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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (08/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 204100 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de junio de 2001 - Dirección de Administración y Finanzas - Dirección de Laboratorios Son funciones y responsabilidades generales de cada una de las Direcciones: a) Dirigir, supervisar y evaluar las actividades de sus oficinas; b) Planificar el desarrollo de sus actividades de acuerdo a la política y estrategia establecida por el Consejo Directivo; c) Coordinar con las demás Direcciones la ejecución de sus actividades; d) Proponer normas y nomenclaturas en las especia- lidades de su competencia y coordinar su difusión; e) Proponer programas de trabajo, presupuesto y capacitación de su personal; f) Cuidar de los bienes a su cargo, y de los bienes institucionales en general; g) Otras funciones que le asigne el Consejo Directi- vo. Cada Dirección está a cargo de un Director designa- do por acuerdo del Consejo Directivo. Los Directores dependen jerárquicamente del Director Ejecutivo. La organización, funciones y demás responsabilida- des de las Direcciones serán reguladas por el Regla- mento Interno del INGEMMET aprobado por el Conse- jo Directivo. Artículo 19.- Dirección de Sistemas de Infor- mación Son funciones de la Dirección de Sistemas de Infor- mación: a) Administrar y operar el Sistema de información Básica para el Fomento de la Inversión Minera, brindando los servicios correspondientes a los usua- rios; b) Administrar el Sistema de Información Geológi- ca, Minera-Metalúrgica y Geoambiental (Bases de Da- tos-gráficos-alfanuméricos) antes Centro Nacional de Información Geológica, y difundir la información dispo- nible; c) Publicar y difundir los resultados de los trabajos de investigación ecológica que desarrolla la institución; d) Sistematizar y clasificar la información que per- mita su uso interactivo para la generación de cartogra- fía geológica - temática; e) Organizar la participación de la institución en eventos científicos o relacionados con sus funciones y fines; f) Prestar servicios de biblioteca y de información técnica documental al personal de la institución y a los usuarios según sus posibilidades; g) Investigar los requerimientos de información geológica; h) Administrar la actividad de intercambio biblio- gráfico; i) Administrar la prestación de servicios remunera- dos y la venta de publicaciones; j) Diseñar y mantener actualizada la información que se difunde a través de la Internet y otros medios; k) Difundir información sobre nuevas tecnologías mineras y metalúrgicas; l) Planear, organizar, dirigir y ejecutar las activida- des de digitalización, diagramación, edición y difusión de la información disponible; m) Mantener los servicios de edición y difusión de la información en los niveles de la más moderna tecnolo- gía; n) Desarrollar programas de difusión de informa- ción y de ampliación de la cultura geológica de la población. o) Otras funciones que le asigne el Consejo Directi- vo. Artículo 20º.- Dirección de Administración y Finanzas Tiene como función dirigir, supervisar y evaluar las actividades administrativas del INGEMMET en lo que corresponde a los sistemas de tesorería, presupuesto, contabilidad, personal y logística.Artículo 21º.- Áreas Dependen de la Dirección de Administración y Fi- nanzas las Áreas de Contabilidad, de Recursos Huma- nos, de Logística y Control Patrimonial. Cada Área está a cargo de un Jefe nombrado por el Consejo Directivo a propuesta del Director de Administración y Finanzas. Artículo 22º.- Son funciones del Área de Conta- bilidad: a) Elaborar el proyecto de presupuesto de la institu- ción a ser aprobado por el Consejo Directivo; b) Llevar a cabo las funciones de tesorería; c) Preparar los balances y estados financieros; d) Normar y conducir la contabilidad de costos, manteniendo informados mensualmente a cada orga- nismo sobre sus costos operativos en forma detallada por cada proyecto y actividad que realiza; e) Elaborar el flujo de caja; f) Percibir los ingresos; g) Efectuar transacciones financieras previamente aprobadas; h) Efectuar el pago de obligaciones; i) Llevar el control y custodia de fondos y valores; j) Otras funciones que le asigne el Consejo Directivo. Artículo 23º.- Área de Recursos Humanos : Son funciones del Área de Recursos Humanos las siguientes: a) Dirigir y evaluar las actividades del sistema de personal; b) Formular el Cuadro Analítico de Personal y otros; c) Informar al Director Ejecutivo el movimiento de registro de personal; d) Promover la optimización de las relaciones huma- nas en la institución; e) Organizar acciones de prevención de salud, bien- estar social y primeros auxilios; f) Promover periódicamente acciones de evaluación y capacitación de personal en coordinación con el Direc- tor de Relaciones Institucionales y Capacitación; g) Mantener los registros de personal actualizados; h) Otras funciones que le asigne el Consejo Directi- vo. Artículo 24º .- Área de Logística y Control Patrimonial: Son funciones del Área de Logística y Control Patri- monial: a) Implementar técnicas adecuadas de seguridad, conservación y mantenimiento de las instalaciones, maquinarias, equipos y patrimonio documental; b) Normar y proveer servicios auxiliares de trans- porte, mantenimiento de sistemas, comunicaciones, instalaciones sanitarias y servicios de electricidad, seguridad y archivo de la documentación administra- tiva; c) Supervisar y velar por el buen estado de conserva- ción y limpieza del local e instalaciones en general; d) Atender los requerimientos de abastecimientos de equipos, materiales de oficina y otros necesarios para el desempeño de las funciones institucionales, observando las normas y dispositivos legales vigentes sobre la actividad que se le encomiende realizar; e) Obtener la aprobación del Consejo Directivo para la toma de acciones de reposición de existencias; f) Informar mensualmente al Director Ejecutivo sobre las compras realizadas y movimientos de almacén y del activo fijo; g) Otras funciones que le asigne el Consejo Directi- vo. Artículo 25º .- La Dirección de Laboratorios Corresponde a la Dirección de Laboratorios efec- tuar estudios petromineralógicos, análisis químicos y geoquímicos, estudios de inclusiones fluidas y de Rayos X, paleontológicos y micro paleontológicos, procesar y analizar imágenes de sensores remotos, y demás labores afines, en apoyo de los órganos del INGEMMET, así como para la prestación de servicios externos.