Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2001 (06/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, MORDAZA 6 de MORDAZA de 2001

Primero.- Otorgar a favor de la empresa EXPRESO MORDAZA DEL SUR S.A. la concesion de ruta: LimaHuanuco y viceversa, para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros por carretera en omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA : LIMA-HUANUCO y viceversa : MORDAZA : MORDAZA : LA OROYA-SAN RAFAEL-HUARIACA : Una (1) diaria en cada extremo de ruta : Tres (3) omnibus : Dos (2) omnibus: VG-4488 (1999) y VG-4505 (1999) FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus: VG-4525 (1999) HORARIOS : Salida de Lima: 21.00 horas Salida de Huanuco: 21.00 horas

Las tarjetas de circulacion seran expedidas con relacion al ano de fabricacion de los vehiculos MORDAZA mencionados. Segundo.- La presente resolucion debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Tercero.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el parrafo precedente, se aplicara lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del Decreto Supremo Nº 05-95-MTC. Cuarto.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 21088

UNIVERSIDADES
Reincorporan docentes de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACION MORDAZA MORDAZA y MORDAZA COMITE TRANSITORIO DE GOBIERNO RECTORADO RESOLUCION Nº 0375-2001-R-UNE La Cantuta, 23 de MORDAZA de 2001 VISTA la Resolucion de fecha 17 de marzo del 2001, emitida por la Primera Sala Laboral de MORDAZA, conteniendo la Sentencia recaida en el Expediente Nº 07-2001ACA, correspondiente a la Accion Contencioso Administrativa incoada por los Docentes Universitarios: Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mg. MORDAZA SUMARRIVA MORDAZA y Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA SALGADO.

Que, por Ley Nº 27366 se da por concluido el MORDAZA de reorganizacion de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, en consecuencia, el cese de la Comision Reorganizadora, designada por el Gobierno conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 26457 y sus modificatorias y ampliatorias Leyes Nºs. 26614, 26797 y 26880; Que, la Asamblea Nacional de Rectores, en aplicacion del Articulo 3º de la Ley Nº 27366, ha designado el Comite Transitorio de Gobierno de la UNE, restituyendose la plena vigencia de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria y por lo tanto, recobran su vigencia el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y Valle; Que, con Resolucion Nº 0977-99-PCR-UNE de fecha 23 de noviembre de 1999, la Presidencia de la Comision de Reorganizacion, cesada por mandato de la Ley Nº 27366, impone la medida disciplinaria de DESTITUCION e INHABILITACION, por haber incurrido presuntamente en la comision de faltas de caracter disciplinario en el ejercicio de sus funciones como Decanos de las Facultades de Ciencias y Humanidades a los Docentes Universitarios: Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y, Mg. MORDAZA SUMARRIVA BUSTINZA; Que, a los senores ex Decanos de las Facultades de Ciencias y Humanidades de la UNE, se les imputa el hecho de haber otorgado en forma irregular Titulos Profesionales, cuando este acto era atribucion del Pleno de la Comision de Reorganizacion, en ejercicio de las funciones de Consejo Universitario, conforme a lo prescrito en el Articulo 4º de la Ley Nº 26457 modificado por el Articulo 3º de la Ley Nº 26614; Que, el acto de Destitucion de los referidos ex Decanos, dispuesto por el ex Presidente de la Comision de Reorganizacion de la UNE, Ing. MORDAZA Rosulo MORDAZA MORDAZA, designado por Resolucion Suprema Nº 411-97-PCM de fecha 21 de agosto de 1997, conforme lo prescrito en la Ley Nº 26457, MORDAZA flagrantemente las garantias del debido MORDAZA y el derecho a la MORDAZA y seguridad personales, asi como la pluralidad de instancias, contenidas en la Constitucion Politica del Peru; Que, la Resolucion Nº 0977-99-PCR-UNE de fecha 23 de noviembre de 1999, se encuentra dentro de las causales de Nulidad de pleno derecho prescritas en el Articulo 43º del TUO de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, agraviando el interes institucional al privarse a la Universidad de Docentes probos y de reconocida solvencia moral y profesional; Que, el arbitrario e inconstitucional acto administrativo de Destitucion de los senores ex Decanos de las Facultades de Ciencias y Humanidades, ejecutado por la Presidencia de la fenecida Comision de Reorganizacion de la UNE, ha motivado la interposicion de acciones judiciales contra la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, que podrian generar un grave perjuicio economico para la institucion; Que, la Sala Laboral de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, ha expedido la Sentencia en la Accion Contencioso - Administrativa, Expediente Nº 07-2001-ACA, promovida por los Docentes Universitarios Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mg. MORDAZA SUMARRIVA MORDAZA y Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA SALGADO; Que, la Sala Laboral de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, fallo DECLARANDO FUNDADA en parte la Accion Contencioso - Administrativa interpuesta por los indicados docentes, en consecuencia NULA la Resolucion Nº 0977-99-PCR-UNE de fecha 23 de noviembre

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