Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2001 (08/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de marzo de 2001

Cuarta.- En los procesos laborales previsionales los trabajadores, ex trabajadores y sus herederos, cuyo petitorio exceda el monto minimo de exoneracion, se sujetaran a los pagos contenidos en la presente Resolucion, reducidos en un cincuenta por ciento (50%); el Recurso de Casacion en estos Procesos esta inafecto. Articulo Octavo.- Queda derogado el pago de arancel por Recusacion. Articulo Noveno.- Modificase el asterisco del punto 6, de los Procesos Contenciosos, que quedara redactado de la siguiente manera: "En el caso que la solicitud de medida cautelar fuese denegada, a solicitud de parte se devolvera el monto del arancel judicial. Esta devolucion se MORDAZA

efectiva si interpuesto recurso de apelacion, el superior confirma la resolucion denegatoria. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BERNARDINI MORDAZA SIVINA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANGUERRY MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GOTELLI 19598

Autorizan a procuradora iniciar MORDAZA judicial para la recuperacion de sumas de dinero indebidamente cobradas por ex servidores del Poder Judicial
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO TRANSITORIO DEL PODER JUDICIAL Nº 116-2001-P-CT/PJ MORDAZA, 6 de marzo de 2001 VISTO: El Memorandum Nº 399-2001-GG-GAF-SP-AR-PJ, de fecha 2 de marzo del 2000 expedido por el Area de Remuneraciones de la Supervision de Personal del Poder Judicial; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo senalado en el Memorandum Nº 3992001.-GG-GAF-SP-AR-PJ, que se menciona en la parte expositiva, se han registrado 3 expedientes de ex trabajadores de este Poder del Estado que tienen obligaciones economicas con el Poder Judicial, las mismas que superan en cada caso, la suma de Tres Mil con 00/100 Nuevos Soles (S/. 3,000.00), correspondiente al periodo 1998; producto de cobros indebidos en las Cuentas del Tesoro Publico, cuyos responsables han sido notificados en el Diario Oficial El Peruano con fecha 14 de MORDAZA del ano 2000 a fin de que procedan a la devolucion del dinero que tienen adeudado al Poder Judicial; Que, habiendose agotado las acciones administrativas referentes el recupero del dinero por cobros indebidos que se mencionan en este documento, que se detallan en el Cuadro adjunto que contiene la "Relacion de ex servidores cuya deuda total con el Poder Judicial alcanza la suma de catorce mil doscientos cincuenticinco con 24/100 nuevos soles (S/. 14,255.24), de acuerdo al "Cuadro de Saldos Pendientes por Pagos Indebidos 1998", elaborado por el Area de Remuneraciones de la Supervision de Personal del Poder Judicial, el mismo que forma parte integrante de
PODER JUDICIAL AREA DE REMUNERACIONES

esta resolucion; por lo que, resulta necesario proceder al recupero del dinero a traves de las acciones que para tal efecto, inicie la Procuraduria Publica encargada de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial; Que, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27076, se autoriza a los Procuradores Publicos encargados de la defensa del Estado para desistirse de las pretensiones en los procesos civiles no sentenciados y cuya cuantia, incluido los intereses, en moneda nacional o su equivalente en moneda extranjera no exceda de Tres mil con 00/100 Nuevos Soles (S/. 3,000.00), salvo los casos de reconvencion; Que, no siendo este el caso materia de autos, por tratarse de obligaciones economicas por adeudos de exservidores que superan la suma de Tres Mil con 00/100 Nuevos Soles (S/. 3,000.00), resulta necesario autorizar a la Procuraduria Publica a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, para que inicie las acciones judiciales correspondientes, orientadas a que el Poder Judicial recupere los cobros indebidos realizados a los ex servidores que se detallan en el Cuadro anexo; Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27367; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que inicie las acciones judiciales que correspondan, referidas a cobros indebidos realizados por ex servidores de este Poder del Estado, que se detallan en relacion anexa a la presente Resolucion, por sumas superiores en forma individual a Tres Mil con 00/100 Nuevos Soles (S/. 3,000.00). Articulo Segundo.- La Gerencia General del Poder Judicial, remitira todos los actuados relativos a los casos de responsabilidad economica que se mencionan en la presente Resolucion al Despacho de la Procuradora Publica del Poder Judicial, para que de cumplimiento a la misma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BERNARDINI Presidente

SALDOS PENDIENTES POR PAGOS INDEBIDOS 1998 CUYOS MONTOS EXCEDEN LOS S/.3,000.00 APELLIDOS Y NOMBRES MORDAZA MORDAZA , MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Servat Bahamonde, MORDAZA REG. LABORAL Pensionista/Jubilado D.Leg. 276 /Foca Pensionista/Sobreviviente TOTALES MOTIVO Fallecimiento Renuncia Fallecimiento IMPORTE 33,792.95 3,011.82 3,196.36 40,001.13 RECUPERO 27,266.59 462.91 1.56 27,731.06 SALDO 6,525.96 2,548.91 3,194.80 12,269.67 INT.LEGAL ENE-01 6,578.00 3,612.59 4,064.65 14,255.24

19592

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Dictan medidas para que magistrados de diversos modulos especializados de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA MORDAZA uso de su derecho vacacional
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 0084-2001-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 1 de marzo del 2001

VISTO y CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Administrativa Nº 004-2001-CTPJ, de fecha 4 de enero del ano en curso, el Consejo Transitorio del Poder Judicial, dispuso suspender las actividades por motivos de vacaciones en dos periodos: del 1 de febrero al 2 de marzo y del 3 de marzo al 1 de MORDAZA del ano en curso; Que, por Resolucion Administrativa Nº 0025-2001-PCSJLI/PJ, de fecha 16 de enero del ano en curso, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, dispuso las acciones correspondientes constituyendo los organos jurisdiccionales que por vacaciones atenderian los despachos judiciales, del 1 de febrero al 2 de marzo del presente ano; asi como por Resoluciones Administrativas Nº 0044-2001-P-CSJLI/PJ, de fecha 26 de enero del actual, Nº 0056-2001-P-CSJLI/PJ, de fecha 8 de febrero del actual y 0056-2001-P-CSJLI/PJ, de fecha 15 de febrero, se reali-

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