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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2001 (09/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 199741 NORMAS LEGALES Lima, viernes 9 de marzo de 2001 efectuó la transferencia al sector privado de parte de las acciones de propiedad del Estado en las empresas ELEC- TRONORTE MEDIO S.A., ELECTRO NOROESTE S.A., ELECTROCENTRO S.A. y ELECTRONORTE S.A.; Que, mediante Resolución Suprema Nº 028-2001-EF del 18 de enero del 2001, se aceptó la renuncia de los miembros del Comité Especial a cargo del proceso de promoción de la inversión privada en las Empresas Re- gionales de Electricidad, designados por Resolución Su- prema Nº 174-96-PCM; Que, la Comisión de Promoción de la Inversión Priva- da - COPRI, ha propuesto encargar al Comité Especial constituido mediante Resolución Suprema Nº 371-94- PCM, la ejecución del proceso de promoción de la inver- sión privada del remanente de acciones del Estado en las empresas antes mencionadas, siendo necesario emitir la respectiva Resolución Suprema; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 674, Ley Nº 27111 y Resolución Suprema Nº 547-2000-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar al Comité Especial constituido mediante Resolución Suprema Nº 371-94-PCM, la ejecución del proceso de promoción de la inversión privada del rema- nente de acciones del Estado en las empresas ELEC- TRONORTE MEDIO S.A., ELECTRO NOROESTE S.A., ELECTROCENTRO S.A. y ELECTRONORTE S.A. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas, y por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 19731 Ratifican acuerdos de la COPRI sobre la entrega en concesión al sector pri- vado del proyecto "El Chaco La Punti- lla", ubicado en el distrito de Paracas, departamento de Ica RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 159-2001-EF Lima, 8 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 007-2001-EF se designó a los miembros del Comité Especial de Servi- cios Turísticos - CEPRI TURISMO, con la finalidad de identificar, evaluar y promover a través de concesiones, la inversión privada en proyectos turísticos; Que, el CEPRI TURISMO ha identificado el denomi- nado proyecto "El Chaco La Puntilla", que permitirá el desarrollo turístico y económico de la zona de Paracas en el departamento de Ica; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso 2) del Artícu- lo 6º del TUO aprobado por el Decreto Supremo Nº 059- 96-PCM, la COPRI, mediante acuerdo del 18 de diciem- bre de 2000, ha acordado incluir dentro del referido proceso, al proyecto "El Chaco La Puntilla"; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso 3) del Artícu- lo 6º del TUO aprobado por el Decreto Supremo Nº 059- 96-PCM, la COPRI, mediante acuerdo del 12 de febrero de 2001, ha aprobado el Plan de Promoción de la Inver- sión Privada del proyecto "El Chaco La Puntilla"; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 059-96-PCM, la Ley Nº 27111 y la Resolución Suprema Nº 547-2000-PCM; Estando a lo acordado;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratifícase los acuerdos adoptados por la Comisión de Promoción de la Inversión Privada (COPRI), por los cuales se estableció la entrega en concesión al sector privado, del proyecto "El Chaco La Puntilla", ubi- cado en el distrito de Paracas, departamento de Ica, bajo los mecanismos y procedimientos a que se refiere el texto único ordenado aprobado por el Decreto Supremo Nº 059- 96-PCM, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM respectivamente, y se aprobó su respec- tivo Plan de Promoción. Artículo 2º.- Encargar al Comité Especial nombrado mediante Resolución Suprema Nº 007-2001-EF, llevar a cabo el proceso de promoción de la inversión privada a que se refiere el artículo precedente. Artículo 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas, y por el Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Co- merciales Internacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas JUAN INCHAUSTEGUI VARGAS Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 19742 Ratifican acuerdos de la COPRI relati- vos a entrega en concesión de la Red Vial Nº 5 y del tramo Ancón-Huacho- Pativilca de la Panamericana Norte RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 160-2001-EF Lima, 8 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 046-99-PE de fecha 29 de marzo de 1999, se ratificó el Acuerdo de la PROMCEPRI en virtud del cual se establece que la construcción, mejoramiento, mantenimiento y explota- ción de la Red Vial Nº 5 sea entregado en concesión al sector privado; Que mediante Acuerdo COPRI de 5 de febrero de 2001, se canceló la Licitación Pública para la entrega en concesión de la Red Vial Nº 5; Que, mediante Acuerdo COPRI de 19 de febrero de 2001 se estableció que la construcción, mejoramiento, mantenimiento y explotación del tramo Ancón-Hua- cho-Pativilca de la Panamericana Norte, sea entregado en concesión al sector privado, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Texto Único Ordena- do de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, normas reglamentarias y complementarias y asimismo se aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada para el otorgamiento en concesión del mencionado tramo, en función a un programa de obras e inversiones por etapas; Que, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 6º numeral 2) y 3) del mencionado Texto Único Ordenado, concordado con el Artículo 1º de la Ley Nº 27111, corres- ponde a la COPRI establecer, en base a los estudios técnico-económicos y/o definitivos, las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos que serán entre- gados en concesión al sector privado bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el mencionado Texto Único Ordenado, así como aprobar, previamente a su ejecución, el Plan de Promoción de la Inversión Privada relativo a la concesión de una o varias obras públicas de infraestructura o de servicios públicos;