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Pág. 213012 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de noviembre de 2001 señalado en el Artículo 6º de la presente Ordenanza, la Dirección de Administración Tributaria notificará las deudas e infracciones que correspondan, de conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado del Código Tributario, aprobado por D.S. Nº 135-99-EF y demás normas pertinentes, aplicando los intereses y sanciones respectivas. Artículo 5º.- INSPECCIONES NO REALIZADAS.- En el caso de aquellos contribuyentes y/o responsables que no hayan podido atender a los inspectores, dentro del cronograma establecido por el programa de Actuali- zación de Información Catastral, tendrán la opción de solicitarlo a la Subdirección de Catastro Integral y rea- lizar la regularización respectiva, dentro del plazo de vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 6º.- PLAZO PARA ACOGERSE.- Los con- tribuyentes o responsables podrán acogerse a los bene- ficios de esta Ordenanza, de acuerdo a lo siguiente: A) Para aquellos contribuyentes que fueron requeri- dos y/o notificados por la Municipalidad, el plazo vencerá indefectiblemente el 31 de marzo del 2002. B) Para aquellos contribuyentes que voluntariamen- te soliciten la actualización catastral de su inmueble, tendrán excepcionalmente un plazo de 3 (tres) meses para acogerse al presente beneficio, el mismo que será computado desde la presentación de su solicitud, aun cuando haya vencido el plazo a que se hace referencia en el párrafo anterior. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Deróguese todas las disposiciones que se opongan a la presente norma. Segunda.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamenta- rias que fueran pertinentes. Tercera.- Encargar a la Dirección de Administra- ción Tributaria y Dirección de Desarrollo Urbano, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. GERMAN KRUGER ESPANTOSO Alcalde 34976 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Aprobar iniciativa de Inversión Priva- da presentada por Villalandia S.A.C. RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 420-2001-MPL Pueblo Libre, 28 de septiembre de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Vista; la Iniciativa Privada para el Uso del terreno de propiedad Municipal ubicado en los lotes 3 y 4, manzana F6, urbanización Pando, Octava Etapa, esquina avenida Universitaria con la calle NN-1, como Centro de Entrete- nimiento Familiar, presentada mediante Expediente Administrativo Nº 8970-2001 de fecha 16 de agosto del 2001, por la Empresa VILLALANDIA S.A.C.; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 75-2001-MPL del 20 de septiembre de 2001, se autoriza al señor Alcalde a rentabilizar la propiedad Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 098 y su modificatoria Ordenanza Nº 112, la Municipalidad Metropolitana deLima, aprobó el Reglamento de las Inversiones Privadas en Obras de Infraestructura y de Servicios Públicos Locales en la provincia de Lima; Que, al amparo del citado Reglamento, la Empresa VILLALANDIA S.A.C., ha presentado con fecha 16 de agosto del 2001, una Iniciativa Privada para la Conce- sión del Uso del terreno de propiedad Municipal para Centro de Entretenimiento Familiar; Que, la citada Iniciativa está orientada a brindar un tratamiento especial a los vecinos y público en general para que tengan un tipo de entretenimiento familiar, el mismo que se llevará a cabo en un marco adecuado para la correcta administración del terreno, asimismo plan- tea obtener una mayor recaudación de los ingresos tributarios derivados de este uso del terreno; Que, mediante Informe Nº 115-2001-MPL-DDU, expedido por la Dirección de Desarrollo Urbanístico, se señala que teniendo en consideración la zonifica- ción C3 (comercio sectorial) del terreno y el Indice de Uso para la Ubicación de Actividades Urbanas, apro- bada por Resolución Nº 182-95/MLM-AM-SMDU, lo solicitado por el señor Castro Roca, en representación de Villalandia S.A.C., es compatible con la actividad que se desea desarrollar (servicio de diversión y espar- cimiento); Que, asimismo, la Oficina de Asesoría Legal, ha opinado mediante Informe Nº 2450-2001-OAL/MPL de fecha 17 de septiembre de 2001 favorablemente sobre la Iniciativa Privada presentada por la Empresa Villalan- dia S.A.C., para el Uso del terreno Municipal, la cual de acuerdo a su naturaleza y a la base legal que la ampara, corresponde llevarse a cabo un Concurso de Proyectos Integrales de próxima convocatoria; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en el Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853; y el Artículo 13º del Reglamento de las Inversiones Privadas en Obras de Infraestructura y en Servicios Públicos Locales en la provincia de Lima, aprobada mediante Ordenanza Nº 098 y su modificatoria, Ordenanza Nº 112; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar la iniciativa de Inversión Privada presentada por la Empresa VILLALANDIA S.A.C., para el Uso del terreno municipal, ubicado en los lotes 3 y 4, manzana F6, urbanización Pando, Octava Etapa, esquina avenida Universitaria con la calle NN-1 como zona de entretenimiento familiar para los vecinos y público en general de la Gran Lima, a través del procedimiento del Concurso de Proyectos Integrales a convocarse oportunamente. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ANGEL M. TACCHINO D. Alcalde 35021 Conforman Comités de Recepción de Propuestas y de Adjudicación de Concesiones de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 468-2001-MPL Pueblo Libre, 11 de octubre de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, el Concejo Distrital de Pueblo Libre ha emitido el Acuerdo Nº 75-2001-MPL de fecha 20 de septiembre de 2001, mediante el cual se autoriza al señor Alcalde a realizar las gestiones que considere pertinentes para rentabilizar el terreno de propiedad municipal ubicado en los lotes 3 y 4, Manzana F-6 de la urbanización Pando