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Pág. 199726 NORMAS LEGALES Lima, jueves 8 de marzo de 2001 Parte 2: Lineamientos para el control de los procesos de medición. 1ª Edición NTP-ISO 536:2001 PAPEL Y CARTÓN. De- terminación del gramaje. 1ª Edición. Reemplaza a la 272.014:1970. NTP-ISO 3035:2001 CARTÓN CORRUGADO. Simple cara y doble cara. Determinación de la resis- tencia a la compresión en plano. 1ª Edición. Reempla- za a la NTP 272.089:1979 y NTP 272.090:1979. NTP-ISO 186:2001 PAPEL Y CARTÓN. Toma de muestras para determi- nar la calidad media. 1ª Edición. Reemplaza a la NTP 272.016:1970. NTP-ISO 287:2001 PAPEL Y CARTÓN. De- terminación del contenido de humedad. Método de se- cado en estufa. 1ª Edición. Reemplaza a la NTP 272.012:1970. NTP-ISO 187:2001 PAPEL, CARTON Y PAS- TAS. Atmósfera normal de acondicionamiento y ensa- yos para papel cartón y pulpas, procedimiento para controlar la atmósfera y el acondicionamiento de muestras. 1ª Edición Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas: GP-ISO/IEC 25: 1993 REQUISITOS GENERA- LES PARA LA COMPE- TENCIA TECNICA DE LOS LABORATORIOS DE CALIBRACION Y ENSA- YO. 1ª Edición NTP 272.014:1970 PAPELES Y CARTONES. Método para determinar el peso por metro cuadrado de papeles y cartones. 1ª Edición NTP 272.089:1979 PAPELES Y CARTONES. Método de ensayo de resis- tencia al aplastamiento plano del cartón para co- rrugar. 1ª Edición NTP 272.090:1979 CARTON CORRUGADO. Método de ensayo de resis- tencia al aplastamiento plano. 1ª Edición NTP 272.016:1970 PAPELES Y CARTONES. Extracción de muestras. 1ª Edición NTP 272.012:1970 PAPELES Y CARTONES. Método para determinar la humedad de papeles y car- tones por secado en estufa. 1ª Edición. Regístrese y publíquese. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 19617 RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 0019-2001/INDECOPI-CRT Lima, 15 de febrero de 2001CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomenda- bles para todos los sectores; Que, las actividades de Normalización deben reali- zarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legisla- tiva Nº 26407. Dicho Acuerdo viene siendo implementa- do por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Perua- nas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normaliza- ción, aprobados mediante Resolución Nº 0072-2000/ INDECOPI-CRT; Que, toda vez que las actividades de elaboración de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la parti- cipación de representantes de todos los sectores involucra- dos: producción, consumo y técnico, constituidos en Comi- tés Técnicos de Normalización, la Comisión conformó el Comité Técnico de Normalización Permanente de Espárra- gos, para ejecutar actividades de elaboración y actualiza- ción de las Normas Técnicas Peruanas, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Nor- malización antes señalado; Que, el 4 de agosto del 2000, el Comité Técnico presentó a la Secretaría Técnica de la Comisión 2 Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, los cuales fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elabo- ración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas mediante el Sistema Ordinario, y sometidos a discusión pública por un período de treinta días calendario, con- tados a partir del 29 de noviembre del 2000; de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas, aprobado mediante Resolución Nº 031-93-INDECOPI/CNM y vi- gente al momento de su publicación; Que, durante la etapa de Discusión Pública se presen- taron observaciones al PNTP 011.109:2000, las cuales fueron revisadas por el Comité Técnico en coordinación con la Comisión; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolución Nº 0072-2000-INDE- COPI/CRT, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 15 de febrero del 2001; RESUELVE: Primero.- APROBAR como Normas Técnicas Perua- nas, las siguientes: NTP 209.401:2001 ESPÁRRAGOS. Prácticas de hi- giene para procesamiento de es- párrago fresco. 1ª edición. Reem- plaza la NTP 011.117:1991 NTP 011.109:2001 ESPÁRRAGO. Espárrago fresco. Requisitos. 2ª Edición. Reempla- za a la NTP 011.109:1991 y a la NTP 011.117:1991 Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas: NTP 011.109:1991 HORTALIZAS. Espárragos NTP 011.117:1991 ESPARRAGOS. Almacenamien- to en refrigeración Regístrese y publíquese. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 19618