Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2001 (23/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, viernes 23 de noviembre de 2001

NORMAS LEGALES

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Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificado por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la asociacion Centro de Conciliacion Soluciones Amistosas, el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado "CENTRO DE CONCILIACION SOLUCIONES AMISTOSAS", con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Viceministro de Justicia 34849 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 350-2001-JUS MORDAZA, 12 de noviembre de 2001 Vista la solicitud con Registro Nº 14764 de fecha 3 de MORDAZA de 2001 de Equality Asociacion Civil; CONSIDERANDO: Que Equality Asociacion Civil, es una persona juridica sin fines de lucro que tiene como objetivo ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado autorizacion para el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado EQUALITY ASOCIACION CIVIL, con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra en el acta de inspeccion ocular de fecha 24 de octubre de 2001, se ha realizado la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 0162001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1606-2001-JUS/ DM-STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de Equality Asociacion Civil; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 0192001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificado por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a Equality Asociacion Civil, el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado EQUALITY ASOCIACION CIVIL, con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Viceministro de Justicia 34850

RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 351-2001-JUS MORDAZA, 12 de noviembre de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 18425, de fecha 15 de agosto de 2001, de la asociacion CENTRO DE CONCILIACION PAZ Y SOLUCION; CONSIDERANDO: Que la asociacion CENTRO DE CONCILIACION PAZ Y SOLUCION, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado "Centro de Conciliacion Negociacion de Conflictos", con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 25 de octubre de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 0162001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1611-2001JUS/DM-STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion CENTRO DE CONCILIACION PAZ Y SOLUCION; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la asociacion CENTRO DE CONCILIACION PAZ Y SOLUCION, el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado "Centro de Conciliacion Negociacion de Conflictos", con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Viceministro de Justicia 34851

Autorizan a asociaciones el funcionamiento de centros de conciliacion con sede en las ciudades de Huancayo y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 352-2001-JUS MORDAZA, 12 de noviembre de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 20533, de fecha 21 de diciembre de 2000, de la asociacion INSTITUTO MORDAZA SOCIEDAD Y DERECHO (IASDE); CONSIDERANDO: Que la asociacion INSTITUTO MORDAZA SOCIEDAD Y DERECHO (IASDE), es una asociacion civil sin

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