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Pág. 199969 NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de marzo de 2001 Competencia del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual, del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JUAN INCHAUSTEGUI VARGAS Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 20023 Autorizan viaje de representante del Ministerio a Costa Rica para participar en reunión del Comité Directivo Per- manente del Congreso Interamerica- no de Turismo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 085-2001-ITINCI Lima, 14 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, del 15 al 16 de marzo del 2001, se llevará a cabo la "Reunión del Comité Directivo Permanente del Con- greso Interamericano de Turismo", a realizarse en la ciudad de San José, Costa Rica; Que, en tal sentido se ha considerado necesaria la participación de un representante del Ministerio de In- dustria, Turismo, Integración y Negociaciones Comercia- les Internacionales; De conformidad con la Ley Nº 27427, Decretos Supre- mos Nº 053-84-PCM; Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF, Nº 135-90-PCM y con la Resolución Ministerial Nº 009-96- ITINCI/DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del 14 al 17 de marzo del 2001, a la ciudad de San José, Costa Rica, del señor José Miguel Gamarra Skeels, Viceministro de Turismo, para que en representación del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales In- ternacionales, asista y participe en la reunión señalada en la parte considerativa de la presente Resolución Su- prema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negocia- ciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al si- guiente detalle: Sr. JOSE MIGUEL GAMARRA SKEELS Pasajes US$ 792.96 Viáticos US$ 600.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomina- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JUAN INCHAUSTEGUI VARGAS Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 20051Modifican artículo de la Directiva "Pro- gramación, Autorización y Rendición de Cuenta de los Viajes en Comisión de Servicio" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 052-2001-ITINCI/DM Lima, 9 de marzo de 2001 Visto, el Informe Nº 023-2001-ITINCI/OAG. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 009-96- ITINCI/DM se aprobó la Directiva Nº 002-96-ITINCI/DM "Programación, Autorización y Rendición de Cuenta de los Viajes en Comisión de Servicios"; Que, con el propósito de cautelar los recursos presu- puestales del Sector y fiscalizar la racionalidad del gasto por concepto de viajes en comisión de servicios al exterior, es necesario modificar el texto del Artículo 22º de la citada Directiva; Que, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25831 y la Ley Nº 27209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifíquese el Artículo 22º de la Directi- va Nº 002-96-ITINCI/DM "Programación, Autorización y Rendición de Cuenta de los Viajes en Comisión de Servi- cio" aprobada por la Resolución Ministerial Nº 009-96- ITINCI/DM, el mismo que tendrá el siguiente texto: "Artículo 22º.- En caso de viaje al exterior, la rendición de cuenta será documentada, debiéndose acompañar obligatoriamente los comprobantes de pago o el documento que haga sus veces, por concepto de alojamiento, alimentación y otros gastos. Cuando se trate de gastos en que no sea posible obtener los respectivos comprobantes de pago, el gasto se justifi- cará mediante Declaración Jurada hasta un máximo del 10% del total de viáticos recibidos. Se adjuntará a la rendición de cuenta los talones de los boletos aéreos correspondientes y los comprobantes de pago de tari- fas de CORPAC." Artículo 2º.- La Oficina General de Administración y la Oficina General de Auditoría Interna, de acuerdo a su respectiva competencia, velarán por el estricto cumpli- miento de la Directiva Nº 002-96-ITINCI/DM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN INCHAUSTEGUI VARGAS Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 20005 Constituyen Comisión Calificadora de Becas en el Exterior y aprueban la Directiva "Normas y Procedimientos Relacionados con Becas en el Marco de la Cooperación Técnica Interna- cional" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 056-2001-ITINCI/DM Lima, 13 de marzo de 2001 CONSIDERANDO Que, en armonía al Artículo 21º del Reglamento de Decreto Legislativo Nº 719 de Cooperación Técnica Inter- nacional, la Comisión Calificadora de Becas deberá ser nombrada por el Titular del Sector respectivo;