Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2001 (25/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 200395 NORMAS LEGALES Lima, domingo 25 de marzo de 2001 servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el Artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorización para prestar servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las características de instalación y ope- ración autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técnicos, si antes no se obtiene la correspondiente aprobación del Ministe- rio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, mediante Informes Nºs. 003-2001-MTC/ 15.19.03.2 y 074-2001-MTC/15.19.01, la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Aseso- ría Técnica de la Dirección General de Telecomuni- caciones, respectivamente, señalan que la solicitud formulada por la COMPAÑÍA DE RADIODIFUSIÓN CORDILLERANA S.A.C., cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorización y permiso solicita- dos; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC; 016-94-TCC y sus modificatorias y el Tex- to Único de Procedimientos Administrativos del Minis- terio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la COMPAÑÍA DE RA- DIODIFUSIÓN CORDILLERANA S.A.C., autoriza- ción y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estación transmisora del servicio de radiodifusión comercial por Televisión en UHF, ubicada en el dis- trito de Ayacucho, provincia de Huamanga y departa- mento de Ayacucho, de acuerdo a las siguientes ca- racterísticas técnicas: Estación :BC-TV Frecuencia :Vídeo : 525.25 MHz Audio : 529.75 MHz Canal :23 Indicativo :OCV-5B Potencia :Vídeo : 50 w Audio : 5 w Emisión :Vídeo : C3F Audio : F3E Horario :H24 Ubicación de los Estudios y Planta Transmisora :Jr. Bellido Nº 119, dis- trito de Ayacucho, pro- vincia de Huamanga y departamento de Aya- cucho. Coordenadas: L.O. 74° 13' 40" L.S. 13° 09' 27" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Perua- no. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artículo precedente, se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta antes de sesenta (60) días previos a la terminación de dicho período, el titular de la autori- zación debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funciona- miento respectivas, bajo sanción de dejar sin efecto la autorización.Artículo 3º.- La COMPAÑÍA DE RADIODIFU- SIÓN CORDILLERANA S.A.C. está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión concedido acorde con la presente resolución, estando impedida de modi- ficar las características a que se contrae el Artículo 1º de la presente resolución sin autorización previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones lega- les y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificato- rias y complementarias que se expidan sobre la mate- ria. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENACHO RAMOS Viceministro de Comunicaciones 20550 Autorizan acuerdo de código compar- tido para prestar servicio de transpor- te aéreo regular de pasajeros, carga y correo, suscrito entre Iberia, Líneas Aéreas de España y British Airways RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 048-2001-MTC/15.16 Lima, 13 de marzo del 2001 Vista, las solicitudes de IBERIA, LÍNEAS AÉ- REAS DE ESPAÑA y de BRITISH AIRWAYS, sobre la aprobación de la operación bajo la modalidad de Acuerdo de Código Compartido para el Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasaje- ros, carga y correo, suscrito entre ambas empresas aéreas; CONSIDERANDO: Que, con Solicitud de Registro Nº 0039 del 1 de febrero de 2001, BRITISH AIRWAYS solicitó la apro- bación de las operaciones bajo la modalidad de Acuer- do de Código Compartido suscrito con IBERIA, LÍ- NEAS AÉREAS DE ESPAÑA, para operar el Servi- cio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, en la ruta LONDRES - MADRID - LIMA y vv., con seis (6) frecuencias semanales; Que, asimismo con Solicitud de Registro Nº 005500 del 1 de febrero de 2001, IBERIA, LÍNEAS AÉREAS DE ESPAÑA solicitó la aprobación de las operacio- nes bajo la modalidad de Acuerdo de Código Com- partido suscrito con BRITISH AIRWAYS, para ope- rar el Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, en la ruta LONDRES - MADRID - LIMA y vv., con seis (6) frecuencias semanales; Que, el Departamento de Medio Ambiente, Trans- porte y Regiones del Gobierno de del Reino Unido, ha designado a la empresa BRITISH AIRWAYS a fin de operar con derechos de tráfico en la ruta LONDRES - LIMA vía MADRID, bajo la modalidad de Código Compartido con IBERIA, LÍNEAS AÉREAS DE ES- PAÑA; Que, asimismo, la Dirección General de Aviación Civil de España, ha concedido autorización excepcional y temporal a IBERIA, LÍNEAS AÉREAS DE ESPAÑA para que durante la temporada de verano 2001 realice las operaciones proyectadas; Que, IBERIA, LÍNEAS AÉREAS DE ESPAÑA cuenta con Permiso de Operación para prestar Servi- cio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, otorgado según Resolu- ción Directoral Nº 050-98-MTC/15.16 del 17 de abril de 1998, modificada por la Resolución Directoral Nº