Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2001 (08/03/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de marzo de 2001

tas levadizas localizados en la linea de propiedad, que cuentan con la Licencia de Construccion respectiva. 4) Por no adecuar la localizacion de las puertas levadizas conforme a la presente ordenanza, por disposicion municipal y en los plazos senalados por la autoridad municipal. Articulo 16º.- Las infracciones a la presente Ordenanza seran sancionadas conforme al Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas y el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones. Articulo 17º.- La imposicion de la sancion pecuniaria por incumplimiento de lo dispuesto en esta ordenanza, se aplicara al propietario y/o conductor del inmueble, en el que se ha instalado la MORDAZA levadiza. TITULO VI DISPOSICIONES TRANSITORIAS COMPLEMENTARIAS Y FINALES DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Los cercos frontales, que cuentan con Licencia de Construccion, localizados en la Linea de Propiedad y en los que se hayan instalado puertas levadizas, deberan presentar la Declaracion Jurada conforme a lo establecido en la presente ordenanza, dentro de los 90 dias a partir de la vigencia de la presente ordenanza. Segunda.- Los cercos frontales en los que se hayan instalado puertas levadizas y se encuentren en la linea de propiedad, en el plazo MORDAZA de 120 dias a partir de la vigencia del presente, deberan adoptar las medidas de seguridad que se senalan en la presente ordenanza. Tercera.- A partir de la fecha toda instalacion de puertas levadizas en cercos frontales, deberan adecuarse a las disposiciones de esta ordenanza. Cuarta.- Conforme a lo dispuesto en la presente ordenanza, debera incorporarse al Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, el procedimiento a seguir para la declaracion y/o instalacion de puertas levadizas en cercos frontales o fachadas en la linea de propiedad. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Incorporar en el Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas y al Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones, las infracciones siguientes: Nº 1 2 3 INFRACCIONES No comunicar y/o declarar la instalacion de puertas levadizas en los cercos frontales Instalar sistemas levadizos en puertas de cercos frontales, que se ubiquen en la linea de propiedad, incumpliendo lo establecido en la presente ordenanza. Incumplir con la instalacion de las medidas de seguridad establecidas para los cercos frontales con puertas levadizas localizados en la linea de propiedad, que cuentan con la Licencia de Construccion respectiva. Por no adecuar la localizacion de las puertas levadizas conforme a la presente ordenanza, por disposicion municipal y en los plazos senalados por la autoridad municipal. MULTA 5 % UIT 20 % UIT 20 % UIT

Establecen importes de derechos para ser cobrados en la presente MORDAZA Escolar 2001
ORDENANZA Nº 52-MPL Pueblo Libre, 15 de febrero de 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Vista en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha los Dictamenes Conjuntos Nº 001/2001-MPL/CPL-CPDH de la Comision Permanente de Desarrollo Humano y Nº 0082001-MPL/CPL-CPDE de la Comision Permanente de Desarrollo Economico; y, CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA IV: MORDAZA de Legalidad - Reserva de la Ley del Codigo Tributario senala que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, son funciones de las Municipalidades en materia de poblacion, salud y saneamiento ambiental realizar programas de prevencion y de educacion sanitaria y profilaxia local; Que, actualmente es indispensable para los tramites de Matricula Escolar Ano 2001 la MORDAZA del Certificado Medico de Salud. Estos certificados se vienen otorgando en las diferentes areas de salud del Ministerio de Salud, asi como en algunos centros de salud municipal; Que, la actual administracion municipal se ha planteado como meta dar una eficaz y eficiente servicio a la comunidad, adecuandose a la Ley General de Salud, ya que la salud es de interes publico; Que, despues de haber realizado el estudio de costos y considerando que la MORDAZA Escolar es masiva, la Division de Sanidad de la Direccion de Desarrollo Humano plantea brindar a los escolares del distrito una MORDAZA Escolar reduciendo los costos del mismo; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el numeral 3) del Art. 36º y Art. 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta y por UNANIMIDAD ha dado la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Aprobar la MORDAZA Escolar Ano 2001, cuya vigencia seria desde el 12 de enero de 2001 hasta el 31 de marzo de 2001. Articulo Segundo.- Establecer como derecho a ser abonado durante el plazo indicado en el Articulo Primero la suma de S/. 7.00 (Siete y 00/100 Nuevos Soles) desglosados de la siguiente manera: - Examen Medico S/. 0.00 - Laboratorio Clinico 3.00 (Parasitologico o Hemograma) - Odontograma 2.00 - Gasto Administrativo 2.00 TOTAL S/. 7.00 Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion Municipal, Direccion de Desarrollo Humano, Oficina de Administracion, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Comunicacion Social y a la Oficina de Secretaria General y del Concejo su publicacion y difusion correspondiente. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 19626

4

30 % UIT

Segunda.- Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las normas complementarias para la aplicacion de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Tercera.- Encargar a la Direccion Municipal, Oficina de Administracion Tributaria, Direccion de Desarrollo MORDAZA y la Direccion de Seguridad Ciudadana, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Cuarta.- La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 10556

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