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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2001 (09/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 199754 NORMAS LEGALES Lima, viernes 9 de marzo de 2001 n) Otras funciones que le encargue la Gerencia Gene- ral, dentro del ámbito de su competencia. Gerencia para el Desarrollo de la Población en Riesgo Artículo 27º .- La Gerencia para el Desarrollo de la Población en Riesgo, es el órgano de línea a través del cual el INABIF dirige, apoya, supervisa, evalúa y coordina la gestión de las entidades que conforman el Sistema Nacio- nal para la Población en Riesgo (SPR): Beneficencias Públicas y Juntas de Participación Social y otras entida- des públicas de apoyo social. Está a cargo de un Gerente quien depende jerárquicamente de la Gerencia General. Artículo 28º.- Son funciones de la Gerencia para el Desarrollo de la Población en Riesgo: a) Proponer la normatividad orientada a implementar las disposiciones contenidas en la Ley Nº 26918, Ley de Creación del Sistema y su Reglamento. b) Supervisar y evaluar la gestión de las entidades comprendidas en el Sistema. c) Diseñar y proponer las estrategias legales, técnicas y administrativas para el reordenamiento de las Benefi- cencias Públicas, Juntas de Participación Social y otras. d) Diseñar modelos de estatutos que se adecuen a cada una de las entidades que conforman el Sistema. e) Elaborar la normatividad que permita la racional disposición de los bienes de las entidades del Sistema. f) Proponer las reglas administrativas para la incor- poración de personas naturales o jurídicas como entes del Sistema y en la designación de miembros del Directorio. g) Organizar el Inventario Nacional de Bienes Inmue- bles de las Beneficencias Públicas y Juntas de Participa- ción Social. h) Coadyuvar en la gestión administrativa, evaluando la utilización de los recursos de las entidades que confor- man el Sistema. i) Organizar, elaborar y mantener actualizado el re- gistro de personal de las entidades del Sistema y los demás registros a su cargo. j) Coordinar y supervisar las acciones administrati- vas, financieras, contables y presupuestales orientadas al manejo de los recursos de las entidades del Sistema, en función a sus objetivos y metas institucionales. k) Supervisar, evaluar y controlar los Juegos de Lote- ría y similares que organicen los integrantes del Sistema. l) Coordinar, supervisar y evaluar el cumplimiento del Reglamento para la disposición de los bienes de las entidades del Sistema. m) Evaluar los resultados y las acciones de atención en los diferentes segmentos de la población en situación de riesgo. n) Otras funciones que le encargue la Gerencia Gene- ral, dentro del ámbito de su competencia. CAPITULO VI De los Organos de Asesoría Artículo 29º.- Son Órganos de Asesoría del INABIF: La Oficina de Planeamiento y Desarrollo, y la Oficina de Asesoría Jurídica.    Oficina de Planeamiento y Desarrollo Artículo 30º.- La Oficina de Planeamiento y Desarro- llo, es el órgano encargado de asesorar a la Alta Dirección en la formulación y evaluación de las políticas, planes y programas institucionales. Asimismo, dirige, formula, evalúa y asesora las actividades del INABIF referidas a los procesos de Planificación, Presupuesto, Desarrollo Organizacional, Estadística, Proyectos y Cooperación Técnica y Financiera Internacional. Está a cargo de un Jefe de Oficina quien depende jerárquicamente de la Gerencia General. Artículo 31º.- Son funciones de la Oficina de Planea- miento y Desarrollo: a) Asesorar a la Alta Dirección, a las Gerencias de Línea, los demás órganos de la Institución y a las Entida- des conformantes del Sistema, en los aspectos relaciona- dos al ámbito de su competencia. b) Formular y proponer a la Gerencia General, las políticas, objetivos, metas y presupuesto del INABIF y del Sistema en función de la política sectorial y nacional. c) Formular y proponer a la Gerencia General los planes estratégicos y los planes operativos en coordina- ción con los distintos órganos.d) Normar, orientar y conducir las tareas de formula- ción, programación y evaluación de los Planes Operativos y del Presupuesto Institucional. e) Elaborar y proponer los instrumentos normativos de gestión, tales como: Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Cuadro para Asignación de Personal (CAP), Manual de Organización y Funciones (MOF), Directivas, Manuales de Procedimientos y otros docu- mentos normativos del INABIF. f) Supervisar la aplicación de los instrumentos nor- mativos de gestión (ROF, CAP y MOF), Directivas, Ma- nuales de Procedimientos y otros documentos normati- vos de las entidades que conforman el Sistema. g) Evaluar periódicamente el cumplimiento de los objetivos, metas y acciones previstas en los planes, pro- gramas, presupuesto, proyectos y actividades del INA- BIF. h) Realizar estudios e investigaciones que permitan un mejor conocimiento de la problemática del bienestar familiar. i) Gestionar, programar, conducir y evaluar, en coor- dinación con los órganos de línea, los proyectos y activi- dades de cooperación técnica y financiera internacional. j) Proponer, conducir y evaluar los procesos de desa- rrollo organizacional. k) Analizar y mantener actualizada la información estadística del INABIF y de las entidades integrantes del Sistema, desarrollando sus indicadores respectivos. l) Proponer indicadores socio-demográficos con el fin de establecer criterios para identificar y priorizar la población beneficiaria. m) Proporcionar en forma oportuna y permanente la información estadística para la toma de decisiones y elaborar boletines, compendios, anuarios y otros. n) Elaborar los Informes de Actividades, la Memoria Anual del INABIF, así como el Informe de Gestión Anual, en coordinación con los demás órganos del INABIF. o) Otras funciones que le encargue la Gerencia Gene- ral, dentro del ámbito de su competencia.    Oficina de Asesoría Jurídica Artículo 32º.- La Oficina de Asesoría Jurídica, es el órgano encargado de asesorar a la Alta Dirección y demás dependencias del INABIF, en asuntos de carácter jurídi- co-legal. Está a cargo de un Jefe de Oficina quien depende jerárquicamente de la Gerencia General. Artículo 33º.- Son funciones de la Oficina de Asesoría Jurídica: a) Asesorar a la Alta Dirección, demás órganos del INABIF y a las entidades conformantes del Sistema, en los asuntos institucionales que tengan incidencia en materia jurídico-legal. b) Coordinar con la Procuraduría Pública del Sector, el ejercicio de los derechos del INABIF, que demanden la representación legal en acciones litigiosas. c) Absolver consultas y emitir opinión legal sobre asuntos contenciosos, administrativos y judiciales rela- cionados con el INABIF. d) Emitir opinión legal sobre proyectos de dispositivos legales y administrativos que tengan incidencia con los fines del INABIF. e) Elaborar Proyectos de Ley y demás normas legales relacionadas con el quehacer del INABIF. f) Compilar y sistematizar los archivos de dispositivos legales vigentes que tengan incidencia sobre el quehacer del INABIF y del Sistema. g) Formular, en coordinación con las áreas pertinen- tes, los proyectos de convenios de cooperación que el INABIF celebre con personas naturales o jurídicas nacio- nales e internacionales, para el cumplimiento de sus fines. h) Elaborar proyectos de contratos que requiera las actividades del INABIF . i) Informar y proyectar resoluciones en relación a recursos impugnativos que se interpongan contra los actos administrativos dictados por la Alta Dirección, Organos del INABIF y del Sistema. j) Otras funciones que le encargue la Gerencia Gene- ral, dentro del ámbito de su competencia. CAPITULO VII De los Organos de Apoyo Artículo 34º.- Son Organos de Apoyo: La Oficina de Administración, la Oficina de Sistemas de Información y