Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2001 (08/03/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de marzo de 2001

Autorizan inscripcion de empresa en el Registro del Sistema de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 140-2001 MORDAZA, 23 de febrero de 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Edery de las MORDAZA para que se autorice la inscripcion de la empresa D. E. Nautica Peritos de Seguros S.A.C. en la Seccion B: Personas Juridicas del Libro III de Ajustadores de Siniestros y/o Peritos de Seguros del Registro del Sistema de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de los Ajustadores y Peritos de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 01-2001-SAS celebrada el 9 de enero de 2001, en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 9º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolucion SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion de la empresa D. E. Nautica Peritos de Seguros S.A.C. con el Nº PJ0071 en el Registro del Sistema de Seguros Libro III de Ajustadores de Siniestros y/o Peritos de Seguros Seccion B: Personas Juridicas que lleva esta Superintendencia para operar en la actividad de Peritajes Maritimos Cascos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto Seguros (a.i.) 19541

Que, en este sentido resulta necesario actualizar los valores establecidos con la R.I.N. N° 000 ADR/000016 del 6.2.2001, asumiendo en ADUANAS los factores de conversion fijados por la Superintendencia de Banca y Seguros. De conformidad a las facultades delegadas mediante Resolucion de Superintendencia de Aduanas N° 000017-97 del 9.1.97, estando al Informe N° 004-97-ADUANAS-INRAGCRC-DC del 15.1.97; SE RESUELVE: Articulo Primero.- FIJAR, a partir del dia siguiente de publicacion de la presente, los factores de conversion monetaria a utilizarse en la declaracion de la base imponible en ADUANAS, segun se detalla a continuacion: MORDAZA Alemania R.F. de MORDAZA Australia Austria Barbados Belgica Bolivia Brasil Canada Colombia Corea MORDAZA Dinamarca Ecuador Espana Fiji Finlandia MORDAZA MORDAZA Holanda Hong MORDAZA MORDAZA Indonesia Inglaterra MORDAZA Italia Japon Kuwait Malasia Mexico Noruega Nueva Zelandia Panama Pakistan MORDAZA MORDAZA Rusia Singapur MORDAZA Suecia Sudafrica, Repub. de Suiza Taiwan Tailandia Uruguay Venezuela Comunidad MORDAZA Union Europea MONEDA MORDAZA Peso Dolar Australiano Chelin Austriaco Dolar de Barbados MORDAZA Belga Boliviano Real Dolar Canadiense Peso Won Peso MORDAZA Sucre Peseta Dolar de Fiji MORDAZA Fines ( Markka) MORDAZA Dracma Florin Dolar Rupia Rupia Libra Esterlina MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yen Dinar de Kuwait Dolar Malasio o Ringgit MORDAZA Peso MORDAZA Dolar Neozelandes Balboa Rupia Paquistani Guarani Escudo Rublo Dolar de Singapur Libra MORDAZA MORDAZA Rand MORDAZA Suizo MORDAZA Dolar de Taiwan Baht Peso MORDAZA Peso MORDAZA MORDAZA EQUIVALENTE EN US$ 0.472389 1.000100 0.526600 0.067204 0.502513 0.022904 0.155304 0.489476 0.651042 0.000442 0.000798 0.001742 0.123778 0.000040 0.005558 0.446000 0.154851 0.140847 0.002702 0.419252 0.128208 0.021510 0.000102 1.446000 0.243132 0.000477 0.008530 3.260515 0.263193 0.103210 0.112387 0.428100 1.000000 0.016906 0.000268 0.004613 0.034893 0.573362 0.022222 0.102145 0.129492 0.599341 0.030960 0.023793 0.079365 0.001421 1.000000 0.924000

ADUANAS
Fijan factores de conversion monetaria a utilizarse en la declaracion de la base imponible en ADUANAS
RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 002 Callao, 6 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA parrafo del Art. 15° del Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobado por D.S. N° 121-96EF, senala que para efectos de la Declaracion de la base imponible los valores se expresaran en dolares de los Estados Unidos de America. De igual modo, refiere que los valores expresados en otras monedas extranjeras se convertiran a dolares de los Estados Unidos de MORDAZA, debiendo ADUANAS establecer un mecanismo de difusion que permita a los usuarios conocer con suficiente anticipacion dichos factores;

Articulo Segundo.- La presente Resolucion tendra vigencia hasta la fecha de publicacion de su modificatoria. Registrese, comuniquese y publiquese, archivese los actuados en la Intendencia Nacional de Administracion y Recaudacion Aduanera. MORDAZA OCHARAN MORDAZA Intendente Nacional de Administracion y Recaudacion Aduanera 19591

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