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Pág. 212665 NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de noviembre de 2001 Decreto Supremo Nº 065-2001-ED publicado en nuestra edición del 8 de noviembre de 2001, página 212339. En las Disposiciones Complementarias y Finales: DICE: "Primera.- Serán bonificados con cuatro (4) puntos en la calificación de su expediente aquellos profesores que acrediten discapacidad, sólo en el caso que el postu- lante no esté impedido de atender con eficiencia las obligaciones de la plaza en el nivel, especialidad y moda- lidad que se concursa." DEBE DECIR: "Primera.- Serán bonificados con quince (15) puntos en la calificación de su expediente aquellos profesores que acrediten discapacidad, asegurando que el postulan- te no esté impedido de atender con eficiencia las obliga- ciones de la plaza en el nivel, especialidad y modalidad que se concursa." 34549 MITINCI Autorizan a Chui's Brothers S.A.C. la explotación de máquinas tragamone- das en establecimiento ubicado en el distrito de Miraflores, provincia de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1057-2001/MITINCI/VMT/DNT Lima, 30 de octubre del 2001 Vistos, el Expediente Nº 014720-2001-MITINCI presentado por la empresa CHUI'S BROTHERS S.A.C.solicitando autorización para la explotación de máqui- nas tragamonedas en el Restaurante Categoría 5 tene- dores Turístico denominado "Kuo Wha Garden", ubica- do en Av. Paseo de La República Nº 5046, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima y los Informes Técnico Nº 105-2001-DNT/DEJCMT/DICF/ E.B.M., Financiero Nº 031-2001-DEJCMT/MMO y Legal Nº 292-2001-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/DAR-MB; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, estable- ciendo los requisitos y documentos requeridos para ob- tener una autorización para explotar máquinas traga- monedas e indicando como autoridad competente para esta materia a la Dirección Nacional de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Nego- ciaciones Comerciales Internacionales; Que, de la evaluación de la documentación e informa- ción presentada por la empresa solicitante en el citado expediente se advierte que ha cumplido con las disposi- ciones legales aplicables para obtener la autorización para explotar máquinas tragamonedas; Que, siendo la Dirección Nacional de Turismo la autoridad administrativa competente para otorgar autorizaciones para explotar máquinas tragamonedas en el país, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con la Ley Nº 27153 y los Decretos Supremos Nº 001-2000-ITINCI y Nº 002-94-JUS; estan- do a lo opinado mediante los Informes Técnico Nº 105- 2001-DNT/DEJCMT/DICF/E.B.M., Financiero Nº 031- 2001-DEJCMT/MMO y Legal Nº 292-2001-MITINCI/ VMT/DNT/DEJCMT/DAR-MB; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa CHUI´S BROT- HERS S.A.C. la explotación de máquinas tragamonedas en el Restaurante 5 Tenedores Turístico "Kuo Wha Garden", ubicado en Av. Paseo de La República Nº 5046,