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Pág. 213006 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de noviembre de 2001 PERUVIAN S.A. Y ninguna ha respondido presumiendo que lo manifestado en las constancias son ciertas; Que, en atención a las constancias que aparecen en el anexo D a fojas 27 a la 37 de la propuesta técnica de la apelada, ésta respeta el modelo de formato D diseñado por el comité, al igual que la apelante; Que, de acuerdo al Artículo 53º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en la que menciona que una vez integradas las bases, el Comité Especial es el único autorizado para interpretarlas durante el ejercicio de sus funciones y sólo para los efectos de su aplicación; Teniendo en cuenta además que la empresa ha pre- sentado una declaración jurada en la que en cumpli- miento del Artículo 56º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, según la cual son responsables de la veracidad de los documentos e información que se presenta en el proceso de selección; Que, el Art. 25º de la ley señala que "Lo establecido en las bases, en la ley y el reglamento obliga a todos los postores y a la entidad, lo que queda concordado con el Art. 29º de la Ley y 30º del Reglamento de la ley; Estando a lo dispuesto en el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Regla- mento; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la Empresa ANVICAR SYS- TEM S.R. LTDA. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 34978 Autorizan viaje del Jefe y funciona- rio del RENIEC para participar en reuniones de trabajo a realizarse en Venezuela RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 445-2001-JEF/RENIEC Lima, 21 de noviembre de 2001 Visto el "Memorando de Entendimiento Sobre Coope- ración y Asistencia Técnica entre La Secretaría General de La Comunidad Andina y El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil del Perú" firmado el 21 septiembre del presente. CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de junio de 2001, el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores aprobó la Deci- sión 503, relativa al reconocimiento de documentos nacionales de identidad; y que corresponde a la SECRE- TARÍA GENERAL apoyar a los Países Miembros de la Comunidad Andina y presentar propuestas que permi- tan adoptar las acciones que resulten necesarias con el fin de lograr una aplicación plena y eficaz de la Decisión 503; Que, en tal sentido y de acuerdo con el Memorando de Entendimiento sobre Cooperación y Asistencia Técnica el RENIEC brindará apoyo y asesoramiento profesional para la identificación, diseño y ejecución de actividades específicas de cooperación técnica en materia de docu- mentos de identidad; Que, la Secretaría General de La Comunidad Andi- na, ha coordinado una reunión de trabajo con los funciona- rios del Ministerio de Relaciones Exteriores y Ministerio del Interior de Venezuela y el Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil que se llevará a cabo en la ciudad de Caracas el 27 y 28 de noviembre del año en curso. En uso de la facultad concedida por la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Jefe Nacional de RENIEC, ingeniero Celedonio Méndez Valdivia y el Sr. Carlos Parra Terrazos; a las reuniones de trabajo a desarrollarse en la ciudad de Caracas, Venezuela el 27 y 28 de noviembre del año en curso. Artículo 2º.- Los gastos que demande la comisión, del 27 al 28 de noviembre de 2001, se atenderá de acuerdo al detalle siguiente: CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA - Pasaje Aéreo :US$ 472.00 - Tarifa Corpac :US$ 25.00 - Viáticos :US$ 400.00 CARLOS PARRA TERRAZOS - Pasaje Aéreo :US$ 390.00 - Tarifa Corpac :US$ 25.00 - Viáticos :US$ 400.00 Artículo 3º.- Disponer, que en tanto dure la ausencia de su titular, el despacho de la Jefatural Nacional del RENIEC sea atendido por el Gerente General, el Dr. Oscar del Río Gonzales. Artículo 4º.- Disponer que los participantes en la mencionada reunión de trabajo, al retornar de la respec- tiva reunión de trabajo, sustenten los gastos autorizados y elaboren el informe correspondiente sobre su participa- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 34979 S B S Precisan que autorización otorgada a procuradores mediante la Res. Nº 568- 2001 abarca ampliaciones de denun- cia penal RESOLUCIÓN SBS Nº 898-2001 Lima, 22 de noviembre de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 568-2001 de fecha 21 de julio del presente año, se autoriza al doctor Jorge Villegas Ratti y a la doctora Mercedes Carlina Velez Guevara, Procurador Público Ad Hoc y Procuradora Adjunta Ad Hoc, respectivamente, designados para la defensa de los derechos e intereses de esta Superinten- dencia para que en nombre y representación del Estado, interpongan, en forma indistinta, la denuncia penal y demás acciones legales a que hubiere lugar, contra quie- nes resulten responsables por los hechos señalados en el Informe Nº 010-2001/NBK-RET; Que, la Comisión Especial nombrada por los represen- tantes del Superintendencia de Banca y Seguros en el NBK Bank, para llevar a cabo las investigaciones sobre la comisión de hechos irregulares cometidos por la admi- nistración en ese entonces de dicha empresa bancaria, ha elaborado y viene laborando informes ampliatorios al