Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2001 (24/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, sabado 24 de noviembre de 2001

NORMAS LEGALES

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fin de disponer la inspeccion trimestral de las operaciones mineras, cuyo costo estara a cargo del titular de la actividad minera. SEGUNDA.- Plazos Precisase que el otorgamiento de concesiones por plazos de 10 (diez) anos tal como lo senala el Articulo 3º rige a partir de la dacion de la Ley Nº 27015. Dichos plazos se aplican sin perjuicio del cumplimiento de lo dispuesto por el Articulo 38º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, publicado el 3 de junio de 1992, modificado por la Ley Nº 27341, Ley de Actualizacion Minera. TERCERA.- Hechos cumplidos Precisase la plena vigencia de las resoluciones administrativas que otorgaron, extinguieron, redujeron o fraccionaron derechos mineros al MORDAZA de lo dispuesto en la Ley Nº 27015, Ley que regula las concesiones mineras en areas urbanas y de expansion MORDAZA, asi como los dictados MORDAZA de la dacion de las ordenanzas municipales que califican las areas urbanas y de expansion urbana. Los derechos mineros otorgados con anterioridad a la Ley Nº 27015, mantienen todos sus atributos con arreglo a su titulo. CUARTA.- Sobre el pronunciamiento de la Municipalidad Provincial Todos aquellos derechos mineros otorgados con anterioridad a la dacion de la Ley Nº 27015 y que se encuentran ubicados en areas urbanas y de expansion MORDAZA, no estan sujetos al pronunciamiento de la Municipalidad Provincial para los efectos de lo dispuesto en el Articulo 3º de la presente Ley, pero si a las normas referidas a Medio Ambiente y Seguridad e Higiene Minera, senaladas en el Reglamento para la Proteccion Ambiental en las Actividades Minero Metalurgicas, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-93EM, y en el Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y el Decreto Supremo Nº 01997-ITINCI, normas complementarias y modificatorias, segun corresponda. DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA.- Reglamentacion El Poder Ejecutivo, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Energia y Minas, dictara, en el plazo de 90 (noventa) dias calendario, las modificaciones al Reglamento de la Ley Nº 27015 que MORDAZA necesarias para la mejor aplicacion de la presente Ley. SEGUNDA.- Ordenanzas Las ordenanzas municipales que expidan las Municipalidades Provinciales que establezcan areas urbanas o de expansion MORDAZA, solo seran consideradas para los efectos de la presente Ley desde el dia siguiente que MORDAZA hubiera sido publicada en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIONES DEROGATORIAS PRIMERA.- Derogase el Articulo 6º de la Ley Nº 27015, Ley que regula las concesiones mineras en areas urbanas y de expansion urbana. SEGUNDA.- Dejase sin efecto el numeral 10 del Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 188-97EM/VMM, de fecha 16 de MORDAZA de 1997. POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la Republica, aceptandose las observaciones formuladas por el senor Presidente de la Republica, de confor-

midad con lo dispuesto por el Articulo 108º de la Constitucion Politica del Estado, ordeno que se publique y cumpla. En MORDAZA, a los veintidos dias del mes de noviembre de dos mil uno. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica 35113

PCM
Autorizan viaje del Ministro de la Presidencia a Espana para participar en MORDAZA sobre "Los Procesos de Transicion de la Democracia en Iberoamerica"
RESOLUCION SUPREMA Nº 601-2001-PCM MORDAZA, 23 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Oca, Ministro de la Presidencia, ha sido invitado a participar en el MORDAZA sobre "Los Procesos de Transicion de la Democracia en Iberoamerica, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, Espana, del 26 al 28 de noviembre de 2001; Que, en tal sentido, es necesario autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Oca, Ministro de la Presidencia; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 0482001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 0532001-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Oca, Ministro de la Presidencia, a la MORDAZA de MORDAZA, Espana, del 24 al 29 de noviembre de 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema no irrogara gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de la Presidencia, ni da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 35115

Encargan la Cartera de la Presidencia al Ministro del Interior
RESOLUCION SUPREMA Nº 602-2001-PCM MORDAZA, 23 de noviembre de 2001

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