Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2001 (21/03/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 21 de marzo de 2001

-PANAMA y/o BOGOTA y/o MANTA y/o GUAYAQUIL y/ o MORDAZA y/o IQUIQUE y/o LA PAZ y/o MANAOS y/o MORDAZA HORIZONTE y/o SAO MORDAZA y/o RIO y/o MORDAZA y/o MONTEVIDEO y/o MORDAZA y/o BUENOS AIRES, con cuatro (4) frecuencias semanales. MATERIAL AERONAUTICO: - DC-8-71. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a MORDAZA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC., deben estar provistas del correspondiente Certificado de Matricula y de Aeronavegabilidad vigentes, asi como de los seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- En relacion al Peru, en los casos que MORDAZA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC. realice publicidad y/o ventas de sus rutas y/o destinos autorizados, queda obligada a hacer mencion expresa de que se trata, segun sea el caso, de vuelos de conexion, de codigo compartido o de cualquier otra forma prevista y/o permitida por la ley, de forma tal que no se induzca a error al consumidor, especialmente en cuanto a las caracteristicas del servicio, el precio y las condiciones de venta. El incumplimiento de este articulo sera sancionado en la forma que establece el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Ley de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- MORDAZA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC., esta obligada a presentar mensualmente a la Direccion General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea. Articulo 5º.- El ejercicio y utilizacion de este Permiso de Operacion implica por parte de MORDAZA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC.: a) Su renuncia a todo derecho para invocar cualquier reclamo o inmunidad diplomatica derivada de cuestiones de soberania y de otro origen, frente a reclamaciones surgidas como consecuencia de operaciones realizadas bajo este permiso. b) Su expreso sometimiento a la jurisdiccion peruana. Articulo 6º.- MORDAZA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC., queda obligada con el Gobierno del Peru para que este pueda emplear en su servicio aeronaves, elementos, material y personal peruano de que disponga dicha empresa en los casos de conflictos internacionales, desordenes internos y calamidades publicas. El Gobierno del Peru abonara los gastos ocasionados de conformidad con la legislacion vigente y la practica internacional. Articulo 7º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion se mantendra mientras la beneficiaria no pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; Decreto Supremo Nº 054-88-TC y sus modificatorias; demas normas vigentes; y, cumpla las obligaciones a que se contrae la presente Resolucion. Articulo 8º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, al MORDAZA del Articulo 6º y demas normas concordantes de la Ley de Simplificacion Administrativa, declarara nulo de pleno derecho el acto o MORDAZA administrativo de que se trate; sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento de la autoridad competente, para la instauracion del correspondiente MORDAZA penal, conforme a lo previsto en el Articulo 29º del Decreto Legislativo Nº 757. Articulo 9º.- MORDAZA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC. debera constituir la garantia global que establece el Articulo 93º de la Ley Nº 27261, por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio que solicita, en las condiciones y monto que establezca su Reglamento. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 10º.- El Permiso de Operacion que por la presente Resolucion Directoral se otorga a MORDAZA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC., queda sujeto a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, Decreto Supremo Nº 054-88-TC y sus modificatorias; las Regulaciones Aeronauticas del Peru; y, demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General; y podra ser revocado total o parcialmente en caso que el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, no otorgue a las lineas aereas peruanas derechos aerocomerciales reciprocos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA REBAGLIATI CASTANON Director General de Aeronautica Civil 20168

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Autorizan participacion de funcionaria en Reunion Preparatoria de la Conferencia de Estados Partes de la CICC, que se realiza en los EE.UU.
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 002-2001-CE-PJ MORDAZA, 20 de marzo del 2001 VISTO: El Oficio Nº 085-2001-CE-PJ/PP de la Presidenta del Consejo de Defensa Judicial del Estado y Procuradora Publica de los Asuntos del Poder Judicial, mediante el cual solicita autorizacion para asistir a la "Reunion de Expertos Preparatoria de la Primera Conferencia de Estados Partes de la Convencion Interamericana Contra la Corrupcion - CICC", a realizarse en MORDAZA D.C. del 20 al 23 de marzo del presente ano; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Permanente de la OEA, invita a los Estados miembros a designar a los expertos gubernamentales que asistiran a dicha Conferencia, donde se pondria en marcha el Mecanismo de Seguimiento de la Implementacion de la Convencion Interamericana Contra la Corrupcion, ademas de la Agenda de Temas para la reunion del grupo de trabajo, sobre Probidad y Etica Civica del Programa Interamericano contra la Corrupcion, para ofrecer cooperacion en algunas areas especificas, como el sistema informatico que se ha disenado para el manejo de las declaraciones juradas patrimoniales; Que, por Oficio Nº 233-2001-JUS/DM, el Ministro de Justicia, designa a la doctora Luz MORDAZA del MORDAZA Freitas MORDAZA, Presidenta del Consejo de Defensa Judicial del Estado, en representacion del Viceministro de Justicia, para asistir a dicha Reunion Preparatoria, y ostentando ademas dicha funcionaria el cargo de Procuradora Publica de los Asuntos del Poder Judicial, resulta necesario conceder la autorizacion correspondiente; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion de la fecha; RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR la participacion de la doctora Luz MORDAZA del MORDAZA Freitas MORDAZA, Procuradora Publica del Poder Judicial y Presidenta del Consejo de Defensa Judicial del Estado, en la Reunion Preparatoria de la Conferencia de Estados Partes de la Convencion Interamericana contra la Corrupcion (CICC), que se realizara en MORDAZA D.C. del 20 al 23 de marzo del ano en curso, concediendosele la licencia correspondiente. Articulo Segundo.- La presente Resolucion no irrogara gasto alguno al Pliego del Poder Judicial. Articulo Tercero.- Transcribir la presente Resolucion a la Procuraduria Publica del Poder Judicial, al Ministerio de Justicia, a la Gerencia General y a las instancias correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA URRELLO MORDAZA MORDAZA MORDAZA BERNARDINI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 20375

Prorrogan funcionamiento de las MORDAZA Transitorias Civil, Penal y de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 003-2001-CE-PJ MORDAZA, 20 de marzo del 2001

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