Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2001 (08/03/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de marzo de 2001

funcionamiento y organizacion de dicho organismo, de conformidad con lo establecido por el Articulo 13º de la Ley Nº 26487; Que el literal e) del Articulo 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la Oficina de Procesos Electorales, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 114-99ONPE, establece que es funcion del Jefe de dicho organismo, dictar las Resoluciones y reglamentacion necesarias para su funcionamiento; De conformidad con la Ley Nº 26487, el Decreto de Urgencia Nº 001-2001 y la Resolucion Jefatural Nº 114-99ONPE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar concluido el Programa de Retiro Voluntario con Incentivos, a que se refiere el Articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 001-2001. Articulo 2º.- Declarar culminado el MORDAZA de Reformulacion del Cuadro de Asignacion de Personal, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 074-2001-J/ONPE, del 30 de enero del 2001 y del Presupuesto Analitico de Personal, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 075-2001-J/ONPE, del 30 de enero del 2001. Articulo 3º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion y Finanzas a mantener las acciones pertinentes, que se derivan de lo normado por la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLDEVILLA Jefe 19625

mentos elaborados por el Juez Civil MORDAZA MORDAZA, hechos que se ha perpetrado con el objeto de ocasionarles perjuicio a los recurrentes, en el desarrollo del MORDAZA seguido por el Banco Wiese contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros, sobre Ejecucion de Garantia; Que, el Juez cuestionado en su informe niega los cargos que se atribuye, aduciendo que si bien la diligencia encomendada por el MORDAZA Juzgado Corporativo en lo Civil de MORDAZA, no se llevo a cabo en una primera oportunidad por la actitud hostil de los moradores del lugar, pero, que en una MORDAZA oportunidad se concreto, es decir el 15 de setiembre de 1997, con el apoyo policial, y que incluso se entrego la posesion a los nuevos adjudicatarios; Que, analizados minuciosamente los actuados que forman el presente expediente, se aprecia la existencia de suficientes indicios razonables sobre la comision del delito contra la Fe Publica en la modalidad de Falsificacion de Documentos en General, toda vez que los propios efectivos policiales que habian concurrido en apoyo del Juez cuestionado, SOT 2da. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y SOT 3ra. MORDAZA Mendieta MORDAZA, precisan que no se llevo a cabo ningun lanzamiento, ni tampoco se ministro posesion a los nuevos adjudicatarios, conducta que se encuentra prevista y sancionada por el Articulo 427º del Codigo Penal; mas no asi se dan en los hechos incriminados, los elementos constitutivos del delito contra la Funcion Jurisdiccional; por lo tanto, de conformidad con el Informe Nº 009-CB-MP-F.SUPR.C.I. de fecha 11 de agosto del 2000, emitido por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalia Suprema de Control Interno; por lo que de conformidad a lo previsto por el Articulo 159º de la Constitucion Politica del Peru, y en usos de las atribuciones conferidas por el Articulo 62º del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Organica del Ministerio Publico y estando al Acuerdo Nº 118 del Consejo Transitorio del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADA la denuncia interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Chanca Limanta, MORDAZA MORDAZA De La MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Juez Especializado en lo Civil de Canete, por el delito contra la Fe Publica - Falsificacion de Documentos en consecuencia decidase el ejercicio de la accion penal en su contra; e INFUNDADA por el delito contra la Administracion de Justicia - contra la Funcion Jurisdiccional; en consecuencia, decidase el ejercicio de la accion penal en su contra, remitiendose los actuados al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Canete, para los fines pertinentes. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento de la presente resolucion a los senores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Vocal Supremo Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Fiscal Supremo de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Canete, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Canete, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 19603

MINISTERIO PUBLICO
Disponen el ejercicio de accion penal contra ex juez especializado en lo civil de Canete por presunta comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 126-2001-MP-FN MORDAZA, 7 de marzo de 2001 VISTO: El Oficio Nº 579-2000-MP-F.SUPR.CI, cursado por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalia Suprema de Control Interno, con el cual eleva el Expediente Nº 03-98-CI-Canete, que contiene la investigacion realizada en torno a la denuncia formulada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Chanca Limanta, MORDAZA MORDAZA De La MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Juez Especializado en lo Civil de Canete, por los delitos contra la Fe Publica - Falsificacion de Documentos, y contra la Funcion Jurisdiccional - Denuncia Calumniosa, previstos en los Articulos 427º y 402º del Codigo Penal, en el que ha recaido el Informe Nº 009-2000-CB-MP-F.SUPR.C.I., emitido por ese Despacho, opinando por que se declare Fundada la Denuncia por delito contra la Fe Publica - Falsificacion de Documentos en General, e infundada por delito contra la Funcion Jurisdiccional. CONSIDERANDO: Que, se atribuye al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Juez Especializado en lo Civil de Canete, haber confeccionado irregularmente diversas actas correspondientes a supuesta diligencia judicial de lanzamiento y Ministracion de Posesion, que le habian sido encomendada via exhorto, por el MORDAZA Juzgado Transitorio Corporativo Civil de Lima; documentos con los que el cuestionado Magistrado hacia aparecer la entrega de las parcelas de terreno en Ministracion de Posesion a los nuevos adjudicatarios; no obstante que dichos terrenos siempre estuvieron en posesion de los denunciantes, y que nunca fueron perturbados en el ejercicio de la misma ni por el Juez imputado, ni por ninguna otra autoridad, lo que implica que la diligencia fue simulada, y que habrian ocurrido unicamente en los docu-

CONSEJO TRANSITORIO DEL MINISTERIO PUBLICO
Nombran magistrados adjuntos y de apoyo de Fiscalias Superiores de MORDAZA y el MORDAZA Norte asi como del Pool de Fiscales de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO TRANSITORIO DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 060-2001-CT-MP MORDAZA, 1 de marzo del 2001

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