Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MAYO DEL AÑO 2001 (02/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 57

Pág. 202195 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 2 de mayo de 2001 viendo la formación, actualización y perfeccionamiento de los recursos humanos mediante la captación y otorgamien- to de becas nacionales e internacionales, así como la conce- sión de créditos educativos que faciliten la formación y especialización profesional de beneficiarios con limitados recursos económicos. FUNCIONES GENERALES Artículo 4º.- Las funciones del INABEC son: a) Establecer las políticas y prioridades de captación y otorgamiento de becas y de crédito educativo, en función de los objetivos estratégicos del país y de acuerdo a la capacidad de gestión institucional. b) Captar becas de fuentes nacionales e internaciona- les y canalizarlas a usuarios que aseguren un óptimo rendimiento. c) Normar, formular, ejecutar, supervisar y evaluar los programas de otorgamiento de becas y crédito educativo, en armonía con las prioritarias necesidades nacionales y educacionales del país. d) Celebrar alianzas estratégicas con instituciones educativas y fuentes cooperantes nacionales y del exterior para acrecentar la oferta de becas y crédito educativo, principalmente para favorecer el desarrollo científico, tecnológico y cultural del país. e) Establecer mecanismos creativos que posibiliten una amplia y eficaz difusión de la oferta de becas, para asegurar que todas estas oportunidades sean plenamente utilizadas por la población objetivo. f) Identificar nuevas áreas de colocación del crédito educativo, en especial las que favorezcan el manejo de nuevas tecnologías de información y comunicación, para facilitar el acceso al conocimiento universal y los nuevos códigos de la modernidad. g) Experimentar y desarrollar programas innovadores de captación y otorgamiento de becas de corto aliento, tanto nacionales como internacionales, para potenciar el apoyo de la pequeña y mediana empresa, así como la generación de autoempleo. h) Realizar estudios de seguimiento de beneficiarios de becas y poner en marcha estrategias de recuperación de personal nacional becado, que se encuentra en el extran- jero. i) Establecer una gestión institucional basándose en procesos que satisfagan, con calidad y eficiencia, a los clientes y permita mejorar continuamente los servicios y productos de la Institución. j) Alentar, estimular y capacitar permanentemente al personal del INABEC para fortalecer sus capacidades profesionales, elevar su productividad e instaurar una nueva cultura institucional, basada en el servicio al clien- te. k) Coordinar con entidades educativas, organismos públicos y privados, tanto nacionales como extranjeros y sociedad civil, para concertar acuerdos de beneficio mutuo, en materia de captación de becas y recursos financieros para cumplir los objetivos de la institu- ción. TÍTULO SEGUNDO DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONES DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Artículo 5º.- La estructura orgánica del INABEC es la siguiente: 1. Alta Dirección: - Jefatura - Subjefatura 2. Órgano de Auditoría: - Oficina de Auditoría Interna 3. Órganos de Asesoramiento: - Oficina de Asesoramiento Institucional 4. Órgano de Apoyo: - Oficina de Administración ° Ejecutoría Coactiva 5. Órganos de Línea: - Dirección de Becas - Dirección de Crédito EducativoCapítulo I De la Alta Dirección De la Jefatura Artículo 6º.- El Jefe del Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativo es la autoridad de más alta jerarquía de la Institución. Depende directamente del Ministro de Educación y es Titular del Pliego Presupuestal. Es desig- nado por Resolución Suprema, a propuesta del Ministro de Educación. Artículo 7º.- Las funciones del Jefe Institucional son: a) Ejercer la representación oficial de la Institución ante cualquier entidad u organismo nacional o internacio- nal, público o privado. b) Establecer la direccionalidad estratégica y los linea- mientos de política que orienten y aseguren el cumpli- miento de la Misión, la Visión y los objetivos de la Institu- ción. c) Dirigir, monitorear y evaluar los programas y pro- yectos de captación y otorgamiento de becas y concesión de créditos educativos, acorde con la Política de Estado y los lineamientos de política del sector educación. d) Aprobar los planes estratégicos y de corto plazo, así como las normas técnicas y administrativas que orientan y aseguran el cumplimiento de dichos planes. e) Expedir Resoluciones Jefaturales y disposiciones administrativas que correspondan a las atribuciones de su cargo. f) Establecer las orientaciones y prioridades Institu- cionales para la formulación y programación presupuestal y monitorear su ejecución y evaluación. g) Proponer al Ministro de Educación las normas y disposiciones legales para el mejor cumplimiento de los fines y objetivos del INABEC. h) Suscribir convenios con entidades educativas e instituciones públicas y privadas, así como con Organis- mos de Cooperación Técnica para potenciar la oferta de becas y el financiamiento del crédito educativo. i) Delegar al Subjefe y a otros funcionarios de la Institución, las atribuciones que considere convenientes para agilizar y descentralizar la gestión Institucional. j) Proponer al Ministro de Educación la designación del Subjefe Institucional. k) Ejercer las funciones y responsabilidades que le sean asignadas por el Ministro de Educación, dentro del área de su competencia. Artículo 8°.- La Jefatura cuenta con un equipo de Trámite Documentario y un cargo para ejercer funciones destinadas a promover, difundir y lograr una adecuada imagen institucional. Artículo 9°.- Las funciones del trámite documentario son: a) Organizar, administrar y evaluar el flujo documen- tario de la institución, verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Institución y la normativi- dad vigente. b) Asegurar que la documentación llegue oportuna e intangiblemente a sus destinos interno o externo, según el procedimiento establecido. c) Llevar un Registro de la entrada y salida del flujo documentario y organizar un archivo para cautelar su seguridad y adecuado almacenamiento y recuperación. d) Certificar y autenticar los documentos, según la exigencia de los procedimientos administrativos. Artículo 10°.- Las Funciones del responsable de la Imagen Institucional son: a) Difundir eficazmente las oportunidades de forma- ción y perfeccionamiento profesional, dirigidas a la pobla- ción usuaria. b) Informar a la comunidad sobre los requisitos que comúnmente se deben cumplir para acceder a las becas nacionales e internacionales, así como al crédito educati- vo, para lograr el pleno aprovechamiento de los mismos. c) Proponer acuerdos y convenios con los medios de información social para lograr su apoyo y cooperación en la difusión de los servicios que ofrece el INABEC. d) Difundir los impactos positivos alcanzados por el personal beneficiado con becas y créditos otorgados por el INABEC. e) Desarrollar otras funciones que le sean encomenda- das por el Jefe Institucional.