición, mantenimiento y distribución; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum Nº 065-2001-AG- VM de fecha 28 de marzo de 2001, el Despacho Viceministerial dispuso se realice una acción de control a las Maquinarias e Implementos Agrícolas de Procedencia China, para evaluar las presuntas irregularidades en su adquisición, mantenimiento y distribución; Que, con fecha 9 de agosto de 1972, el Gobierno del Perú suscribió un Convenio Comercial con la República Popular China, el mismo que fue modifi- cado en parte, por el Protocolo Adicional en fecha 11 de agosto de 1983 y que fue aprobado por Ley Nº 24507; documentos mediante los cuales las partes se comprometían a adoptar las medidas necesarias para fomentar y ampliar el intercambio comercial de conformidad con las leyes y reglamentos de su