Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2001 (15/03/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

Pag. 199970

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 15 de marzo de 2001

Que, asi mismo, es necesario normar el otorgamiento de Becas en el MORDAZA de la Cooperacion Tecnica Internacional; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25831, Ley Organica del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; Con la opinion favorable del Secretario General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituyase la Comision Calificadora de Becas en el Exterior del Sector Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, la que tendra a su cargo la seleccion de candidatos y la orientacion en la utilizacion de las becas provenientes del exterior. Articulo 2º.- La Comision a que se refiere el articulo anterior estara conformada por los siguientes miembros: a) El Secretario General quien presidira. b) Los Viceministros. c) El Director General de Cooperacion Tecnica Internacional. Los acuerdos se toman por mayoria simple; en caso de empate, el Presidente tiene MORDAZA dirimente. Articulo 3º.- Son Funciones de la Comision: a) Evaluar y Calificar las solicitudes para establecer la aptitud de los candidatos a becas de capacitacion; b) Verificar que los postulantes reunan los requisitos establecidos por las entidades ofertantes de los cursos; c) Preparar el cuadro de orden de merito de los candidatos, adjuntando informe justificatorio del MORDAZA de seleccion; d) Emitir su recomendacion a la Alta Direccion. Articulo 4º.- La Oficina General de Cooperacion Tecnica Internacional del Ministerio MORDAZA conocer en forma oportuna a todas las Dependencias del Sector la oferta de Becas de Capacitacion para los Trabajadores del Sector en el Exterior. La informacion sobre las becas que ofrecen al Sector debera contener los requisitos de cada una de ellas y los plazos para la MORDAZA de candidatos. Asimismo, presentara oportunamente a la Comision la lista de candidatos, acreditandose con los respectivos documentos exigidos a los solicitantes. Articulo 5º.- La Comision se reunira cada vez que sea necesario a convocatoria de su Presidente, de acuerdo a los plazos previstos para la MORDAZA de los postulantes. Articulo 6º.- La designacion del trabajador que participara de la beca, se efectuara por acuerdo de la Comision y sera presentado por la Oficina General de Cooperacion Tecnica Internacional cuando se trata de capacitacion en el exterior. Articulo 7º.- Aprobar la Directiva Nº 002-2001-MITINCI/DM "Normas y Procedimientos Relacionados con Becas en el MORDAZA de la Cooperacion Tecnica Internacional". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA INCHAUSTEGUI MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales DIRECTIVA Nº 002-2001-MITINCI/DM NORMAS Y PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON BECAS EN EL MORDAZA DE LA COOPERACION TECNICA INTERNACIONAL I.- FINALIDAD Normar y orientar la canalizacion de ofertas de capacitacion con Cooperacion Tecnica Internacional, asi como la MORDAZA y tramite de solicitudes de becas de capacitacion en el MORDAZA y/o en el extranjero de los servidores y funcionarios del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales dentro del MORDAZA de la Cooperacion Tecnica Internacional. II.- BASE LEGAL · Decreto Ley Nº 25831, Ley Organica del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales.

· Resolucion Suprema Nº 087-2000-ITINCI, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. · Decreto Legislativo Nº 719, Ley de Cooperacion Tecnica Internacional. · Decreto Supremo Nº 015-92-PCM, Reglamento de la Ley de Cooperacion Tecnica Internacional. · Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa. · Manual de Procedimientos de la Cooperacion Tecnica Internacional. III.- ALCANCE La presente Directiva es de aplicacion de todos los servidores y funcionarios del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. IV.- DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Las Becas son un conjunto de facilidades que conceden los Organismos de Cooperacion Tecnica Internacional y las Entidades publicas y privadas para la capacitacion y/o especializacion de los recursos humanos, tendientes a lograr una eficiente participacion en el MORDAZA de desarrollo del pais. Articulo 2º.- La adquisicion de conocimientos tecnicos y cientificos en el MORDAZA de la Cooperacion Tecnica Internacional, puede conseguirse mediante: Cursos en el Extranjero, Programas de Intercambio, Seminarios, "Stage" y otros Certamenes Internacionales. Articulo 3º.- La Oficina General de Cooperacion Tecnica Internacional es la encargada de gestionar y canalizar las ofertas de capacitacion con Cooperacion Tecnica Internacional y de recibir los requerimientos que al respecto efectuen las diversas Dependencias de los Sectores de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. V.- PROCEDIMIENTO DE LA DIFUSION DE LAS BECAS Articulo 4º.- La Oficina General de Cooperacion Tecnica Internacional, efectuara la compatibilizacion y evaluacion de las ofertas de capacitacion, para proceder a su difusion en el ambito de los Sectores de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, indicando lo siguiente: · · · · · · · · · Nombre del Curso o Evento. Entidad Cooperante o Auspiciadora. Caracteristicas de la Beca. Lugar donde se llevara a cabo el Curso o Evento. Idioma en que va a dictarse el Curso. Duracion, fecha de inicio y termino del Curso. Requisitos exigidos para postular al Curso. Fecha limite de MORDAZA de solicitudes. Informacion adicional que sea necesaria.

DE LA MORDAZA DE SOLICITUDES Articulo 5º.- Las condiciones para postular a una Beca de Capacitacion con Cooperacion Tecnica Internacional, son las siguientes: · Ser funcionario y/o servidor designado o nombrado de los Sectores de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. · Tener un minimo de un (1) ano de servicios para ser beneficiario de la Beca y ejercitar el derecho a licencia con goce de haber. · Encontrarse trabajando preferentemente en la especialidad materia de la beca. · Reunir las condiciones minimas exigidas por los Organismos Auspiciadores. Articulo 6º.- Los funcionarios y servidores en aptitud de obtener alguna Beca cuya difusion se MORDAZA efectuado, presentara una solicitud al Director Nacional o Director General del area donde realiza sus actividades. Articulo 7º.- La autoridad superior de la Dependencia competente, senalada en el articulo anterior, presentara oficialmente al candidato de la beca, mediante comu-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.