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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2001 (23/11/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

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Pág. 212996 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de noviembre de 2001 fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora; Que la mencionada institución ha solicitado autoriza- ción para el funcionamiento del Centro de Conciliación denominado CENTRO DE CONCILIACION "IASDE", con sede en la ciudad de Huancayo; Que conforme obra del acta de inspección ocular de fecha 25 de setiembre de 2001, se realizó la constatación respectiva en las instalaciones e infraestructura física de su Centro de Conciliación; Que la recurrente cumple con los requisitos estableci- dos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016- 2001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funciona- miento de su Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1614-2001- JUS/DM-STC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es pertinente atender la solicitud de la asociación INSTI- TUTO ANDINO SOCIEDAD Y DERECHO (IASDE); De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019- 2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por Ley Nº 27398 y su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la asociación INSTITU- TO ANDINO SOCIEDAD Y DERECHO (IASDE), el funcionamiento de su Centro de Conciliación denomina- do CENTRO DE CONCILIACION "IASDE", con sede en la ciudad de Huancayo. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y aplicará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Viceministro de Justicia 34852 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 353-2001-JUS Lima, 12 de noviembre de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 19523, de fecha 24 de agosto de 2001, de la asociación ORGANISMO NO GU- BERNAMENTAL SERVICIOS COMUNITARIOS; CONSIDERANDO: Que la asociación ORGANISMO NO GU- BERNAMENTAL SERVICIOS COMUNITARIOS, es una asociación civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora; Que la mencionada institución ha solicitado autoriza- ción para el funcionamiento del Centro de Conciliación denominado "ORGANISMO NO GUBERNAMENTAL SERVICIOS COMUNITARIOS", con sede en la ciudad de Lima; Que conforme obra del acta de inspección ocular de fecha 18 de octubre de 2001, se realizó la constatación respectiva en las instalaciones e infraestructura física de su Centro de Conciliación; Que la recurrente cumple con los requisitos estableci- dos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016- 2001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funciona- miento de su Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1613-2001- JUS/DM-STC de la Secretaría Técnica de Conciliación,es pertinente atender la solicitud de la asociación OR- GANISMO NO GUBERNAMENTAL SERVICIOS CO- MUNITARIOS; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Concilia- ción, modificada por Ley Nº 27398, su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la asociación ORGANIS- MO NO GUBERNAMENTAL SERVICIOS COMUNITA- RIOS, el funcionamiento de su Centro de Conciliación denominado ORGANISMO NO GUBERNAMENTAL SERVICIOS COMUNITARIOS, con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y aplicará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Viceministro de Justicia 34853 P R E S Constituyen Comisión para la Promo- ción de la Inversión Privada del Pro- yecto Majes Siguas - II Etapa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 298-2001-PRES Lima, 22 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, el desarrollo del Proyecto Majes-Siguas-II Eta- pa constituye primera prioridad del Gobierno; Que, para garantizar el desarrollo de las actividades agroindustriales del departamento de Arequipa y el logro de los objetivos del Proyecto, es necesario promo- ver la inversión privada correspondiente; Que, en tal sentido debe constituirse la Comisión para la Promoción de la Inversión Privada del Proyecto Majes-Siguas-II Etapa; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le- gislativo Nº 560, del Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constitúyase la Comisión para la Promo- ción de la Inversión Privada del Proyecto Majes-Siguas-II Etapa, la misma que se encargará del proceso de promoción de inversión privada del Proyecto Majes-Siguas-II Etapa, el cual comprende la elaboración de las bases y la convoca- toria a un Concurso Público Internacional para promover la inversión privada en dicho Proyecto. Artículo 2º.- La citada Comisión cumplirá sus funcio- nes en un plazo de seis (6) meses los mismos que se contarán desde el 1 de diciembre del presente año 2001, adoptará sus decisiones por mayoría de sus miembros con voto dirimente del Presidente y al culminar sus funciones entregará un Informe Final sobre el resultado de las mismas. Artículo 3º.- La Comisión para la Promoción de la Inversión Privada del Proyecto Majes-Siguas-II Etapa, estará conformada por los siguientes miembros: ING. CARLOS EMMANUEL TEJADA, Jefe del Insti- tuto Nacional de Desarrollo - INADE, quien la presidirá.