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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2001 (14/11/2001)

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Pág. 212630 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 14 de noviembre de 2001 Fijan factores de conversión moneta- ria a utilizarse en la declaración de la base imponible en Aduanas RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 0212 Callao, 12 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, el segundo párrafo del Art. 15º del Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobado por D.S. Nº 121-96-EF, señala que para efectos de la Declaración de la base imponible los valores se expresarán en dólares de los Estados Unidos de América. De igual modo, refiere que los valores expresados en otras monedas extranjeras se convertirán a dólares de los Estados Unidos de América, debiendo ADUANAS establecer un mecanismo de difusión que permita a los usuarios conocer con suficiente anticipación dichos factores; Que, en este sentido resulta necesario actualizar los valores establecidos con la R.I.N. Nº 000 ADL/2001-000191 del 16.10.2001, asumiendo en ADUANAS los factores de conversión fijados por la Superintendencia de Banca y Seguros, agregándoles los códigos alfabéticos de monedas, fijados en la norma ISO 4217; De conformidad a las facultades delegadas mediante Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 000017-97 del 9.1.97, estando al Informe Nº 004-97-ADUANAS-INRA- GCRC-DC del 15.1.97; SE RESUELVE: Artículo Primero.- FIJAR, a partir del día siguiente de publicación de la presente, los factores de conversión monetaria a utilizarse en la declaración de la base imponi- ble en ADUANAS, según se detalla a continuación: PAIS MONEDA EQUIVALENTE EN US$ Alemania R.F. de Marco (DEM) 0.460723 Argentina Peso (ARS) 1.001001 Australia Dólar Australiano (AUD) 0.502900 Austria Chelín Austriaco (ATS) 0.065617 Barbados Dólar de Barbados (BBD) 0.502513 Bélgica Franco Belga (BEF) 0.022336 Bolivia Boliviano (BOB) 0.147210 Brasil Real (BRL) 0.371195 Canadá Dólar Canadiense (CAD) 0.630318 Colombia Peso (COP) 0.000433 Corea Won (KRW) 0.000778 Chile Peso (CLP) 0.001402 Dinamarca Corona (DKK) 0.121058 Ecuador Sucre (ECS) 0.000040 España Peseta (ESP) 0.005428 Fiji Dólar de Fiji (FJD) 0.434000 Finlandia Marco Finés (Markka)(FIM) 0.151419 Francia Franco (FRF) 0.137372 Grecia Dracma (GRD) 0.002642 Holanda Florín (NLG) 0.408898 Hong Kong Dólar (HKD) 0.128370 India Rupia (INR) 0.020859 Indonesia Rupia (IDR) 0.000096 Inglaterra Libra Esterlina (GBP) 1.455200 Israel Nuevo Shekel (ILS) 0.233645 Italia Lira (ITL) 0.000465 Japón Yen (JPY) 0.008167 Kuwait Dinar de Kuwait (KWD) 3.271181 Malasia Dólar Malasio o Ringgit (MYR) 0.263158 México Nuevo Peso (MXP) 0.108015 Noruega Corona (NOK) 0.112540 Nueva Zelanda Dólar Neocelandés (NZD) 0.411900 Panamá Balboa (PAB) 1.000000 Pakistán Rupia Paquistaní (PKR) 0.016340 Paraguay Guaraní (PYG) 0.000219 Portugal Escudo (PTE) 0.004505 Rusia Rublo (RUB) 0.033660 Singapur Dólar de Singapur (SGD) 0.548847 Siria Libra Siria (SYP) 0.019139 Suecia Corona (SEK) 0.093887 Sudáfrica,República de Rand (ZAR) 0.106045 Suiza Franco Suizo (CHF) 0.612595 Taiwan Nuevo Dólar de Taiwan (TWD) 0.029028 Tailandia Baht (THB) 0.022376 Uruguay Peso (UYP) 0.071174 Venezuela Bolívar (VEB) 0.001346 Comunidad Andina Peso Andino 1.000000 Unión Europea Euro (EUR) 0.902500Artículo Segundo.- La presente Resolución tendrá vigencia hasta la fecha de publicación de su modificatoria. Regístrese, comuníquese y publíquese, archívense los actuados en la Intendencia Nacional de Administración y Recaudación Aduanera. JUAN ALBERTO ACHING ASHUY Intendente Intendencia Nacional de Administración y Recaudación Aduanera 34454 CONASEV Inscriben acciones representativas de capital social emitidas por Mi Banco, Banco de la Micro Empresa S.A. en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 029-2001-EF/94.45 Lima, 26 de octubre de 2001 VISTOS: El Expediente Nº 2001/12782, así como el Informe Nº 044-2001-EF/94.52.2 de fecha 26 de octubre de 2001, de la Gerencia de Mercados y Emisores. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Gerencia General Nº 125-98- EF/94.11 de fecha 11 de mayo de 1998, se dispuso la inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores, de las acciones representativas de capital social emitidas por MIBANCO, BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A.; Que, en el tercer considerando de la precitada Resolu- ción se indicaba que el capital de la mencionada sociedad estaba representado por 43 180 000 acciones, todas con un valor nominal de un nuevo sol y 00/100, integradas en seis clases de acciones, denominadas "A", "B", "C", "D", "E", y "F", nominativas, libremente negociables, representadas mediante anotaciones en cuenta; Que, MIBANCO, BANCO DE LA MICRO EMPRESA S.A., en Junta de Accionistas de fecha 30 de noviembre de 1999, acordó por unanimidad, la unificación de las distintas clases de acciones con derecho a voto en una sola denomi- nada Clase "A" y por consiguiente la extinción de las Clases "A", "B", "C", "D" y "E"; el cambio de denominación de las acciones sin derecho a voto de la Clase "F" que pasará a ser la clase "B" sin derecho a voto y la modificación de los derechos que dicha clase confiere a sus titulares; el otorga- miento de un derecho de opción preferente para suscribir acciones a favor de la Corporación Andina de Fomento; la creación de una nueva clase de acciones preferentes sin derecho a voto denominada Clase "C" y el consecuente aumento de capital social; así como la revisión y modifica- ción del Estatuto Social; entre otros puntos; Que, mediante comunicación de fecha 28 de agosto de 2001, el señor Manuel Montoya Larios, en su calidad de Gerente General de MIBANCO, BANCO DE LA MICRO EMPRESA S.A. solicitó a la Bolsa de Valores de Lima la inscripción de la nueva clase de acción representativa de capital social sin derecho a voto Clase "C" en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima; Que, MIBANCO, BANCO DE LA MICRO EMPRESA S.A. señala que su solicitud de inscripción de la nueva clase de acciones en la citada entidad bursátil debe realizarse una vez que se haya efectuado la unificación de las acciones comunes con derecho a voto Clases "A", "B", "C", "D", "E" en la nueva Clase "A" y el cambio de denominación de las acciones comunes sin derecho a voto Clase "F" en la nueva Clase "B" y haberse registrado en la Bolsa de Valores de Lima y en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 16º del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores, aprobado por Resolución CONASEV Nº 079-97-EF/94.10, con fecha 25 de setiembre de 2001, la Bolsa de Valores de Lima mediante Carta GL-620/01, comunicó a esta Comisión Nacional la decisión de admitir la solicitud de listado de las acciones sin derecho a voto Clase "C" de MIBANCO,