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Pág. 204875 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de junio de 2001 Clasificación Específica del Gasto: 5.3.11.20 Viáticos y Asignaciones US$ 1,170.00 5.3.11.32 Pasajes y Gastos de Transporte US$ 1,364.80 Fuente de Financiamiento: 09 Recursos Directamente Recaudados 4. Encargar a la Oficina General de Finanzas - Direc- ción de Tesorería, el cumplimiento de la presente Resolu- ción. 5. La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía ANEXO A LA R.A. Nº 18373 VIAJE A ISSY LE MOULINEAUX FRANCIA Sra. ROELFIEN HAAK MARES Del 26/6/2001 al 4/7/2001 A) VIÁTICOS: Del 27/6/01 al 3/7/01: US$ 27.6.01 = US$ 260.00 28.6.01 = US$ 260.00 1.7.01 = US$ 260.00 2.7.01 = US$ 260.00 3.7.01 = US$ 130.00 1,170.00 B) PASAJE AÉREO: Lima-París-Lima 1,339.80 C) IMPUESTO SALIDA AL EXTERIOR (CORPAC): 25.00 TOTAL US$ 2,534.80 25603 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Disponen embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2001/MDCH Chorrillos, 20 de junio de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS CONSIDERANDO: Que, las municipalidades tienen entre sus funciones, la aprobación de las normas sobre el ornato del distrito; Que, el 29 de junio de los corrientes se conmemora el 178º Aniversario de la Inmolación del Mártir Chorrillano José Silverio Olaya Balandra, la presente corporación edil ha dispuesto la realización de la Semana Chorrillana del 23 al 30 de junio del año en curso; Que, asimismo es necesario recordar que el 28 de julio del presente año, se celebra el 181º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú; Que, en razón a lo señalado en los considerandos precedentes es necesario fomentar entre los vecinos del distrito, el deber cívico e identidad nacional; Que, en cumplimiento a ello es conveniente disponer el embanderamiento general de los predios privados y co- merciales, en la jurisdicción del distrito de Chorrillos, con motivo de la Semana Chorrillana y por las Fiestas Patrias; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853;SE DECRETA: Artículo Primero.- Disponer el embanderamiento general del distrito de Chorrillos, desde el 22 de junio al 31 de julio del año en curso, con motivo del 178º Aniversario de la Inmolación del Mártir Chorrillano José Olaya Balan- dra y por la próxima celebración de Fiestas Patrias. Artículo Segundo.- El incumplimiento de lo conteni- do en el presente Decreto de Alcaldía, dará lugar a la imposición de las sanciones pecuniarias establecidas en el Reglamento de Sanciones Administrativas (RAS), previa difusión de la misma. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Munici- pal, a la Oficina de Imagen Institucional y a la División de Seguridad Ciudadana, Policía Municipal y Defensa Civil, el cabal cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 25713 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Prorrogan plazo de acogimiento a beneficio de regularización de pago del Impuesto Predial, Arbitrios, Tasa por Licencia de Apertura de Estableci- miento y Multas ORDENANZA Nº 088-MDMM Magdalena del Mar, 19 de junio de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Distrital de Magdalena del Mar en Sesión Extraordinaria de la fecha, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 087-MDMM publicada con fecha 1 de junio de 2001, se aprobó para la jurisdicción de Magdalena del Mar un beneficio de regularización para el pago del impuesto predial, arbitrios municipales, tasa por licencia de apertura de establecimiento y multas administrativas y tributarias; Que, el plazo para el acogimiento al citado beneficio vencía el 18 de junio de 2001; Que, las Direcciones de Rentas y Asesoría Jurídica, plantean la necesidad de prorrogar el plazo para el acogi- miento al beneficio tributario antes citado, con el fin de incentivar en los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias pendientes de pago; Que, el último párrafo del Artículo 29º del Código Tributario -cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF- faculta a la Administración Tributaria a establecer prórroga con ca- rácter general para el pago de las deudas tributarias; Que, estando a lo precisado por el Artículo 109º e inciso 4) del Artículo 134º de la Ley Orgánica de Municipalidades -Ley Nº 23853-, adoptó por MAYORÍA la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA EL PLAZO PARA EL ACOGIMIENTO AL BENEFICIO DE REGULARIZACIÓN DEL PAGO DE IMPUESTO PREDIAL, ARBITRIOS MUNICIPALES, TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO Y MULTAS ADMINISTRATIVAS Y TRIBUTARIAS Artículo 1º.- Prorróguese el plazo para el acogimiento al beneficio tributario establecido en la Ordenanza Nº 087- MDMM, hasta el 2 de julio de 2001.