Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2001 (24/11/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 24 de noviembre de 2001

TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL
Autorizan a procurador interponer acciones legales contra presuntos responsables de la comision de ilicito penal en agravio del Ministerio de Trabajo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 223-2001-TR MORDAZA, 21 de noviembre de 2001 VISTOS: Los Oficios Nº 432-2001-TR/PP y Nº 530-2001-PP/TR del Procurador Publico del Estado encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promocion Social y el Informe Nº 94-2001/TR/OAJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 94-2001/TR/OAJ, la Oficina de Asesoria Juridica, solicito al Procurador Publico del Sector se realice una investigacion preliminar a fin de determinar si el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, aparente dirigente sindical del "Hotel MORDAZA Suites", habria quebrantado la presuncion de veracidad administrativa al haber simulado ser dirigente sindical del citado centro de trabajo, incurriendo de esta manera en el MORDAZA penal de falsedad generica sancionado por el Articulo 438º del Codigo Penal; Que, como resultado de la solicitud formulada por la Oficina de Asesoria Juridica se formo el Expediente Nº 0049691-01-DRTPSL-DPC-SDIHSO, elaborado por la Subdireccion de Inspeccion, Higiene y Seguridad Ocupacional, que establece a traves de un acta de inspeccion especial realizada en el "Hotel MORDAZA Suites", que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, trabajo como camarero nocturno en el referido hotel unicamente durante 3 meses, del 1 de diciembre de 1997 al 31 de marzo de 1998; Que, los referidos hechos muestran que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA habria simulado ser trabajador y dirigente sindical del "Hotel MORDAZA Suites", quebrantandose la presuncion de veracidad administrativa al haber sido registrada en el Ministerio de Trabajo y Promocion Social, la designacion efectuada en marzo de 1999, de la Junta Directiva de la Federacion Nacional de Trabajadores de Hoteles y MORDAZA Similares del Peru, en la que la citada persona, acreditada como delegado del "Hotel MORDAZA Suites", tiene el cargo de Secretario de Defensa, por lo que los hechos expuestos configurarian el ilicito penal tipificado en el Articulo 438º del Codigo Penal; Que, por lo expuesto resulta necesario autorizar al Procurador Publico del Estado encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promocion Social, para que interponga las acciones legales pertinentes contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables del ilicito penal al que hacen referencia los considerandos precedentes; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Trabajo y Promocion Social; y, De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el literal d) del Articulo 11º y el Articulo 65º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion Social, aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 058-2001-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del Estado encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promocion Social, para que interponga las acciones legales correspondientes, contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables de los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion.

Articulo 2º.- Remitase la documentacion y demas antecedentes del caso, al Procurador Publico para los fines a los que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social 34982

MTC
Otorgan licencia a Cosmos Agencia Maritima S.A.C. para prestar servicio de transporte en MORDAZA en el Muelle de Antamina S.A. y su area de influencia
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 182-2001-MTC/15.15 MORDAZA, 28 de setiembre de 2001 Vista las solicitudes (Expedientes Nºs. 2001- 006730, 035087 y 046956) presentadas por la empresa COSMOS AGENCIA MARITIMA S.A.C., solicitando Licencia para la prestacion de Servicio de Transporte en MORDAZA en el Muelle de Antamina S.A. - Punta Lobitos; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se faculto a la Direccion General de Transporte Acuatico del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, la regulacion, supervision y control de las actividades administrativas empresariales de los servicios de transporte maritimo y conexos realizados en trafico de MORDAZA y areas portuarias; Que, por Resolucion Ministerial Nº 100-2001-MTC/ 15.15 de fecha 28 de febrero de 2001, se aprobo el Reglamento del referido Decreto Supremo, el cual en su Articulo 11º establece que las Licencias para prestar los referidos servicios, seran otorgadas por Resolucion Directoral de la Direccion General de Transporte Acuatico; Que, la citada Empresa segun opinion favorable emitida por el Director de Empresas y Actividades Portuarias y el Asesor Legal, mediante los Informes Nºs. 2822001-MTC/15.15.03 y 181-2001-MTC/15.15.al, respectivamente, ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el Articulo 14º del referido Reglamento y su Modificatoria, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 401-2001-MTC/15.15 de fecha 29 de agosto del 2001 por lo que corresponde al efecto otorgar la Licencia solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25862, Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC y su Reglamento aprobado por Resolucion Ministerial Nº 100-2001MTC/15.15, modificado por Resolucion Ministerial Nº 401-2001-MTC/15.15 y Resolucion Suprema Nº 027-2000MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR a la empresa "COSMOS AGENCIA MARITIMA S.A.C.", la Licencia Nº 007-2001MTC/15.15-STB, para que preste Servicio de Transporte en MORDAZA en el Muelle de Antamina S.A. - Punta de Lobitos y su area de influencia; sin perjuicio de cumplir con las disposiciones que sobre la materia correspondan a otros Sectores. Articulo 2º.- El Servicio de Transporte en MORDAZA a que se refiere el articulo precedente sera prestado con las embarcaciones denominadas "Marine B y MORDAZA Charlie" con Matriculas de Bandera Peruana Nºs. CO4755-SM y CO-20657-SM respectivamente. Articulo 3º.- La Licencia que se otorga por el articulo precedente, concede a su titular un derecho especifico e intransferible; y tiene vigencia por tres (3) anos calendario, computados a partir de la fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, pudiendo ser renovada por similar periodo a peticion de parte.

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