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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2001 (23/11/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 31

Pág. 213005 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de noviembre de 2001 el que informa que el día 25 de los corrientes, el Jurado Electoral Especial de Trujillo, realizará la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales en los distritos de Tumbadén, San Silvestre de Cochán y Condebamba de las provincias de San Pablo, San Miguel y Cajabamba, lo que hace necesario designar a los señores Fiscales que prestarán apoyo en las funcio- nes de su competencia en la citada fecha, ante cualquier alteración de Orden Público que pudiera empañar la Consulta Popular; Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a los Fiscales que prestarán apoyo en la Consulta Popular que se realizará el día 25 de noviembre del año en curso: - Doctor Jahre Stewear Vásquez Arana, Fiscal Pro- vincial Provisional de la Fiscalía Provincial Mixta de San Pablo, en la Consulta Popular en el distrito de Tumbadén. - Doctor Juan Nelson Linares Calderón, Fiscal Pro- vincial Provisional de la Fiscalía Provincial Mixta de San Miguel, en la Consulta Popular en el distrito de San Silvestre de Cochán. - Doctor Juan Enrique Reyes Carranza, Fiscal Pro- vincial Provisional de la Fiscalía Provincial Mixta de Cajabamba, en la Consulta Popular en el distrito de Condebamba. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Fiscal Superior Decana del Distrito Judicial de Cajamarca, Gerencia de Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 35001 Crean Fiscalía Especializada en Tráfi- co Ilícito de Drogas con competencia en Puno, Tacna y Moquegua RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1225-2001-MP-FN Lima, 22 de noviembre de 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 061-2001-MP-FN, de fecha 18 de enero del 2001, se crean las Fiscalías Especializadas en Tráfico Ilícito de Drogas, estableciéndose las respecti- vas sedes; Que, a efectos de ejercer un mejor control y verifica- ción de insumos químicos y combatir el Tráfico Ilícito de Drogas, se hace necesario crear una nueva Fiscalía Especializada en Tráfico Ilícito de Drogas (Antidrogas) con sede en Puno; Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del De- creto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar la Resolución Nº 061- 2001-MP-FN, de fecha 18 de enero del 2001, en cuanto a la Fiscalía Provincial Especializada en Tráfico Ilícito de Drogas con Sede Cusco, que a partir de la fecha tendrá la siguiente competencia:SEDE CUSCO: (comprende Cusco, Madre de Dios y Arequipa). Artículo Segundo.- Crear la Fiscalía Especiali- zada en Tráfico Ilícito de Drogas (Antidrogas) con Sede en Puno, con competencia en Puno, Tacna y Moquegua. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presen- te Resolución al Director Nacional Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, la Drug Enforcement Admi- nistration (DEA), Sección Anti-Narcóticos (NAS) de la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica, Pre- sidente de la Corte Superior de Cusco y Puno, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Cusco y Puno, Gerencia General del Ministerio Público y Gerencia de Registro de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 35002 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Declaran infundada apelación interpuesta por Anvicar System S.R. Ltda. contra acto de otorgamiento de la buena pro de la Licitación Pública Nº 002-2001-RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 444-2001-JEF/RENIEC Lima, 20 de noviembre de 2001 VISTO; el recurso de apelación interpuesto por la Empresa ANVICAR SYSTEM S.R. LTDA., contra el Acto de Otorgamiento de la Buena Pro llevado a cabo en la Licitación Pública Nº 002-2001-RENIEC; CONSIDERANDO: Que, con fecha 26 de octubre del año 2001 se llevó a cabo en presencia de Notario Público el Acto de Apertura de Propuesta Económica y Otorgamiento de la Buena Pro en el que estuvieron presentes los representantes de los postores ANVICAR SYSTEM S.R. LTDA., WINCOM PERUVIAN S.A.C. entre otros; Que, dentro del plazo de Ley, ANVICAR SYSTEM S.R. LTDA. presentó curso de apelación contra el Acto de Otorgamiento de la Buena Pro, el que reúne los requisi- tos de admisibilidad que dispone el numeral 168º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, en dicho recurso impugnativo ANVICAR SYS- TEM S.R. LTDA cuestiona la evaluación efectuada por el Comité Especial sobre las propuestas técnicas en el rubro: "constancias" a favor de la empresa WINCOM PERUVIAN S.A.C. en la que señala que las constancias presentadas por la apelada no se sujetan a los requisitos de las bases; La objeción al puntaje asignado por el Comité Espe- cial en el rubro relativo a "constancias" no es fundamen- tado ya que no se presenta pruebas escritas que susten- ten lo dicho por la apelante; Que, la entidad ha enviado cartas a los clientes que constan en las constancias de la empresa WINCOP