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Pág. 200260 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 21 de marzo de 2001 adjudicación de la Buena Pro del Proceso de Selección de la Adjudicación Directa con Publicación Nº 002-01-UAB-MDS, referido al servicio de regadío de las Areas Verdes en el distrito de Surquillo, a través de Camión Cisterna (5'850,000 de Galones de Agua), opina que se deberá cancelar el Proceso de Selección antes mencionado, toda vez que contraviene lo dispuesto por las Leyes antes referidas; Con el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica, Oficina de Administración, y en el uso de las facultades conferidas en el Inc. 6) del Art. 47º de la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CANCELAR el Proceso de Selección de Adjudicación Directa con Publicación Nº 002-01-UAB- MDS, referido al servicio de regadío de las Areas Verdes en el distrito de Surquillo, a través de Camión Cisterna (5'850,000 de Galones de Agua), por los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Artículo Segundo.- Comunicar a los Postores que ad- quirieron las Bases, dentro del plazo establecido en el Art. 19º del D.S. Nº 039-98-PCM, la decisión adoptada por la Entidad, en cumplimiento de la normatividad vigente. Artículo Tercero.- Proceder a la devolución del pago efectuado por los Postores que adquirieron las Bases Admi- nistrativas, siendo éste ascendente a S/. 10.00 Nuevos Soles, por cada Postor. Artículo Cuarto.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- Encargar a la Unidad de Abasteci- mientos una nueva Convocatoria para la Adjudicación Direc- ta del servicio de regadío de las Areas Verdes en el distrito de Surquillo, a través de Camión Cisterna (5'850,000 de Galo- nes de Agua), requerida por la Municipalidad de Surquillo. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde (e) 20332 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO Aprueban valor referencial para la ad- quisición de producto enriquecido lác- teo del Programa del Vaso de Leche, correspondiente a los meses de marzo a diciembre de 2001 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 098-2001-MPCP Pucallpa, 15 de febrero del 2001 VISTOS: El Informe Nº 006-2001-MPCP-DABAST de fecha 31.ENE.2001, Memorándum Nº 160-2001-MPCP-DGA de fecha 2.FEB.2001, Memorándum Nº 012-2001-MPCP-A del 5.FEB.2001 e Informe Nº 077-01-MPCP-DPP del 7.FEB.2001, sobre Adquisición de Producto Enriquecido Lácteo mediante Licitación Pública Nº 001-2001-MPCP-PVL - Segunda Ad- quisición del año 2001; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 031-2001-MPCP de fecha 23.ENE.2001, se resuelve en el Artículo Cuarto AUTORIZAR la realización del Proceso de Licitación Pública respectiva para la Adquisición del Producto Enriquecido Lácteo para los meses de marzo a diciembre del 2001 para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, permitiéndose de esta manera dar con- tinuidad a este servicio en forma ininterrumpida a los bene- ficiarios del mencionado Programa, como son: los niños de 0 a 6 años de edad, madres gestantes y en período de lactancia, con derecho a la provisión diaria por parte del Estado, sin costo alguno, según lo dispone el Art. 1º de la Ley Nº 24059,que crea el Programa del Vaso de Leche en todos los Muni- cipios Provinciales de la República; Que, mediante Informe Nº 006-2001-MPCP-DABAST de fecha 31.ENE.2001, la Dirección de Abastecimientos y Ser- vicios Auxiliares informa al Director General de Administra- ción referente al Valor Referencial para adquirir el Producto Enriquecido Lácteo correspondiente a los meses de marzo a diciembre del 2001, a ejecutar por la Municipalidad Provin- cial de Coronel Portillo, proponiendo, luego de efectuar los procedimientos técnicos administrativos respect ivos, el monto de S/.4.64 (CUATRO Y 64/100 NUEVOS SOLE S) como Valor Referencial por cada kilogramo de Producto Enriquecido Lácteo; asimismo solicita la designación del Comité Especial encargado de conducir el proceso de licita- ción, así como la determinación del respectivo presupuesto; Que, siendo así, la Dirección General de Administración mediante Memorándum Nº 160-2001-MPCP-DGA del 2.FEB.2001 se dirige al Director General de Planificación, Presupuesto y Racionalización solicitando el monto presu- puestal existente para el Programa del Vaso de Leche corres- pondiente a los meses de marzo a diciembre del 2001, como también los saldos del período 2000, con la finalidad de ejecutar la Licitación Publica para la Adquisición de dicho producto; Que, con Informe Nº 077-01-MPCP-DPP, emitido por el Dirección de Presupuesto, a través de la Dirección General de Planificación Presupuesto y Racionalización informa a la Dirección General de Administración respecto al monto presupuestal asignado al Programa del Vaso de Leche, sien- do el siguiente: •Saldos del período 2000 S/. 91,580.50 •Monto presupuestal correspondiente a los meses siguientes: marzo a diciembre del 2001. S/. 2'217,470.00 Que, con Memorándum Nº 012-2001-MPCP-A del 5.FEB.2001, se ordena a la Dirección General de Asesoría Jurídica la proyección de la Resolución de Alcaldía aproban- do el Valor Referencial para la adquisición de productos lácteos mediante Licitación Pública Nº 001-2001-MPCP- PVL - Segunda Adquisición del 2001, asimismo designando el COMITÉ ESPECIAL que estará conformado de la siguien- te manera: SR. GUSMAR GARCIA VASQUEZ PRESIDENTE Director General de Administración SRA. MARIA CARRANZA PINO SECRETARIA Directora de Abastecimiento y Servicios Auxiliares ING. LAURA DEL AGUILA CARDENAS MIEMBRO Ing. En Industrias Alimentarias BIOL. HENRY GASTON DOMENACK SÁNCHEZ MIEMBRO Biólogo con mención en Microbiología LIC. DIANA LI YMAN MIEMBRO Bromatóloga y Nutricionista Que, de acuerdo a lo establecido en el Art. 26º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Ley Nº 26850, establece que la Entidad del Sector Público estable- cerá el Valor Referencial de la Adquisición o Contratación, a fin de determinar el proceso de selección correspondiente y la asignación de recursos necesarios, el mismo que será deter- minando en base a los costos estimados por la dependencia o dependencias responsables de la Entidad con una antigüe- dad no mayor a los dos meses anteriores a la Convocatoria al proceso de selección. Asimismo el Art. 6º del Reglamento de la acotada Ley, por su parte señala que la Entidad calculará el Valor Referencial de los bienes y servicios a adquirir o contratar, incluyendo en éstos todos los tributos, seguros, transporte inspecciones, pruebas y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo del bien, servicio u obra a adquirir o contratar; Que, por su parte el Art. 23º de la prenotada Ley, señala que para cada Licitación Pública la Entidad del Sector Público designará un Comité Especial que deberá llevar adelante el proceso. El mismo que estará integrado por no menos de tres (3) Miembros y se conformará con la participa- ción de personas que tengan conocimiento técnico de los servicios y bienes a adquirir. En caso de bienes sofisticados, servicios especializados u obras, podrán participar en el Comité uno o más expertos independientes, ya sean personas naturales o jurídicas que no laboren en la Entidad Contra- tante o funcionarios que laboran en otras Entidades del Sector Público; El Comité tendrá a su cargo la Organización, conducción y ejecución de la integridad del proceso desde la preparación de las bases, absolución de consultas, recepción de Ofertas,