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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (21/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 85

Pág. 204871 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de junio de 2001 INDECI Aceptan donación efectuada a favor de la Tercera Región de Defensa Civil - AREQUIPA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 240-2001-INDECI Lima, 7 de junio del 2001 Visto el Oficio Nº 490-2001-/TRDC/LOG. 15.5 del 30 de abril del 2001, por el cual la Tercera Región de Defensa Civil - AREQUIPA, da cuenta de la recepción de una donación; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, como Organo Central del Sistema Nacional de Defensa Civil, está encargado del planeamiento, coordinación y control de las actividades de Defensa Civil a nivel nacional; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, constituye una entidad perceptora de donaciones; Que, la INTENDENCIA DE ADUANA DE AREQUIPA; ha donado a la Tercera Región de Defensa Civil - AREQUI- PA, alimentos, ropa de segundo uso y diversos artículos, valorizado en TREINTINUEVE MIL CIENTO DIECI- SEIS Y 67/100 NUEVOS SOLES (S/. 39,116.67), según se detalla en Nota de Entrada a Almacén Nº 000017 del 25 de abril del 2001 y Resolución de Intendencia Nº 154-2001- 000085 de 20 de abril del 2001; De conformidad a lo dispuesto en los Decretos Leyes Nºs. 21942 y 19338, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar en vía de regularización la donación efectuada por la INTENDENCIA DE ADUA- NA DE AREQUIPA; según se detalla en la Nota de Entrada a Almacén adjunta a la presente, valorizada en TREINTINUEVE MIL CIENTO DIECISEIS Y 67/100 NUEVOS SOLES (S/. 39,116.67). Artículo Segundo.- Agradecer a la INTENDENCIA DE ADUANA DE AREQUIPA, por el valioso aporte efec- tuado a favor de la Tercera Región de Defensa Civil - AREQUIPA. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución Jefatural a la Contraloría General de la República, a la INTENDENCIA DE ADUANA DE AREQUIPA y al Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN LUIS PODESTA LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 25611 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Declaran Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a diversos inmuebles ubicados en la provincia de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 508/INC Lima, 11 de junio de 2001 Visto el Acuerdo Nº 04/28.05.2001 de la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectó- nicos y demás documentación sustentatoria; y,CONSIDERANDO: Que, el Artículo 21º de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patri- monio Cultural de la Nación; Que, el Artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", faculta al Instituto Nacional de Cultura a proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico, así como también las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del país; Que, el Instituto Nacional de Cultura, en cumplimiento de la función que le asigna la ley, viene realizando una permanente identificación y registro de inmuebles, espacios y áreas urbanas que por su valor histórico deben ser decla- rados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectónicos mediante Acuerdo Nº 04 de fecha 28 de mayo de 2001 propuso se declara monumento a los inmuebles ubicados en la Av. Nicolás de Piérola Nºs. 454- 458-462-466-470, esquina pasaje Inclán Nºs. 119-123-125- 127-129-135 y Av. Nicolás de Piérola Nºs. 476-482-486-492, esquina Av. Tacna Nºs. 708-718-722, distrito, provincia y departamento de Lima, por cuanto constituyen claros ejem- plos de la edilicia urbana característica de la Av. Nicolás de Piérola de los primeros años del siglo XX; Estando a lo visado por la Dirección General del Patri- monio Monumental e Histórico, la Dirección de Registro Nacional del Patrimonio Cultural Inmueble, la Gerencia Legal y la Dirección Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación"; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Orgánica del Ministerio de Educación", y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN a los inmuebles ubicados en la Av. Nicolás de Piérola Nºs. 454- 458-462-466-470, esquina pasaje Inclán Nºs. 119-123-125- 127-129-135 y Av. Nicolás de Piérola Nºs. 476-482-486-492, esquina Av. Tacna Nºs. 708-718-722, distrito, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Es obligación del propietario someter a la aprobación y supervisión del Instituto Nacional de Cultu- ra, cualquier intervención a realizarse en el monumento a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE GONZALEZ CARRE Director Nacional 25582 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Modifican el Cuadro Único de Infraccio- nes y Sanciones Administrativas apro - bado mediante la Ordenanza Nº 061 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 071 Lima, 13 de junio de 2001 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo 3º, señala que las Municipalidades representan al vecindario, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armónico de las circunscripciones de su jurisdicción;