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Pág. 200249 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 21 de marzo de 2001 RESOLUCIÓN Nº 251-2001-JNE Lima, 20 de marzo de 2001 VISTA: La solicitud de inscripción de la empresa "CIMA S.R.L." en el Registro Electoral de Encuestadoras del Jurado Nacio- nal de Elecciones, presentada por el señor Charles Ignacio Mendoza Mollocondo el 15 de marzo del año 2001, en repre- sentación de la empresa señalada; CONSIDERANDO: Que sólo podrá publicarse o difundirse en los medios de comunicación el resultado de las encuestas electorales elabo- radas por las personas o instituciones que estén debidamen- te inscritas ante el Jurado Nacional de Elecciones, de confor- midad con lo establecido en el Artículo 18º de la Ley Nº 27369; Que mediante Resolución Nº 142-2001-JNE de fecha 8 de febrero del año 2001, se ha creado el Registro Electoral de Encuestadoras para la inscripción de todas aquellas perso- nas o instituciones que realicen o deseen realizar encuestas, sondeos de opinión o proyecciones de cualquier naturaleza relacionadas con la intención del voto de los ciudadanos en los procesos electorales; Que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos que se exige para la inscripción en el Registro Electoral de Encuestadoras, como son: a) solicitud dirigida al Jurado Nacional de Elecciones, b) nombre de la encuestadora, c) testimonio de la escritura pública de constitución, inscrita en la Oficina Registral de Puno, d) domicilio, y e) pago de la tasa correspondiente; de conformidad con lo establecido en el Artículo 4º del Reglamento del Registro Electoral de Encues- tadoras aprobado por Resolución Nº 142-2001-JNE; Que cumplidos los requisitos señalados en el conside- rando anterior, se debe inscribir a la empresa encuestadora, asignándole un número de registro y abriéndose la partida correspondiente donde se anotará los actos posteriores, de conformidad con lo señalado en el Artículo 5º del Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras; Que la publicación o difusión de encuestas electorales y de proyecciones de cualquier naturaleza sobre el resultado de las elecciones generales del año 2001, sólo podrá realizar- se en los medios de comunicación hasta el domingo primero de abril del presente año, incluyéndose el uso de las páginas Web que mantengan en Internet las encuestadoras, las empresas de radio, de televisión y de prensa escrita, de conformidad con lo establecido en el Artículo 191º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el Registro Electoral de Encuestadoras a la empresa "CIMA S.R.L.", debiendo suje- tarse su actividad a las atribuciones y prohibiciones estable- cidas en las normas electorales pertinentes. Artículo Segundo.- Abrir la partida correspondiente para la encuestadora denominada "CIMA S.R.L." en el Re- gistro Electoral de Encuestadoras, asignándole el Registro Nº 0039-REE/JNE como código de identificación. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General. 20369 Inscriben a Radio Líder S.R.Ltda. y al Instituto Superior Bitec - Chimbote en el Registro Electoral de Encuestadoras RESOLUCIÓN Nº 252-2001-JNE Lima, 20 de marzo de 2001 VISTA: La solicitud de inscripción de la empresa Radio Líder S.R.Ltda. en el Registro Electoral de Encuestadoras del Jurado Nacional de Elecciones, presentada por el señorSantiago Ortíz Sacaca el 15 de marzo del año 2001, en representación de la empresa señalada; CONSIDERANDO: Que sólo podrá publicarse o difundirse en los medios de comunicación el resultado de las encuestas electorales elabo- radas por las personas o instituciones que estén debidamen- te inscritas ante el Jurado Nacional de Elecciones, de confor- midad con lo establecido en el Artículo 18º de la Ley Nº 27369; Que mediante Resolución Nº 142-2001-JNE de fecha 8 de febrero del año 2001, se ha creado el Registro Electoral de Encuestadoras para la inscripción de todas aquellas perso- nas o instituciones que realicen o deseen realizar encuestas, sondeos de opinión o proyecciones de cualquier naturaleza relacionadas con la intención del voto de los ciudadanos en los procesos electorales; Que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos que se exige para la inscripción en el Registro Electoral de Encuestadoras, como son: a) solicitud dirigida al Jurado Nacional de Elecciones, b) nombre de la encuestadora, c) testimonio de la escritura pública de constitución, inscrita en la Oficina Registral de Arequipa, d) domicilio, y e) pago de la tasa correspondiente; de conformidad con lo establecido en el Artículo 4º del Reglamento del Registro Electoral de Encues- tadoras aprobado por Resolución Nº 142-2001-JNE; Que cumplidos los requisitos señalados en el conside- rando anterior, se debe inscribir a la empresa encuestadora, asignándole un número de registro y abriéndose la partida correspondiente donde se anotará los actos posteriores, de conformidad con lo señalado en el Artículo 5º del Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras; Que la publicación o difusión de encuestas electorales y de proyecciones de cualquier naturaleza sobre el resultado de las elecciones generales del año 2001, sólo podrá realizar- se en los medios de comunicación hasta el domingo primero de abril del presente año, incluyéndose el uso de las páginas Web que mantengan en Internet las encuestadoras, las empresas de radio, de televisión y de prensa escrita, de conformidad con lo establecido en el Artículo 191º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el Registro Electoral de Encuestadoras a la empresa Radio Líder S.R.Ltda., debiendo sujetarse su actividad a las atribuciones y prohibiciones establecidas en las normas electorales pertinentes. Artículo Segundo.- Abrir la partida correspondiente para la encuestadora denominada Radio Líder S.R.Ltda. en el Registro Electoral de Encuestadoras, asignándole el Re- gistro Nº 0040-REE/JNE como código de identificación. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General. 20370 RESOLUCIÓN Nº 253-2001-JNE Lima, 20 de marzo de 2001 VISTO: El Oficio Nº 090-2001-P-JEE-SANTA/JNE recibido el 16 de marzo del año 2001 de la señora doctora Mariela Rodrí- guez Vega, Presidenta del Jurado Electoral Especial de Santa, mediante el cual remite la solicitud de inscripción del Instituto Superior Bitec-Chimbote en el Registro Electoral de Encuestadoras del Jurado Nacional de Elecciones, representada por el señor Manuel Angel Matos Corne; CONSIDERANDO: Que sólo podrá publicarse o difundirse en los medios de comunicación el resultado de las encuestas electorales elabo- radas por las personas o instituciones que estén debidamen- te inscritas ante el Jurado Nacional de Elecciones, de confor- midad con lo establecido en el Artículo 18º de la Ley Nº 27369; Que mediante Resolución Nº 142-2001-JNE de fecha 8 de febrero del año 2001, se ha creado el Registro Electoral de Encuestadoras para la inscripción de todas aquellas perso-