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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (21/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 90

Pág. 204876 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de junio de 2001 Artículo 2º.- Encárguese a la Dirección de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN DOMINGO NUÑEZ STOLAR Alcalde 25711 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Modifican artículo de ordenanza refe- rida a zonas de parqueo vehicular ORDENANZA Nº 020-2001-MDSMP San Martín de Porres, 19 de junio de 2001 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 19 de junio del 2001; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 077-2001- MML/DMTU-DGTO-DSZ, de la Dirección Municipal de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se declara zona rígida en la jurisdicción del distrito de San Martín de Porres, las siguientes vías: Av. Alfredo Mendiola (Vía Auxiliar Este de la Panamericana Norte), cuadras 10, 11, 12, 13, 14 y 15; Av. Fray Bartolomé De Las Casas cuadra 5; Av. Enrique Fermí, cuadras 4 y 5; Jr. Encinas, cuadra 5; Jr. Los Algarrobos, cuadra 5; Que, es necesario adecuar lo señalado en la Ordenanza Nº 030-2000-MDSMP, a lo resuelto por la Dirección Muni- cipal de Transporte Urbano de Lima, por las consideracio- nes técnicas legales que en ella se señalan; por lo que corresponde excluir a las vías antes señaladas del ámbito de la zona del parqueo vehicular precisadas en el Art. 13º de la Ordenanza en referencia, así mismo, la Quinta Disposición Final; Estando a las facultades conferidas por la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades, el Concejo Munici- pal por Unanimidad aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Modificar el Artículo 13º Capítulo V de la Ordenanza Nº 030-2000-MDSMP de fecha 28 de noviembre del 2000, referido a las Zonas del Parqueo Vehicular, en la parte referente a las arterias autorizadas como zona de parqueo, excluyendo de ellas las siguientes: VÍA o ARTERIAS CUADRAS FORMA DE PARQUEOLado Par Lado Impar Av. Alfredo Mendiola 10 Paralelo - Av. Alfredo Mendiola 11 Paralelo - Artículo Segundo.- Déjese sin efecto la Quinta Dis- posición Final, de la Ordenanza Nº 030-2000-MDSMP. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Ordenan- za a la Municipalidad Metropolitana de Lima. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 25714MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 68-MSS Mediante Carta Nº 202-2001-SG-MSS la Municipali- dad de Santiago de Surco solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 68-MSS, publicada en nuestra edición del día 9 de junio de 2001, en la página 204246. DIRECCION DE FISCALIZACION Y CONTROL LISTADO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DICE: N° SANCION INFRACCION ORDEN % UIT OTRAS 004.185 50% Por presentar quejas y/o denuncias carentes de fundamentos y/o sustento técnico. 004.186 100% Por falsear información en un expediente de que- ja y/o descargo de multa, sin perjuicio de la acción penal correspondiente. DEBE DECIR: N° SANCION INFRACCIONES ORDEN % UIT OTRAS 010.185 50% Por presentar quejas y/o denuncias carentes de fundamentos y/o sustento técnico. 010.186 100% Por falsear información en un expediente de que- ja y/o descargo de multa, sin perjuicio de la acción penal correspondiente. 25696 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Autorizan realización de matrimonio civil comunitario en el distrito ORDENANZA Nº 070/MDS Surquillo, 8 de mayo del 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Surquillo, en SESION ORDI- NARIA de la fecha, CON EL VOTO UNANIME DE LOS SEÑORES REGIDORES y, con dispensa del trámite de Lectura y Aprobación de Acta, aprobó la siguiente Orde- nanza: MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO Artículo Primero.- AUTORIZAR LA REALIZACION DE UN MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO el día SIETE DE JULIO del 2001, en el Marco del Programa Celebratorio del 52° Aniversario de la Creación del Distri- to de Surquillo. Artículo Segundo.- FIJAR EN S/. 35.00 (Treinta y cinco y 00/100 Nuevos Soles) EL PAGO por todo concepto que deberán realizar las parejas contrayentes que cum- plan con los requisitos para participar en la ceremonia autorizada. Encárguese al señor Alcalde la respectiva promulga- ción. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. GUIDO CASASSA BACIGALUPO Alcalde 25625