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Pág. 213026 NORMAS LEGALES Lima, sábado 24 de noviembre de 2001 35110GENERALES A. B. . C. ESPECIFICAS Casilla (1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8) (9) (10) (11) (12) (13) (14)El presente Formato será utilizado para efectos de liquidar los derechos de pesca de anchoveta, sardina, jurel y caballa conforme a los Artículos 3º y 6º de la Resolución Ministerial Nº 139-2001-PE, la Resolución Ministerial Nº 310-2001-PE y el Decreto Supremo Nº 032-2001-PE. Colocar eltotaldelimporte mensual efectivamente pagado alaCuenta Corriente enNuevos SolesNº000-0093203 delBanco Wiese Sudameris. Teneren cuenta quelaadministración, sólotomará enconsideración lospagos efectuados porderechos depesca delosmeses deenero ajulio del2001 que hayan sido cancelados dentro delosdiez (10) primeros días útiles delmes siguiente alque corresponden, ypara elcaso delosmeses de agosto a octubre del 2001 dichos pagos deben haberse efectuado dentro del mes siguiente. Indicar el valor que resulte de sumar los valores contenidos en la columna de la casilla (4).Enlacolumna deestacasilla, debeindicarse losmontos cancelados mensualmente porservicio deSISESAT sinIGV,siempre quehayan sidoabonados dentro delosdiez (10) primeros días útiles delmes siguiente alque corresponden, sólo para losmeses comprendidos entreenero ajunio del2001 (Artículos 3ºy4ºdelaR.M.Nº 139-2001-PE). Enelcasodelospagos porservicio deSISESAT delosmeses dejulio, agosto, setiembre yoctubre del 2001 ,estospueden haberse cancelado dentro delmes siguiente alque corresponden (Decreto Supremo Nº032-2001-PE). Estacolumna será utilizada tanto para la modalidad de pago de "tres cuotas" o "mensual".Lascolumnas delascasillas (7)y(9), sólo serán utilizadas poraquellos armadores pesqueros que efectuan suspagos dederechos depesca en la modalidad mensual. Enlacolumna deestacasilla, debeindicarse losvalores obtenidos porconcepto delincentivo porpronto pago, losmismos quecomprenden una reducción dehastauncincoporciento (5%)delmonto mensual quelescorresponda pagar. Está condicionado aquelospagos porderechos depesca delosmeses demarzo ajulio sehayan cancelado dentro delosdiez(10)primeros díasútilesdelmessiguiente alquecorresponden, mientras quelos meses deagosto, setiembre yoctubre deben habersidocancelados dentro delmessiguiente. Paralosmeses deeneroyfebrero noseconsidera la reducción del5%porestarsujeta alasdisposiciones delaR.M.Nº 040-2001-PE. Lareducción del5%debe calcularse sobre elmonto obtenido de los derechos de pesca.II. Información detallada sobre capturas, pagos efectuados, montos reducidos y/o deducidos Indicar el valor que resulte de sumar los valores contenidos en la columna de la casilla (6). III. Determinación del Monto a PagarIndicar el valor que resulte de sumar los valores contenidos en la columna de la casilla (8).Indicar el valor que resulte de sumar los valores contenidos en la columna de la casilla (7). Indicar el valor que resulte de sumar los valores contenidos en la columna de la casilla (9).CARTILLA DE INSTRUCCIONESCARTILLA DE INSTRUCCIONES Multiplicar los valores contenidos en las columnas de las casillas (4) y (5).Indicar la fecha de presentación de la Declaración Jurada por concepto de pago de derechos de pesca correspondiente a la 2da. cuota del ejercicio 2001.Consignar el código de pago asignado a la embarcación pesquera.La información a consignarse deberá hacerse a máquina o a manuscrito con letra imprenta.La entrega del presente formato se efectuará en cualquier Dirección Regional de Pesquería o en la Sede Central del Ministerio de Pesquería. Consignar la capacidad de bodega en m3 conforme a los listados de embarcaciones pesqueras, establecida por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 339 y341-2001-PE. Aquellas embarcaciones queobtuvieron supermiso depesca enfecha posterior alapublicación delasRR.MM. Nºs.339y341- 2001-PE, deberán considerar la capacidad de bodega en m3 de su respectiva Resolución Autoritativa. Consignar lascapturas obtenidas porlaembarcación pesquera enforma mensual yexpresado enT.M.Debeconsiderarse eltotaldelasespecies capturadas por la respectiva embarcación (Artículo 7º de la R.M. Nº 139-2001-PE).Las instrucciones que se presentan a continuación son claras y precisas, por favor léalas con detenimiento antes de llenar la Declaración Jurada. Indica elvalorquecorresponde portonelada métrica extraída, elcualhasidoestablecido arazónde0.075% UITportonelada métrica derecursos extraídos entre el1deenero al31dediciembre del2001(Artículo 1ºdelaResolución Ministerial Nº139-2001-PE). El0.075 %delaUIT establecida equivale a S/. 2.25 Nuevos Soles / T.M. A. (15) (16) (17) (18) B. (19) (20) (21) (22) Informes : Teléfonos 224-3254 - 224-3229 - 224-3330 Anexo 440 Fax 224-3338 - 224-3229 Indique elimporte efectivamente pagado porconcepto dela1era.cuotadelejercicio 2001.(a)Estacasilla sólo será utilizada poraquellos armadores que efectuaron el pago de la 1era. cuota en la fecha correspondiente , caso contrario no deberán hacer uso de la misma. Indique elimporte efectivamente pagado porconcepto dela1eracuotadelejercicio 2001.(b)Estacasilla sólo será utilizada poraquellos armadores que efectuaron algún pago concerniente a la 1era. cuota dentro de la fecha establecida , caso contrario no deberán hacer uso de la presente.Colocar el valor obtenido en la casilla (11). Indicar elvalorqueresulte derestaralvalordelacasilla (19)losvalores delascasillas (20)y(21).Sielvalorresulta negativo (-)debeconsiderarse dicho monto como saldo a favor del armador para los próximos pagos mensuales por derechos de pesca.Sólo utilizar las casillas (15), (16), (17) y (18), si el pago de los derechos de pesca se efectuara en la modalidad de tres cuotas. Colocar el valor obtenido en la casilla (11). Consignar el valor que resulte de sumar los valores de las casillas (12) + (13) + (14).Colocar el valor obtenido en la casilla (13). Consignar elvalorqueresulte derestaralvalorcontenido enlacasilla (15)losvalores delascasillas (16)y(17).Sielvalorresulta negativo (-)debe considerarse dicho monto como saldo a favor del armador para la tercera cuota del ejercicio 2001 (noviembre - diciembre). Sólo utilizar las casillas (19), (20), (21) y (22), si el pago de los derechos de pesca se viene realizando conforme a la modalidad mensual.