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Pág. 199752 NORMAS LEGALES Lima, viernes 9 de marzo de 2001 f) Normar, controlar, supervisar y evaluar el funcio- namiento de las entidades del Sistema. g) Promover la adquisición de capacidades de los adolescentes y jóvenes para el mejoramiento de su cali- dad de vida. h) Las demás que señale la legislación vigente. CAPITULO II De los Organos del INABIF Artículo 8º.- El INABIF cuenta con los siguientes órganos: a) ALTA DIRECCION Consejo Directivo Presidencia Gerencia General b) ORGANO DE CONTROL Oficina de Auditoría Interna c) ORGANOS DE LINEA Gerencia de Promoción Familiar Gerencia de Protección Integral Gerencia para el Desarrollo de la Población en Riesgo d) ORGANOS DE ASESORIA Oficina de Planeamiento y Desarrollo Oficina de Asesoría Jurídica e) ORGANOS DE APOYO Oficina de Administración Oficina de Sistemas de Información Oficina de Imagen Institucional CAPITULO III De la Alta Dirección Consejo Directivo Artículo 9º.- El Consejo Directivo es el órgano de mayor nivel del INABIF. Tiene a su cargo el estableci- miento de las políticas y la dirección del Instituto. Artículo 10º.- El Consejo Directivo está integrado por seis (6) miembros designados mediante Resolución Suprema. Su Presidente es el titular del pliego del INA- BIF. El Consejo Directivo, elegirá dentro de sus miembros a su Vicepresidente, el mismo que reemplazará al Presi- dente en caso de ausencia, impedimento, licencia o re- nuncia, en tanto se designe al Titular. Artículo 11º.- Son funciones del Consejo Directivo: a) Aprobar la política general del INABIF y del Siste- ma Nacional para la Población en Riesgo dentro de los lineamientos de política sectorial. b) Aprobar normas de carácter general o particular, en materias de su competencia. c) Aprobar los planes y el presupuesto institucional, así como los criterios de inversión y asignación de recur- sos. d) Aprobar las políticas de gestión, la Memoria Anual y los Estados Financieros. e) Aprobar los Convenios de carácter interinstitucio- nal con personas naturales y jurídicas, y con organismos de cooperación técnica nacional e internacional, que se requieran para el cumplimiento de sus fines. f) Aprobar la creación y modificación de las Unidades Operativas, según las necesidades y fines instituciona- les. g) Delegar funciones en la Presidencia o en la Geren- cia General dentro del marco establecido en el presente Reglamento. h) Conceder licencia a sus miembros. i) Aprobar la organización interna del INABIF. j) Todas las demás establecidas en el ordenamiento legal vigente. Artículo 12º.- Los miembros del Consejo Directivo son personal y solidariamente responsables de los acuer- dos que se tomen, salvo que dejen constancia en acta de su discrepancia. Artículo 13º.- Los miembros del Consejo Directivo percibirán una dieta por cada sesión a la que asistan,hasta por un máximo de dos sesiones al mes. El monto de la dieta será fijado por Decreto Supremo. Artículo 14º.- El cargo de miembro del Consejo Di- rectivo queda vacante por cualquiera de las siguientes causas: a) Fallecimiento o incapacidad permanente física o mental que impida el desempeño de la función. b) Renuncia. c) Inasistencia injustificada a cuatro (4) sesiones con- secutivas o más del treinta por ciento (30%) de las que se realicen en un período de seis meses. d) Por condena penal privativa de la libertad por delito doloso, consentida ejecutoriada. Presidencia del INABIF Artículo 15º.- La Presidencia del INABIF la ejerce el funcionario de mayor jerarquía de la Institución, quien es designado mediante Resolución Suprema. Preside el Con- sejo Directivo y es el Titular del Pliego Presupuestario. Artículo 16º.- Son funciones del Presidente: a) Ejercer la representación institucional del INABIF. b) Ejercer la titularidad del pliego presupuestal. c) Convocar y presidir las sesiones del Consejo Direc- tivo. d) Supervisar la ejecución de los acuerdos del Consejo Directivo. e) Suscribir convenios con entidades públicas nacio- nales o extranjeras. f) Proponer al Consejo Directivo las estrategias, pla- nes y presupuesto de desarrollo institucional de corto, mediano y largo plazo. g) Emitir directivas y resoluciones institucionales. h) Proponer al Consejo Directivo a quién ejercerá el cargo de Gerente General, así como a los funcionarios de confianza. i) Proponer políticas, planes y programas del INABIF y de las entidades del Sistema. j) Proponer al Consejo Directivo la organización inter- na del INABIF. k) Determinar o modificar el régimen económico o administrativo de las entidades del Sistema. l) Disponer la ejecución de auditorías. m) Delegar las funciones que considere necesarias dentro de los límites que establece la Ley. Gerencia General Artículo 17º.- La Gerencia General es el Organo Ejecutivo responsable de la dirección, supervisión y eva- luación de las actividades técnicas, administrativas, eco- nómicas y financieras del INABIF. Está a cargo del Gerente General. Artículo 18º.- Son funciones del Gerente General: a) Ejercer la representación legal del INABIF. b) Dirigir y supervisar la formulación de los planes, programas y presupuesto para el desarrollo institucional a corto, mediano y largo plazo; así como las actividades técnico-administrativas de las entidades integrantes del Sistema. c) Dar cumplimiento a los acuerdos del Consejo Direc- tivo y de la Presidencia. d) Proponer a la Presidencia del Consejo Directivo las políticas y estrategias de desarrollo del INABIF, para el mejor funcionamiento institucional. e) Ejecutar los actos necesarios para la marcha ordi- naria del INABIF. f) Aprobar la adquisición de bienes y la contratación de servicios con cargo al Presupuesto Institucional. g) Contratar, promover, suspender y despedir a los trabajadores del INABIF, de conformidad con las normas vigentes. h) Presentar a la Presidencia los proyectos de la Memoria Anual, Presupuesto Institucional y Estados Financieros del INABIF, para aprobación del Consejo Directivo. i) Proponer a la Presidencia la contratación, suspen- sión o remoción de los funcionarios de nivel gerencial, así como la modificación de la organización interna del INA- BIF. j) Proveer al Consejo Directivo y al Presidente de la información que permita la toma de decisiones adecua- das.