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Pág. 204101 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de junio de 2001 TÍTULO V DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Primera .- Cada órgano elaborará su correspon- diente Manual de Organización y Funciones en coordi- nación con el Área de Recursos Humanos para su aprobación por el Consejo Directivo. 24984 Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal del INACC RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 110-2001-EM Lima, 7 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2001-EM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, Organismo Público Descentralizado del Sector Energía y Minas; Que, resulta necesario aprobar el Cuadro para Asig- nación de Personal (CAP) del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27427 - Ley de Racionalidad y Límites en el Gasto Público para el año 2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL - CAP SECTOR :16 -ENERGIA Y MINAS PLIEGO :222 -INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO FUENTE DE FINANCIAMIENTO :09 -RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDA- DOS N° DE CARGOS CATEGORIA TOTAL CARGO ESTRUCTURALES REMUNERATIVA NIVEL NECESARIO C.A.P. ORGANO DE ALTA DIRECCION 01 Jefe Institucional Jefe D-6 1 02 Asesor II Asesor D-4 1 03 Asesor II Asesor D-4 1 04 Secretaria III Técnico T-6 1 SUBTOTAL 4 ORGANO DE CONTROL OFICINA GENERAL DE AUDITORIA INTERNA 05 Director de Sistema Administrativo III Director General D-4 1 06 Auditor IV Profesional P-4 1 07 Abogado III Profesional P-4 1 08 Secretaria II Técnico T-5 1 SUBTOTAL 4CAPÍTULO V DEL ÓRGANO DE ASESORAMIENTO Artículo 26º.- Dirección de Relaciones Institu- cionales y Capacitación La Dirección de Relaciones Institucionales y Capa- citación tiene a su cargo las siguientes funciones: a) La promoción de la imagen institucional del INGEMMET y la optimización de las relaciones públi- cas de la institución; b) La formación, el perfeccionamiento y la especiali- zación de investigadores, así como del personal técnico y profesional en el campo de la Geología y demás ciencias en las que se desenvuelven; c) El logro de la excelencia profesional del perso- nal a través de la capacitación permanente, la edu- cación continua y la constante actualización de co- nocimientos. CAPÍTULO VI DEL ÓRGANO DE CONTROL Artículo 27º.- Oficina de Auditoría Interna La Oficina de Auditoría Interna es el órgano encar- gado de realizar acciones de control de las actividades de la institución, de conformidad con las normas del Sistema Nacional de Control, y directivas del Consejo Directivo. La Oficina de Auditoría Interna depende directa- mente del Consejo Directivo, y tiene por funciones las siguientes: a) Sugerir al Consejo Directivo las alternativas de política en el ámbito administrativo; b) Formular el Plan Anual de Auditorías y Exáme- nes Especiales, para su aprobación por el Consejo Directivo y su posterior remisión a la Contraloría Gene- ral de la República; c) Ejercer acciones de control concurrente en los procesos y también posteriores, mediante auditorías y exámenes especiales y proponer las medidas correcti- vas que sean necesarias al Presidente del Consejo Directivo; d) Cautelar y verificar la aplicación de normas, métodos y procedimientos vigentes en la administra- ción, del potencial humano y el uso de recursos financie- ros y materiales de la institución; e) Verificar el cumplimiento de las medidas correc- tivas formuladas en los exámenes especiales y audito- rías externas; f) Otras que se le asigne en el marco de su competen- cia. TÍTULO IV DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Artículo 28º .- Son recursos económicos del INGE- MMET los siguientes: a) El porcentaje que le señale la ley de los ingresos que se obtengan por concepto de Derecho de Vigencia, establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería y sus modificatorias. b) Los generados por la prestación de servicios, venta de impresos y demás productos, contratos y convenios celebrados con personas naturales, jurídicas, públicas o privadas, nacionales, extranjeras o interna- cionales. c) Los derivados de regalías, aportes, asignaciones, donaciones, legados, transferencias, así como los que se obtengan por cualquier otro título, de personas natura- les o jurídicas nacionales, extranjeras o internaciona- les. d) Los derivados del producto de las transferencias de las áreas que se le concedan temporalmente para realizar trabajos de prospección y/o evaluación (ANADS). e) Las asignaciones provenientes del Tesoro Públi- co.