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Pág. 199541 NORMAS LEGALES Lima, lunes 5 de marzo de 2001 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar con el Decomiso del recurso encontrado en su poder al señor SEGUNDO AUGUSTO ADRIANZEN CARMEN, al haber infringido lo dispues- to en el inciso 3) del Artículo 76º de la Ley General de Pesca. Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección Regional de Pesquería de Piura, para los fines a que haya lugar. Regístrese y comuníquese. RAUL FLORES ROMANI Presidente de la Comisión de Sanciones Ma. DEL PILAR RAZURI ZARATE Miembro Deliberante de la Comisión de Sanciones JORGE VERTIZ CALDERON Miembro Deliberante de la Comisión de Sanciones 19356 RELACIONES EXTERIORES Delegan facultades para suscribir Acuerdo con la República de Paraguay sobre protección, conservación, recu- peración y devolución de bienes cultu- rales y otros exportados o transferi- dos ilícitamente RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 116-2001-RE Lima, 1 de marzo de 2001 Visto el Memorándum (SUR-BYP) Nº 220, de 27 de febrero del año 2001, de la Dirección de América del Sur; Debiendo suscribirse el "Acuerdo para la Protec- ción, Conservación, Recuperación y Devolución de Bienes Culturales, Arqueológicos, Artísticos e Históricos Robados, Exportados o Transferidos Ilícitamente entre la República del Perú y la República de Paraguay" , durante la III Reunión de Vicecancilleres que se realizará en Asunción, República de Paraguay, los días 5 y 6 de marzo del año 2001; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviem- bre de 1954; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1.- Delegar en la persona del Embajador José Antonio Arróspide del Busto, Viceministro Secreta- rio General de Relaciones Exteriores del Perú, las facultades suficientes para suscribir en representa- ción del Gobierno del Perú, el "Acuerdo para la Protección, Conservación, Recuperación y De- volución de Bienes Culturales, Arqueológicos, Artísticos e Históricos Robados, Exportados o Transferidos Ilícitamente entre la República del Perú y la República de Paraguay" , durante la III Reunión de Vicecancilleres que se realizará en Asunción, República de Paraguay, los días 5 y 6 de marzo del año 2001. 2.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al Embajador José Antonio Arróspide del Busto, Viceminis- tro Secretario General de Relaciones Exteriores del Perú.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 19378 Designan delegación que participará en la 3 ° Reunión del Mecanismo de Consulta y Coordinación Política Bila- teral Peruano-Paraguaya RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 117-2001-RE Lima, 2 de marzo de 2001 Debiendo realizarse la 3° Reunión del Mecanismo de Consulta y Coordinación Política Bilateral Peruano- Paraguaya a nivel de Vicecancilleres, en la ciudad de Asunción, República de Paraguay, del 5 al 6 de marzo del año 2001; Considerando lo dispuesto por el señor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores; De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 163-81-EF, de 24 de julio de 1981 y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 031- 89-EF, de 20 de febrero de 1989; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991; SE RESUELVE: 1º.- Designar a la Delegación peruana que participa- rá en la 3° Reunión del Mecanismo de Consulta y Coordinación Política Bilateral Peruano-Paraguaya a nivel de Vicecancilleres, a realizarse en la ciudad de Asunción, República de Paraguay, del 5 al 6 de marzo del año 2001, la que estará conformada por los siguien- tes funcionarios: · Embajador en el Servicio Diplomático de la Repú- blica, don José Antonio Arróspide del Busto, Viceminis- tro Secretario General de Relaciones Exteriores, quien la presidirá; y, · Embajador en el Servicio Diplomático de la Repú- blica, don Julio Florián Alegre, Director de América del Sur. 2º.- El viaje del Embajador José Antonio Arróspide del Busto y del Embajador Julio Florián Alegre, se hará efectivo del 4 al 6 de marzo del año 2001. Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución, por concepto de pasajes US$ 2 816,00, viáticos US$ 1 600,00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 50,00, serán cubier- tos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relacio- nes Exteriores. 3º.- La presente Resolución no da derecho a exonera- ción ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 19379