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Pág. 200244 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 21 de marzo de 2001 público de distribución de radiodifusión por cable, es proce- dente la solicitud formulada por la empresa TV CABLE DEL NORTE S.A.; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supre- mos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC y sus modificatorias, De- creto Supremo Nº 007-97-MTC y el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Espe- cializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Vice- ministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa TV CABLE DEL NORTE S.A. concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable por el plazo de veinte (20) años en el área que comprende la provincia de Cajamarca, del departamento de Cajamarca. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con la empresa TV CABLE DEL NORTE S.A. para la prestación del servicio público a que se refiere el artículo precedente, el cual consta de veinticinco (25) cláusulas y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especiali- zada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el contrato de conce- sión que se aprueba mediante la presente resolución. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días calendario computados a partir de la publicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 20292 Autorizan a empresas operar estacio- nes transmisora y retransmisora del servicio de radiodifusión comercial por televisión RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 180-2001-MTC/15.03 Lima, 14 de marzo de 2001 VISTA, la solicitud formulada por la empresa RADIO DIFUSORA Y TELEVISION SINAI E.I.R.LTDA., para ope- rar una estación transmisora del servicio de radiodifusión comercial por Televisión en UHF, situada en el distrito, provincia y departamento de Huánuco; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Viceministerial Nº 022-99-MTC/ 15.03, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 9 de enero de 1999, se concedió a la empresa RADIO DIFUSORA Y TELEVISION SINAI E.I.R.LTDA., autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación del servicio de radiodi- fusión comercial por Televisión en UHF, en el distrito, provincia y departamento de Huánuco; Que, según el Artículo 50º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para operar un servicio de radiocomunicación autorizado; Que, el Artículo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que realizada la inspección y a mérito del informe técnico respectivo el Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción podrá ex- pedir la correspondiente licencia; Que, el inciso b) del Artículo 56º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las auto- rizaciones otorgadas tendrán un plazo máximo de diez (10) años para los servicios de radiodifusión, renovables a solici- tud del interesado; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técni- cos si antes no se obtiene la correspondiente aprobación delMinisterio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción; Que, la Dirección de Administración de Frecuencias de la Dirección General de Telecomunicaciones, de conformidad con el Informe Nº 034-2001-MTC/15.19.03.2, concluye que desde el punto de vista técnico, es factible la autorización por diez (10) años, ya que cumple con los requisitos técnicos para el buen funcionamiento de una estación de Televisión, por lo que emite su conformidad técnica para que se le otorgue autorización para operar la estación del servicio de radiodifusión; Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 072-2001-MTC/ 15.19.01, señala que es procedente autorizar la operación de la citada estación de radiodifusión por el plazo de diez (10) años, que incluye el período de instalación y prueba otorgado por la Resolución Viceministerial Nº 022-99-MTC/15.03; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC; 06-94-TCC; 005-98-MTC; 022-98-MTC; 002-99-MTC y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Teleco- municaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) años a la empresa RADIO DIFUSORA Y TELEVISION SINAI E.I.R.LTDA., la operación de una estación transmisora del servicio de radiodifusión comercial por Televisión en UHF, ubicada en el distrito, provincia y departamento de Huánu- co, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-TV Canal Frecuencia :Banda IV Vídeo: 513.25 MHz Audio: 517.75 MHz Canal :21 Indicativo :OCY-3L Potencia :Vídeo: 0.5 KW Audio: 0.05 KW Emisión :Vídeo: C3F Audio: F3E Horario :H24 Ubicación de los Estudios y de la Planta Transmisora :Jr. Abtao Nº 299, dis- trito, provincia y depar- tamento de Huánuco. Coordenadas: L.O. 76° 14' 13" L.S. 09° 55' 36" Artículo 2º.- El plazo de la autorización a que se refiere el artículo precedente incluye el período de instalación y prueba de doce (12) meses otorgado por la Resolución Viceministerial Nº 022-99-MTC/15.03 por tanto vencerá el 9 de enero del año 2009. La Dirección General de Telecomunicaciones procederá a extender la correspondiente licencia de operación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENACHO RAMOS Viceministro de Comunicaciones 20290 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 181-2001-MTC/15.03 Lima, 14 de marzo de 2001 VISTAS, las solicitudes presentadas por la empresa PA- NAMERICANA TELEVISIÓN S.A., sobre autorización por el plazo de diez (10) años, para operar una estación retrans- misora del servicio de radiodifusión comercial por Televi- sión, ubicada en el distrito y provincia de Pacasmayo, depar- tamento de La Libertad; así como que se le autorice el cambio de ubicación de dicha estación; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 031-86-TC/TEL del 10 de marzo de 1986, se concedió a la empresa PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A., el plazo de un (1) año para que proceda a la instalación y operación en período de prueba de una estación repetidora, denominada igualmente retransmisora, del servi- cio de radiodifusión por Televisión, en el distrito y provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad; Que, según el Artículo 50º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para operar un servicio de radiocomunicación autorizado; Que, el Artículo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que realizada la inspección y a mérito del informe técnico respectivo el Ministerio de Trans-