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Pág. 199755 NORMAS LEGALES Lima, viernes 9 de marzo de 2001 la Oficina de Imagen Institucional, encargados de ejecu- tar las acciones de apoyo que se requieran para el normal funcionamiento del INABIF. Oficina de Administración Artículo 35º.- La Oficina de Administración, es el órgano responsable de asegurar la continuidad de las actividades que desarrolla el INABIF, mediante el opor- tuno y adecuado suministro de recursos humanos, finan- cieros, bienes y servicios a las Gerencias de Línea, Unida- des Orgánicas y Operativas a nivel nacional; planifica, organiza y dirige el proceso de administración documen- taria. Igualmente, tiene a su cargo la dirección de las acciones de mantenimiento, ampliación y mejoramiento de la infraestructura del INABIF. Está a cargo de un Jefe de Oficina quien depende jerárquicamente de la Gerencia General. Artículo 36º.- Son funciones de la Oficina de Admi- nistración: a) Programar, dirigir, coordinar y supervisar el cum- plimiento de las actividades de Recursos Humanos, Con- tabilidad, Tesorería, Logística, Infraestructura y Admi- nistración Documentaria, en concordancia con las nor- mas técnicas y legales vigentes. b) Formular y ejecutar el Plan Anual de Adquisiciones del INABIF. c) Participar en la formulación y control del presu- puesto del INABIF, en coordinación con la Oficina de Planeamiento y Desarrollo. d) Formular los estados financieros del INABIF, así como presentar en forma oportuna la información presu- puestal a las entidades competentes, en cumplimiento de los dispositivos legales vigentes. e) Administrar los servicios y proporcionar los recur- sos que requieran los diferentes órganos del INABIF, f) Organizar, dirigir y supervisar los procesos de Administración Documentaria. g) Proponer las normas que sean necesarias para el mejor cumplimiento de las funciones encomendadas. h) Mantener, mejorar y ampliar la infraestructura física de los locales de la institución. i) Recepcionar y entregar las donaciones de acuerdo a las normas y procedimientos vigentes. j) Otras funciones que le encargue la Gerencia Gene- ral, dentro del ámbito de su competencia. Artículo 37º.- La Oficina de Administración está conformada por las siguientes Unidades: Unidad de Recursos Humanos Unidad de Contabilidad y Tesorería Unidad de Logística Unidad de Infraestructura Unidad de Administración Documentaria Artículo 38º.- La Unidad de Recursos Humanos, es la encargada de desarrollar las acciones de personal, como son: la selección, evaluación, promoción, capacitación y bienestar; así como, emitir y proponer las normas que sean necesarias para el mejor cumplimiento de las fun- ciones del INABIF. Está a cargo de un Jefe de Unidad, quien depende jerárquicamente del Jefe de Administra- ción. Artículo 39º.- La Unidad de Contabilidad y Tesore- ría, es la encargada de planificar y dirigir la programa- ción, ejecución y evaluación de los procesos técnicos de contabilidad y tesorería. Está a cargo de un Jefe de Unidad, quien depende jerárquicamente del Jefe de Ad- ministración. Artículo 40º.- La Unidad de Logística, es la encarga- da de desarrollar, en concordancia con las normas técni- cas y legales vigentes, la programación, adquisición y abastecimiento de bienes y servicios; realiza el manteni- miento que requieran los equipos y vehículos automoto- res del INABIF; así como, actualiza el inventario de bienes patrimoniales. Está a cargo de un Jefe de Unidad, quien depende jerárquicamente del Jefe de Administra- ción. Artículo 41º.- La Unidad de Infraestructura es la encargada de formular, ejecutar, coordinar y controlar el Plan de Mantenimiento y Mejora de la infraestructura de las unidades orgánicas y unidades operativas; así como, realizar el inventario de inmuebles e informes técnicos de saneamiento, conservación y valorización de los mismos. Está a cargo de un Jefe de Unidad, quien depende jerár- quicamente del Jefe de Administración.Artículo 42º.- La Unidad de Administración Docu- mentaria, es la encargada de programar, coordinar, eje- cutar, supervisar y evaluar las acciones de trámite docu- mentario y archivo del INABIF, de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos. Oficina de Sistemas de Información Artículo 43º.- La Oficina de Sistemas de Informa- ción, es el órgano encargado del planeamiento, desarrollo y administración del sistema de información institucio- nal; así como, de los recursos tecnológicos. Está a cargo de un Jefe de Oficina, quien depende jerárquicamente del Gerente General. Artículo 44º.- Son funciones de la Oficina de Siste- mas de Información: a) Elaborar, presentar y ejecutar el Plan Informático Anual del INABIF. b) Desarrollar, actualizar y aplicar los sistemas infor- máticos del INABIF. c) Desarrollar y mantener la base de datos, adminis- trar los sistemas, aplicaciones y redes del INABIF. d) Prestar apoyo y asesoramiento a las Unidades Orgánicas del INABIF, para el mantenimiento preventi- vo y correctivo de los equipos de cómputo y sistemas informáticos. e) Otras funciones que le encargue la Gerencia Gene- ral, dentro del ámbito de su competencia. Oficina de Imagen Institucional Artículo 45º.- La Oficina de Imagen Institucional, es el órgano encargado de proyectar la imagen del INABIF y conducir el protocolo de los actos oficiales de la Institu- ción, desarrollar actividades de difusión interna y exter- na, administrar el Centro de Documentación (CENDOC) y mantener el vínculo de información y relaciones públi- cas. Está a cargo de un Jefe de Oficina quien depende jerárquicamente del Gerente General. Artículo 46º.- Son funciones de la Oficina de Imagen Institucional: a) Elaborar y mantener actualizado el Programa Anual de Actividades de la Institución. b) Formular y dirigir la política y estrategia de comu- nicación en armonía con la política institucional y del sector. c) Conducir el protocolo de los actos oficiales de la Institución; así como brindar el apoyo a la Alta Dirección y demás Unidades Orgánicas. d) Coordinar y conducir las comunicaciones y relacio- nes públicas con instituciones públicas y privadas que desarrollen actividades dentro del ámbito de competen- cia del INABIF. e) Velar por mantener y desarrollar la imagen institu- cional del INABIF. f) Administrar la documentación técnica-científica del acervo institucional. g) Otras funciones que le encargue la Gerencia Gene- ral, dentro del ámbito de su competencia. TITULO CUARTO DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Artículo 47º. El Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF mantiene una relación de permanente coordinación y cooperación interinstitucional con orga- nismos públicos y privados, nacionales e internacionales, cuyas actividades sean compatibles con sus fines y obje- tivos, de conformidad con las disposiciones legales vigen- tes. TITULO QUINTO DEL REGIMEN LABORAL Artículo 48º.- Los funcionarios y trabajadores del INABIF se encuentran comprendidos en el Régimen Laboral de la Actividad Privada, de conformidad al De- creto Legislativo Nº 830. Los procedimientos y procesos laborales se rigen por lo establecido en el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 - Ley de Produc- tividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decre- to Supremo Nº 003-97-TR y demás normas modificatorias