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Pág. 199746 NORMAS LEGALES Lima, viernes 9 de marzo de 2001 -Dr. Raúl Callirgos Velarde Director Nacional de la Dirección Nacional de Jus- ticia -Sr. Denis Ramírez Castillo Director General de la Oficina General de Econo- mía y Desarrollo MIEMBROS SUPLENTES -Dr. Salvador Donaire Otárola Asesor Técnico de la Alta Dirección -Dra. Ana María Manrique Zegarra Asesora Técnica de la Alta Dirección -Ing. Marcela Mendoza Laura Directora General (e) de la Oficina General de Informática. Artículo 2º.- Actuará como Secretaria Letrada de la citada Comisión Especial, la doctora Rosa María Orrego Villegas. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Resolución Minis- terial Nº 084-2000-JUS, de fecha 15 de marzo de 2000, así como todas las disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 19620 Dejan sin efecto la creación de la Ofici- na Zonal de Arequipa de la COFOPRI y de jefaturas de oficinas de jurisdicción ampliada RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 070-2001-JUS Lima, 7 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, comple- mentado por la Ley Nº 27046, cuyo Texto Único Orde- nado ha sido aprobado por Decreto Supremo Nº 009- 99-MTC, se creó la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, como organismo rec- tor máximo encargado de diseñar y ejecutar de mane- ra integral, comprehensiva y rápida, un Programa de Formalización de la Propiedad y de su mantenimiento dentro de la formalidad, a nivel nacional, centralizan- do las competencias y toma de decisiones a este res- pecto; Que, de conformidad con lo establecido por el Artí- culo 31º del Decreto Supremo Nº 016-97-MTC, recogi- do en el Artículo 34º del Estatuto de COFOPRI, apro- bado por Decreto Supremo Nº 014-98-MTC, COFOPRI cuenta con una Oficina Central y con Órganos Des- concentrados, dentro de los cuales se encuentran las Oficinas Zonales, que constituyen unidades gestoras del pliego presupuestal institucional de COFOPRI, dependiendo jerárquicamente de la Gerencia General en materia administrativa y de la Gerencia de Planea- miento y Operaciones en materia funcional, y cuyo ámbito geográfico de jurisdicción es definido por Re- solución de Gerencia General; Que, en tal sentido, mediante Resolución Ministerial Nº 436-97-MTC/15.01, se creó la Oficina Zonal de Arequi- pa de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, aprobándose la Directiva Nº 009- 97-COFOPRI relativa a la Estructura Orgánica Adminis- trativa y Funcional de la referida Oficina Zonal; Que, por Resolución de Gerencia General Nº 202-99- COFOPRI/GG, se creó la Jefatura de la Oficina de Juris- dicción Ampliada de la Oficina Zonal de Arequipa - Ciudad Moquegua; Que, de igual modo, por Resolución de Gerencia General Nº 267-99-COFOPRI/GG, modificada por las Resoluciones de Gerencia General Nºs. 102-2000-CO- FOPRI/GG y 120-2000-COFOPRI/GG, se creó la Jefa- tura de la Oficina de Jurisdicción Ampliada de laOficina Zonal de Arequipa - Ciudad Tacna, Tarata y Jorge Basadre; Que, la Oficina Zonal de Arequipa ha venido ejercien- do sus funciones en el ámbito geográfico de la provincia de Arequipa, departamento de Arequipa, y a través de las precitadas Jefaturas de Oficina de Jurisdicción Amplia- da, en la provincia de Moquegua del departamento de Moquegua, y en las provincias de Tacna, Tarata y Jorge Basadre del departamento de Tacna; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-JUS de fecha 3 de marzo de 2001, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 4 de marzo de 2001, se han creado las Comisiones Provinciales de Formalización de la Propiedad Informal, que tienen como funciones planificar, organizar, coordinar y ejecutar a través de su Secretaría Técnica, en concordan- cia con los Planes de Desarrollo Urbano de cada localidad, el proceso de formalización de las posesiones informales hasta la inscripción de los títulos, u otros instrumentos en la oficina registral competente; Que, el Artículo 4º del precitado dispositivo legal, establece que COFOPRI, sus Oficinas de Jurisdicción Ampliada o, en su caso, las unidades especializadas de las Municipalidades Provinciales, asumirán la Secretaría Técnica de las Comisiones Provinciales de Formalización de la Propiedad Informal; Que, en ese orden de ideas, y con el objeto de adecuar la conformación de la Estructura Orgánica Funcional de COFOPRI a los alcances del Decreto Supremo Nº 005- 2001-JUS, resulta necesario dejar sin efecto la creación de la Oficina Zonal de Arequipa, su Estructura Orgánica Administrativa y Funcional, así como la creación de las Oficinas de Jurisdicción Ampliada señaladas en el quinto y sexto considerando de la presente Resolución; De conformidad con lo establecido por el Decreto Supremo Nº 014-98-MTC, el Decreto Supremo Nº 009-99- MTC, el Decreto Supremo Nº 013-99-MTC y el Decreto Supremo Nº 005-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la creación de la Oficina Zonal de Arequipa de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, su Estructura Orgánica Administrativa y Funcional, así como la creación de la Jefatura de la Oficina de Jurisdicción Ampliada de la Oficina Zonal de Arequipa - Ciudad Moquegua, y la creación de la Jefatura de la Oficina de Jurisdicción Ampliada de la Oficina Zonal de Arequipa, Ciudad Tacna, Tarata y Jorge Basadre. Artículo 2º.- Deróguese la Resolución Ministerial Nº 436-97-MTC/15.01 y su Directiva Nº 009-97-COFOPRI, así como la Resolución de Gerencia General Nº 202-99- COFOPRI/GG y las Resoluciones de Gerencia General Nºs. 267-99-COFOPRI/GG, 102-2000-COFOPRI/GG y 120-2000-COFOPRI/GG, así como cualquier otra disposi- ción legal que se oponga a lo dispuesto por la presente Resolución. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese. DIEGO GARCÍA SAYÁN LARRABURE Ministro de Justicia y Presidente de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI 19621 P R E S Aprueban Cuadros para Asignación de Personal de los CTAR Lima y Callao RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 070-2001-PRES Lima, 8 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27271 se creó el Consejo Tran- sitorio de Administración Regional del departamento de Lima - CTAR LIMA, como organismo público descentra- lizado, con autonomía técnica, presupuestal y adminis- trativa en el ejercicio de sus funciones; Que, por Decreto Supremo Nº 019-2000-PRES se ha determinado el ámbito territorial de las tres Gerencias