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Pág. 200257 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 21 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que de acuerdo al literal n) del Artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 501, Ley General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria SUNAT y del literal n) del Artículo 4º de la Resolución de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT modificada por Resolución de Superintendencia Nº 004-2001/ SUNAT Texto Único Ordenado del Estatuto de la SUNAT, es función de ésta, desarrollar programas de capacitación; Que es un objetivo prioritario de esta Superintendencia el mantener cuadros capacitados para realizar adecuada- mente las funciones que le han sido asignadas; Que en tal sentido es necesario ofrecer programas de capacitación de alto nivel, con el apoyo de la Institución, al personal profesional; Que para la adecuada elección del personal que habrá de recibir el mencionado apoyo es conveniente crear una Comi- sión especial encargada de realizar la convocatoria y selec- ción en un marco técnico que brinde la seguridad y transpa- rencia necesarias; De conformidad con el Artículo 11º del Decreto Legis- lativo Nº 501, el inciso o) del Artículo 6º del Texto Único Ordenado del Estatuto de la SUNAT aprobado por Resolu- ción de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT y modificado por Resolución de Superintendencia Nº 004-2001/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Créase la Comisión de Becas, la cual tendrá como función llevar a cabo el proceso de convocatoria y selección para estudios de post grado dirigido a profesionales hasta el cargo de Jefes de Departamento. La Comisión tendrá carácter ejecutivo y resolutivo. Artículo 2º.- La Comisión de Becas estará conformada por cinco miembros. El Superintendente Nacional Adjunto de Administración Tributaria, quien la presidirá; un Inten- dente Nacional y un Intendente Regional, cargos que serán rotados anualmente entre las Intendencias respectivas; el Jefe del Instituto de Administración Tributaria y el Gerente de Recursos Humanos. Artículo 3º.- Durante el año 2001, la Comisión de Becas estará integrada por las siguientes personas: - Señor Armando Arteaga Quiñe, Superintendente Nacio- nal Adjunto de Administración Tributaria. - Señor Luis Soltau Salcedo, Intendente Nacional de Planeamiento. - Señora Estela Bejar Alegre, Jefa del Instituto de Admi- nistración Tributaria. - Señora Rosario Mercedes Miranda Mar, Intendente Regional de Arequipa. - Señor Hugo Romero Arrunátegui, Gerente de Recursos Humanos. Artículo 4º.- La Comisión de Becas deberá establecer su reglamento a efecto de realizar las funciones que le son propias para el cumplimiento de sus objetivos. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO ARIAS MINAYA Superintendente Nacional 20385 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican ordenanza de la Municipali- dad Distrital de Santiago de Surco que establece el monto de los arbitrios de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio 2001 ACUERDO DE CONCEJO Nº 067 Lima, 12 de marzo de 2001 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Vista en Sesión de Concejo de la fecha, la solicitud formula- da por la Municipalidad Distrital de SANTIAGO DE SURCO,mediante Oficio Nº 083-2001-SG-MSS para la ratificación de la Ordenanza Nº 055-MSS, que establece el monto de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el Ejercicio 2001 en su jurisdicción; De acuerdo con la opinión favorable del Servicio de Adminis- tración Tributaria (SAT) emitida mediante Informe Nº 000140- 2001-SAT/04 y Oficio Nº 00127-01-SAT/MML de la Jefatura SAT; lo opinado por la Comisión Economía, Planificación y Presupuesto en su Dictamen Nº 039-2001-MML/CEPP y de acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo y la Ordenanza Nº 211, Procedimiento de Ratifica- ción de Ordenanzas de Carácter Tributario de las Municipalida- des Distritales de la provincia de Lima; y, ACORDO: Artículo Único.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 055-MSS de 11 de enero de 2001, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 del mismo mes y año, de la Municipalidad Distrital de SANTIAGO DE SURCO, que establece el monto de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el Ejercicio 2001, en su jurisdicción. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 20388 MUNICIPALIDAD DE ATE Fijan dieta de regidores y remunera- ción de alcalde para el ejercicio presu- puestal 2001 ACUERDO DE CONCEJO Nº 018 Ate, 28 de febrero de 2001 EL CONCEJO DISTRITAL DE ATE VISTO: en Sesión Ordinaria de la fecha, el proyecto de Acuerdo de Concejo presentado por el señor Alcalde, en relación al monto de dietas que deben percibir los señores Regidores por cada Sesión de Concejo a la que asistan durante el Ejercicio Presupuestal 2001. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo prescrito en el Art. 21º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, modificado por la Ley Nº 26317, el monto de las Dietas se fija de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de cada Municipio y por Acuer- do del Concejo Municipal, adoptado una vez al año; Que, la percepción de la Dieta está condicionada a la asistencia efectiva de los señores Regidores a las Sesiones de Concejo, quienes adicionalmente cumplen labores en apoyo de la Municipalidad y a la Comunidad en general, directa- mente a través de las Comisiones que integran, lo que les demanda mayor tiempo de trabajo; Que, conforme al inciso 1) del Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Artículo 2º de la Ley Nº 26317, el Concejo Municipal debe sesionar ordinariamente cuando menos una vez cada quince (15) días y los señores Regidores pueden percibir Dietas hasta por un máximo de cuatro (4) Sesiones al mes; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 003-00 de fecha 21 de enero de 2000 se fijó en 1.1207 Unidades Impositivas Tributarias UIT, el monto de la Dieta que percibe cada Regidor por su asistencia efectiva a Sesión de Concejo, abonándose hasta por un máximo de dos (2) sesiones al mes; Que, el monto mensual de las Dietas propuesto para el presente año ha sido previsto en el Presupuesto de la Muni- cipalidad Distrital de Ate, aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 003-00 de fecha 21 de enero de 2000; Estando a los fundamentos expuestos, con el voto por unanimi- dad y con dispensa del trámite de aprobación de acta; SE ACUERDA: Artículo Primero.- RATIFICAR para el ejercicio presu- puestal 2001, el Acuerdo de Concejo Nº 003-2000 de fecha 21