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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2001 (09/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 199742 NORMAS LEGALES Lima, viernes 9 de marzo de 2001 Que, los Artículos 2º y 11º del Reglamento del referido Texto Único Ordenado, aprobado mediante Decreto Su- premo Nº 060-96-PCM, concordado con el Artículo 1º de la Ley Nº 27111, establecen que el Acuerdo COPRI que apruebe las obras públicas de infraestructura y los servi- cios públicos que serán entregados en concesión al sector privado, bajo los mecanismos y procedimientos estableci- dos en el mismo, así como el Plan de Promoción de la Inversión Privada relativo a dicha concesión, deberá ser ratificado por Resolución Suprema; De conformidad con lo establecido por el precitado Artículo 11º, la Ley Nº 27111 y la Resolución Suprema Nº 547-2000-PCM del 27 de noviembre de 2000; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratificar el Acuerdo adoptado por la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, en virtud del cual se cancela la licitación pública para la entrega en concesión de la Red Vial Nº 5. Artículo 2º.- Ratificar el Acuerdo adoptado por la COPRI, mediante el cual se establece que la construcción, mejoramiento, mantenimiento y explotación del tramo Ancón-Huacho-Pativilca de la Panamericana Norte, sea entregado en concesión al sector privado, bajo los meca- nismos y procedimientos establecidos en el Texto Único Ordenado aprobado por D.S. Nº 059-96-PCM normas reglamentarias y complementarias. Artículo 3º.- Ratificar el Acuerdo COPRI que aprue- ba el Plan de Promoción de la Inversión Privada para el otorgamiento en concesión del tramo especificado en el artículo precedente, en función a un programa de obras e inversiones por etapas. Artículo 4º.- Déjase sin efecto la Resolución Supre- ma Nº 046-99-PE de 29 de marzo de 1999. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 19743 MITINCI Oficializan participación del Perú en la "Segunda Feria de Inversiones de APEC", a realizarse en la República Popular China RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 081-2001-ITINCI Lima, 8 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Perú es miembro del Foro de Cooperación Económica del Asia Pacífico - APEC desde noviembre de 1998 y que cumple una participación activa en el foro para alcanzar el objetivo común, junto con las otras veinte (20) economías miembro, de liberalizar y facilitar el comercio y la inversión para que se desarrollen y aumenten los negocios en la región del Asia Pacífico; Que, el Perú ha sido invitado a participar en la "Segunda Feria de Inversiones de APEC" que se realizará en la ciudad de Yantai, República Popular China, del 9 al 15 de junio del 2001; Que, la Feria de Inversiones es el principal evento de APEC para la promoción de la inversión en la región del Asia Pacífico;Que, una participación efectiva del Perú contempla la presentación de nuestro régimen sobre política de inver- siones y la promoción de proyectos específicos del sector público y privado, por lo que se requerirá del apoyo y colaboración de las entidades competentes del sector público y privado; Que, nuestra participación en el referido evento permitirá generar interés entre los principales inversionistas del Asia, Oceanía, Norteamérica y La- tinoamérica por las oportunidades de negocios que ofrece el Perú; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25831 - Ley Orgánica del Ministerio de Industria, Turismo, Integra- ción y Negociaciones Comerciales Internacionales y el Decreto Ley Nº 26112 - Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar la participación del Perú en la "Segunda Feria de Inversiones de APEC", que se realizará en la ciudad de Yantai, China, del 9 al 15 de junio del 2001, la misma que se coordinará de manera conjunta por el Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales y el Ministerio de Relaciones Exte- riores. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negocia- ciones Comerciales Internacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores JUAN INCHAUSTEGUI VARGAS Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 19732 Declaran improcedente solicitud de concesión de uso de fuentes de agua minero medicinales para fines turísti- cos presentada por la Municipalidad Provincial de Cajamarca RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 082-2001-ITINCI Lima, 8 de marzo de 2001 Vistos, el Expediente Nº 001048, mediante el cual la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMAR- CA, representada por su Alcalde, el señor Jorge R. Hoyos Rubio, solicita la Concesión de Uso para la Explotación de las Fuentes de Aguas Minero Medici- nales para Fines Turísticos, denominados "LOS PE- ROLITOS", ante el Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacio- nales. CONSIDERANDO: Que, corresponde al Ministerio de Industria, Turis- mo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales otorgar las concesiones de uso para la explotación y/o ejecución de obras de Fuentes de Aguas Minero Medicinales para Fines Turísticos; Que, la solicitante ha presentado documentación variada, entre la cual consta la Ley Nº 25120 publicada con fecha 1 de noviembre de 1989, la misma que crea el "Complejo Turístico Baños del Inca", el mismo que comprende las instalaciones existentes a dicha fecha, incluyendo el pabellón para turistas, la piscina munici- pal, el albergue y el centro piscícola, así como otros que