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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2001 (06/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 30

Pág. 202400 NORMAS LEGALES Lima, domingo 6 de mayo de 2001 SE RESUELVE: Artículo 1º .- Enmendar el Artículo 1º de la Resolu- ción Nº 004-2001/CDS-INDECOPI del 10 de abril del 2001, en la parte referida a la subpartida arancelaria 1512.19.00.00, la cual debe decir 6,57%. Artículo 2º .- Notificar la presente Resolución al Gobierno de la República de Argentina y a las demás partes interesadas en el presente procedimiento. Artículo 3º. - Oficiar a la Superintendencia Na- cional de Aduanas para que proceda a la devolución de los montos ya cobrados en exceso y/o proceda a ajustar las garantías constituidas en cumplimiento del Artículo 45º del Decreto Supremo Nº 043-97-EF modificado por el Decreto Supremo Nº 144-2000- EF. Artículo 4º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano conforme a lo dispuesto en el Artículo 26º del Decreto Supremo Nº 043-97-EF modifi- cado por el Decreto Supremo Nº 144-2000-EF. Regístrese, comuníquese y publíquese. GASTON PACHECO ZERGA Presidente Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios 22911 MUNICIPALIDAD DE LURÍN Establecen procedimiento de Inspección Ocular para el trámite de cambio de propietario de predio DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2001-ALC/ML Lurín, 9 de marzo del 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍN VISTO: El Proveído Nº 053-01-MDL/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, de fecha 8.Marzo.2001; CONSIDERANDO: Que, en el TUPA de la Municipalidad se encuentra incorporado el procedimiento de Inscripción Cambio de Propietario del Predio para cuyo trámite se han estable- cido los respectivos requisitos, entre los que se encuen- tra el documento legal de transferencia y el título de propiedad del transferente; Que, en la jurisdicción de la Zona "A" del distrito, existen terrenos que no cuentan con dicha documentación y/o que contando, presenta una di- versidad de conflicto de intereses que se invocan sobre ellos, por lo que es necesario efectuar una verificación "in situ"; Que, la referida verificación debe efectuarse a tra- vés de la Inspección Ocular, cuyo procedimiento se encuentra regulado en el TUPA; Con las facultades que confiere el Art. 47º inciso 6) de la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- ESTABLECER el procedimien- to de Inspección Ocular en los trámites de Inspección Cambio de Propietario del Predio, en terrenos que seencuentran en la condición descrita en la parte conside- rativa de la presente disposición. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Administra- ción de la Zona "A", Unidad de Desarrollo Físico Terri- torial, el cumplimiento de la presente disposición. Regístrese, comuníquese y archívese. OSWALDO WEBERHOFER VILDOSO Alcalde 22953 Declaran en situación de urgencia los servicios de barrido, recolección, transporte y disposición final de resi- duos sólidos, parques y jardines y seguridad ciudadana ACUERDO DE CONCEJO Nº 036-2001/ML Lurín, 21 de marzo del 2001 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR CUANTO: Visto en Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 21 de marzo del 2001, celebrada en la Biblioteca Muni- cipal de la Zona "B", el Informe Nº 015-2001-DAG/ ML, de la Dirección de Administración General, e Informe Nº 017-2001-DM/ML de la Dirección Muni- cipal, referente a declarar en Situación de Urgencia los servicios tanto de Residuos Sólidos, Transporte y Disposición Final, como de Parques y Jardines, y, Seguridad Ciudadana en las cinco (5) Agencias Mu- nicipales; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado concordante con el Artículo 2º de la Ley Orgáni- ca de Municipalidades Nº 23853, señalan que las Municipalidades Provinciales, Distritales y las Delega- das conforme a Ley, son los órganos de Gobierno Loca- les, que emanan de la voluntad popular, de derecho público, con autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante documento de visto se establece la necesidad de declarar en Situación de Urgencia en las cinco (5) Agencias de la Municipalidad de Lurín, los Servicios de Barrido, Recolección, Transporte hasta su disposición final los Residuos Sólidos, en tanto se conclu- ya con la implementación y adecuación a los lineamien- tos de la Nueva Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos Sólidos, con el propósito de garantizar que el manejo y administración durante el año 2001 sean bajo princi- pios, criterios, tecnologías y métodos adecuados a la realidad del distrito de Lurín para evitar riesgos am- bientales o sanitarios; Que, para tal efecto, la Municipalidad viene desarrollando un Plan Integral de Limpieza Pública en sus cinco (5) Agencias Municipales, a través de un proceso de Estudio e Implementación de un Plan Piloto compatible con los alcances de los Artículos 9º, inciso 8), 10º inciso 10.2), 26º y 27º inciso 27.2) de la Ley de Residuos Sólidos, por lo que se hace necesario declarar en Situación de Urgencia, los servicios de Limpieza Pública así como los de Par- ques y Jardines, y Seguridad Ciudadana, a fin de no paralizar los servicios esenciales y básicos que se brinda a la población; Que, el Artículo 21º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece